BOLETÍN Nº 11 - 16 de enero de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS
DE LA COMARCA DE SANGÜESA

Convocatoria para la para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes para cubrir, de forma temporal, las distintas plazas de Auxiliar Administrativo al servicio de la Mancomunidad de la Comarca de Sangüesa

La Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa dictó la Resolución de Presidencia 123/2017, de 9 de octubre, aprobando la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes para cubrir, de forma temporal, las distintas plazas de Auxiliar Administrativo al servicio de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa.

La Presidenta de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa ha dictado resolución 168 de fecha 15 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Base numero 6.ª de la Convocatoria y se inicia un nuevo plazo de presentación de instancias, con los mismos plazos contemplados en las Bases aprobadas de la convocatoria vigente, sin perjuicio de mantenerse como válidamente presentadas aquellas solicitudes que ya se hubieran presentado en el Registro de la Mancomunidad a la fecha de la presente resolución.

BASES REGULADORAS

Base 1.ª Objeto de la convocatoria y normas generales.

1.1. Se anuncia convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes para cubrir, de forma temporal, las distintas plazas de Auxiliar Administrativo al servicio de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa.

1.2. La presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios de la Mancomunidad, y las bases estarán a disposición de las personas interesadas en el Registro General de la Mancomunidad (C/ Mayor 9-11. Sangüesa).

1.3. Las características de las contrataciones en relación a su régimen jurídico (administrativo; laboral), al tipo de jornada (completa; parcial), a la duración de las mismas; la causalidad que las justifique; y demás cuestiones pertinentes serán las que resulten en cada caso en función de las determinaciones establecidas en la Plantilla Orgánica y la Relación de Puestos de Trabajo de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa.

1.4. El horario de trabajo será establecido en el calendario laboral confeccionado por la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa competente, pudiendo ampliarse la jornada por necesidades del servicio de conformidad con la legislación vigente.

1.5. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel D de los establecidos en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, así como con los complementos que se contemplan en la Plantilla Orgánica para dicho puesto de trabajo.

1.6. La persona que resulte contratada en virtud de esta convocatoria desempeñará las funciones y trabajos adecuados a su nivel y categoría y a la titulación y estudios exigidos en la convocatoria, entre otras, atención al público, contabilidad, manejo de ordenadores, tratamiento de textos, programa de gestión, etc. y cuantas con carácter general que dentro de sus funciones les sean indicadas.

Base 2.ª Instancias.

2.1. Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán presentar, en el plazo máximo de treinta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria, instancia oficial en el Registro general de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa (C/ Mayor 9-11. Sangüesa) o bien, a través de cualquiera de las formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A dicha instancia o solicitud deberán acompañar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Base Tercera de esta convocatoria. Los documentos serán originales o compulsados debidamente teniéndose por no presentados en caso contrario.

2.2. Las instancias o solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria (Anexo I) que será facilitado en el Registro General de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa (C/ Mayor 9-11. Sangüesa). En ellas las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Cuando las solicitudes se presenten al amparo de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cualquier otro registro distinto al Registro General de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa, las personas solicitantes deberán remitir a la dirección electrónica mancomunidad@mscs.es, dentro del plazo de presentación de instancias, copia del documento de solicitud y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de acceso, en la que quede acreditado sello y fecha de entrada del correspondiente registro.

Esta remisión tendrá carácter obligatorio e ineludible de modo que la documentación remitida por email permitirá dar continuidad a la tramitación del procedimiento de selección, pero carecerá de valor definitivo en tanto no tuviera entrada en la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa la solicitud de modelo original.

El incumplimiento de este proceso de remisión será causa de exclusión del proceso selectivo en el caso de que la solicitud registrada llegara con posterioridad a la publicación de la lista inicial de personas aspirantes admitidas y excluidas.

