BOLETÍN Nº 129 - 5 de julio de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 38/2018, de 30 de mayo de la Directora General de Industria, Energía e Innovación por la que se aprueban modelos de libro y de solicitudes en aplicación de las instrucciones técnicas complementarias MI-IP 04 “Instalaciones para suministro a vehículos” y MI-IP 03 “Instalaciones petrolíferas para uso propio”.

Con fecha 2 de noviembre de 2017 entró en vigor el Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 “Instalaciones para suministro a vehículos” y se regulan determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas. A través de la presente resolución se da cumplimiento a determinadas exigencias del mismo.

En virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta del citado Real Decreto, se aprueba el modelo físico y se determinan las condiciones para el reconocimiento como modelo electrónico del libro de revisiones, pruebas e inspecciones exigible a las instalaciones destinadas al suministro a vehículos con capacidad total de almacenamiento superior a 5.000 litros.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 8.9 de la instrucción técnica complementaria MI-IP 04, se establece el modelo para solicitar las exenciones de realización de pruebas periódicas de estanqueidad, recogidas en el capítulo XV de la ITC.

Por otro lado, en relación a lo establecido en el punto 34 de la instrucción técnica complementaria MI-IP03, se aprueban los modelos de certificado que permitan acreditar ante los suministradores que las instalaciones con menos de 1.000 litros de los productos de la clase C y D cumplen de las medidas de seguridad exigidas por la ITC MI-IP03.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Se aprueba el modelo físico oficial en la Comunidad Foral de Navarra del “Libro de revisiones, pruebas e inspecciones, para todas las instalaciones de más de 5.000 litros, destinadas al suministro a vehículos en Navarra”. Para las instalaciones existentes, dicho libro deberá ser presentado en el Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, debidamente cumplimentado para ser diligenciado, antes del 31 de diciembre de 2018.

2. Podrán ser reconocidas como modelos electrónicos oficiales en la Comunidad Foral de Navarra del “Libro de revisiones, pruebas e inspecciones, para todas las instalaciones de más de 5.000 litros, destinadas al suministro a vehículos en Navarra” herramientas informáticas de gestión, previa solicitud de la empresa desarrolladora. En la resolución de reconocimiento se establecerán las condiciones que deben cumplir la misma y sus usuarios.

3. Los titulares de instalaciones que vayan a llevar el libro utilizando un modelo electrónico reconocido deberá presentar con carácter previo una declaración responsable utilizando el formulario “Declaración responsable sobre carga inicial de datos en el libro de registro telemático”.

4. Se aprueba el formulario “Solicitud de exención de pruebas” que deberán presentar los titulares de las instalaciones con tanques de simple pared, en tanto en cuanto no les correspondan ser transformados o sustituidos por tanques de doble pared, para solicitar las posibles exenciones de pruebas periódicas de estanqueidad recogidas en los apartados 15.1.2.1.5, 15.1.2.1.6, 15.1.2.1.7 y 15.1.2.1.8 del capítulo XV de la ITC MIE IP04, en caso de querer acogerse a las mismas.

5. Se aprueban los modelos “Certificado de instalación de almacenamiento de productos petrolíferos (clase C y D) para su consumo en la propia instalación con capacidad inferior o igual a 1.000 litros”, para las nuevas instalaciones, y “Certificado de revisión de almacenamiento de productos petrolíferos (clase C y D) para su consumo en la propia instalación con capacidad inferior o igual a 1.000 litros”, para las instalaciones ya existentes, con el fin, en ambos casos, de que los titulares de las instalaciones puedan acreditar el cumplimiento de las medidas de seguridad exigidas por la ITC MI-IP03 ante el suministrador de productos petrolíferos. Los certificados deberán ser emitidos por empresas habilitadas.

6. Los modelos de libro físico, de certificados y los formularios a que hacen referencia los apartados anteriores pueden obtenerse a través de la ficha correspondiente del Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es.

7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 30 de mayo de 2018.–La Directora General de Industria, Energía e Innovación, Yolanda Blanco Rodríguez.

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