BOLETÍN Nº 109 - 7 de junio de 2018

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 151/2018, de 29 de mayo, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por la que se modifica la Resolución 137/2018, de 15 de mayo, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2018-2019 de las ayudas a trabajos forestales promovidos por Entidades Locales y agentes privados 8 (Submedidas 04.03.05 y 08.05.01 del PDR 2014–2020).

Por Resolución 137/2018 de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2018-2019 de las ayudas a trabajos forestales promovidos por Entidades Locales y agentes privados 8 (Submedidas 04.03.05 y 08.05.01 del PDR 2014-2020).

El plazo de presentación de solicitudes que aprueba el segundo punto de la resolución queda fijado en 30 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación.

Dicho plazo, reducido respecto a convocatorias anteriores a la mitad, se fijó consecuencia, por un lado, de experiencia acumulada en la tramitación de estos expedientes y, por otro, de la tipología de los beneficiarios, conocedores de los procesos de tramitación de las campañas de ayudas a trabajos forestales. Así mismo, un plazo más reducido permitía una mayor agilidad en la concesión de las ayudas y una mejor adaptación a las épocas de realización de las acciones subvencionadas muy dependientes de la climatología.

Sin embargo, es un hecho que, en el caso de las entidades locales, la aprobación de las inversiones a realizar en sus montes sobre las que basan sus solicitudes de ayuda, se aprueba en las reuniones plenarias del Ayuntamiento y que éstas se convocan con frecuencia muy variable entre municipios.

Este aspecto no se tuvo en cuenta en la propuesta inicial de plazo y es cierto que el periodo de tiempo fijado para la presentación de las solicitudes pueda resultar insuficiente para buena parte de los interesados. Máxime cuando coincide el periodo con el inicio de la época estival.

Por todo lo anterior, la Sección de Planificación Estratégica del Servicio de Medio Natural propone la ampliación del plazo de presentación de 30 días hábiles hasta 45 días hábiles. De forma que el plazo más amplio aúna la diversidad territorial con la correcta gestión de los expedientes.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

1.º Modificación del plazo de presentación de solicitudes.

Se modifica el apartado 4.º de la Resolución 137/2018 de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Donde dice:

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Debe decir:

El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

2.º Recurso contra la Resolución.

Contra esta resolución, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificación de la Resolución.

Notificar esta Resolución al Servicio de Medio Natural, al Negociado de Asuntos Económicos y al Servicio de Diversificación y Desarrollo Rural, a los efectos oportunos.

Pamplona, 29 de mayo de 2018.–La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer.

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