2.3. Las personas aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Base 3.ª Requisitos de las personas aspirantes.

Para ser admitido/a las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir en el momento en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

De acuerdo con el derecho comunitario, los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a todos los empleos públicos, salvo que impliquen una participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y que se trate de funciones que tienen por objeto la salvaguarda de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.

Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente, se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Las Administraciones Públicas de Navarra determinarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, las plazas a las que no puedan acceder los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Ser mayor de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión, al menos, del título de Formación Profesional rama Administrativa (o superior), o formación reconocida académicamente como equivalente, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado/a del servicio de una Administración Pública.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

Base 4.ª Procedimiento.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio. “Las Administraciones Públicas de Navarra podrán constituir listas de aspirantes a la contratación temporal de acuerdo con los siguientes sistema de selección:... c) Listas de aspirantes constituidas mediante convocatoria pública de pruebas selectivas para la provisión temporal del puesto de trabajo de que se trate, de acuerdo con el orden de puntuación obtenida en las correspondientes pruebas selectivas.”

Así mismo, esta oferta de empleo podrá ser difundida, si se considera oportuno, a través de los medios de comunicación escrita de mayor difusión en la Comunidad Foral, al objeto de garantizar la adecuada difusión de la misma, así como a través de bandos u otros medios de difusión que refuercen la adecuada difusión de la oferta.

Base 5.ª Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Presidenta de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa dictará Resolución aprobando las listas provisionales de persona aspirantes admitidas y excluidas y se harán públicas en el tablón de anuncios de la Mancomunidad así como en su página web (www.mscs.es)

5.2. A partir de dicha la fecha de publicación en el tablón y dentro del plazo de diez días naturales siguientes, las personas aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

5.3. Expirado el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, la Mancomunidad de Servicios de la comarca de Sangüesa mediante Resolución de Presidencia aprobará las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas y se harán públicas en el tablón de anuncios de la de la Mancomunidad, así como, en su página web (www.mscs.es), junto con la fecha y lugar de realización de la prueba de selección prevista en la base 7.ª de la presente convocatoria.

Si no hubiera aspirantes excluido/as, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa así como, en su página web (www.mscs.es), junto con la fecha y lugar de realización de la prueba prevista en la presente convocatoria.

El hecho de figurar en las relaciones de admitidos/as no prejuzga que se reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Cuando del examen de la documentación que deben presentar las personas aspirantes en el momento de su llamamiento para la contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos en tiempo o en forma, las personas interesadas decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.

Si durante el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal tuviera conocimiento de que alguna de las personas candidatas carece de los requisitos necesarios para participar en el mismo, previa audiencia de la persona interesada, lo pondrá en conocimiento de la Presidencia de la Mancomunidad proponiendo su exclusión y comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades en que hubiera incurrido la persona aspirante en la solicitud de admisión a los efectos procedentes. En este caso, hasta tanto se emita la resolución correspondiente, la persona aspirante podrá seguir participando condicionalmente en el proceso selectivo.

Los errores materiales o de hecho que pudieran observarse en la lista podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base 6.ª Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: Doña Lucía Echegoyen Ojer, Presidenta de la Mancomunidad de Servicios de la comarca de Sangüesa.

Suplente: Don Angel Navallas, miembro de la Comisión Permanente de la Mancomunidad.

–Primer Vocal: Don Jesús Esparza Iriarte, Vicepresidente de la Mancomunidad de Servicios de la comarca de Sangüesa.

Suplente: Don Alberto Goñi, miembro de la Comisión Permanente de la Mancomunidad.

–Segundo Vocal: Doña María Paz Berlanga Pons, representante de las trabajadoras en la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa.

Suplente: Doña Amaya González Ara, representante de las trabajadoras en la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa.

–Tercer Vocal: Secretario del Ayuntamiento de Sangüesa.

Suplente: Secretaria del Ayuntamiento de Yesa.

–Secretario del Tribunal: Secretario de la Mancomunidad de Servicios de la comarca de Sangüesa.

Suplente: Secretaria del Ayuntamiento de Aibar.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

6.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantarse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades.

Base 7.ª Fase de oposición.

Las pruebas se desarrollarán, previsiblemente en el plazo máximo de dos meses a partir del anuncio de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente convocatoria, comunicándose la fecha exacta, con suficiente antelación, en los tablones informativos de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa así como en su página web (www.mscs.es).

La no presentación de una persona aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamada determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido/a del procedimiento selectivo.

7.1. El proceso de selección consistirá en la realización de las siguientes pruebas:

Prueba teórica: Consistirá en responder por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, a un cuestionario de 50 preguntas con varias opciones de respuesta, de las que sólo una de ellas será válida, y en un tiempo máximo de dos horas, sobre aptitudes verbales, numéricas, ortográficas.

Este ejercicio es de carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 50 puntos, cada pregunta correctamente respondida se valorará con 1 punto, por cada respuesta incorrecta se descontarán 0,25 puntos, no computando las dejadas sin contestar. Quienes obtengan una puntuación inferior a 25 puntos, quedarán eliminado/a del proceso selectivo.

Segundo ejercicio: Consistirá en responder, en un tiempo máximo de una hora y media, a un cuestionario de 30 preguntas con varias opciones de respuestas, de las que únicamente una de ellas será válida, referido al temario en el Anexo I de esta convocatoria.

Este ejercicio es de carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 25 puntos, cada pregunta correctamente respondida se valorará con 1 puntos, por cada respuesta incorrecta se descontarán 0,25 puntos, no computando las dejadas sin contestar. Quienes obtengan una puntuación inferior a 15 puntos, quedarán eliminado/as del proceso selectivo.

En la realización de las dos pruebas anteriormente citadas, no se permitirá la consulta de ningún texto, ni el uso de máquinas calculadoras u otro material similar, salvo bolígrafo de tinta azul o negra.

Tercer ejercicio: Consistirá en la realización, durante un tiempo máximo de una hora, de una prueba práctica de contabilidad básica general.

Tendrá una puntuación máxima de 25 puntos y en la realización de esta prueba únicamente se autorizará el uso de máquinas calculadoras, salvo bolígrafo de tinta azul o negra.

En ninguna de las pruebas, teóricas o práctica, se autorizará el uso de aparatos tecnológicos como telefonía móvil, tablets, etc. Esta prohibición será debidamente recordada al principio de cada prueba y su utilización durante las mismas será sancionada con la inmediata expulsión del ejercicio.

La puntuación máxima total de la fase de oposición será de 100 puntos.

7.2. La convocatoria para la realización de la prueba será mediante llamamiento único, al que las personas aspirantes deberán acudir provistos/as del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidas de la oposición aquellas personas que no comparezcan.

Base 8.ª Propuesta del tribunal.

8.1.–Concluida la celebración de esta prueba, el Tribunal formulará, al órgano convocante, la propuesta de la relación de personas que hayan superado la misma. La propuesta será vinculante para el órgano convocante.

8.2.–Los listados finales de personas aspirantes seleccionadas para cubrir temporalmente los puestos convocados estarán compuestos por las personas que hayan superado las pruebas que serán ordenadas por rigurosos orden de puntuación, de mayor a menor, una vez sumadas todas las puntuaciones obtenidas en cada una de ellas.

Los empates que se produzcan se dirimirán otorgando prioridad a quien hubiere obtenido mejor nota en la prueba teórica correspondiente al temario contenido en el Anexo I de la presente convocatoria y, en caso de persistir el empate, se decidirá por votación mayoritaria del Tribunal Calificador tras entrevista individual con los aspirantes que resulten empatados.

8.3.–Mediante Resolución de Presidencia, que se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa, así como en su página web, se aprobará la relación de personas aspirantes seleccionadas por orden de puntuación.

Base 9.ª Regulación llamamientos.

9.1. Cuando se realicen varios contratos de forma simultánea, se deberá ofrecer a la persona que ocupe el primer lugar en ese momento la posibilidad de elegir cualquiera de ellos.

9.2. A las personas aspirantes que acepten un contrato en virtud del llamamiento correspondiente a una lista de contratación no se les ofertará ningún otro puesto de trabajo de la misma lista mientras el contrato esté en vigor, salvo que la nueva oferta corresponda a un contrato de duración igual o superior a 6 meses o a un contrato de interinidad por la vacante de la plaza.

9.3. Si se llama a una persona (mediante vía telefónica) y no se le localiza, se esperará 24 horas, si transcurrido este tiempo no se le localiza, pasará a ocupar el último lugar de la lista.

9.4. Si alguna persona aspirante renuncia al puesto de trabajo ofertado pasará ocupar el último lugar de la lista, salvo que acredite encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

–Estar obligado en virtud de contrato administrativo o laboral en vigor.

–Encontrarse en situación de incapacidad temporal o licencia por maternidad o adopción.

9.5. Los/as aspirantes que se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas en el punto 9.4. deberán acreditarlo documental y fehacientemente en el plazo de siete días naturales desde la fecha en que se les haya ofertado el puesto al que renuncian, en cuyo caso permanecerán en el mismo lugar que ocupan en la lista. Es estos supuestos, las personas aspirantes deberán comunicar por escrito su disponibilidad para prestar servicios a partir de la fecha de finalización de la situación que justificó la renuncia. Mientras no se produzca esta comunicación no se les ofertará ningún puesto de trabajo.

9.6 Pasarán a ocupar el último lugar de la lista los aspirantes que incurran en alguno de los siguientes supuestos:

–Renunciar injustificadamente al puesto de trabajo ofertado.

–Renunciar al contrato suscrito.

–No suscribir el correspondiente contrato, una vez aceptado el puesto en virtud del llamamiento.

9.7. Aquellas personas que se encuentren por segunda vez en cualquiera de los supuestos anteriores, sea o no el mismo que en la vez anterior, quedará excluida de la lista.

9.8. En el caso de que un/a trabajador/a no supere el periodo de prueba legalmente establecido o su contrato sea extinguido como consecuencia de la tramitación de expediente disciplinario, será excluido/a definitivamente de las listas en las que se encuentre.

Base 10.ª Recursos.

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten en la convocatoria, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma en todo lo no previsto en estas bases.

La presente convocatoria, bases y los actos de aplicación de la misma, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos, forma y plazos establecidos en la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

–Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación.

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

–Recurso contencioso- administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Sangüesa, 18 de diciembre de 2017.–La Presidenta, Lucía Echegoyen Ojer.

ANEXO I

Temario

Tema 1: La Administración Local de Navarra. Organización y administración. Tipos de entidades. Competencias.

Tema 2: Estatutos de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa.

Tema 3: Documentos administrativos. El oficio, la instancia, el certificado, el acta, la circular, el traslado de acuerdos. Organización y tratamiento archivístico.

Tema 4: Disposiciones y actos administrativos. El procedimiento administrativo. Concepto. Principios. Fases. Procedimientos especiales. El Administrado. Derechos de los ciudadano/as. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros. Cómputo de plazos. La notificación de los actos administrativos. Plazos y formas. La publicación: forma y supuestos.

Tema 5: Reglamentos/Ordenanzas de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa.

Tema 6: Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos y acuerdos de las Entidades Locales de Navarra. Especial Referencia al Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.

Tema 7: Contratos de las Entidades Locales de Navarra. Disposiciones Generales. Actuaciones administrativas preparatorias. Procedimiento y forma de adjudicación.

Tema 8: El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto). Contenido y estructura.

Tema 9: La recaudación y gestión de tasas en la Comunidad Foral de Navarra (Decreto Foral 177/2001)

Tema 10: Conocimientos generales sobre Padrón Municipal; Catastro y principales impuestos locales.

ANEXO II

Instancia para participar en la convocatoria de auxiliar administrativo(PDF)

Código del anuncio: L1714682