BOLETÍN Nº 106 - 4 de junio de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

ABÁRZUZA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso restringido
al personal funcionario del Ayuntamiento de Abárzuza,
con nivel D, de una plaza de Encargado de Mantenimiento
y de servicios múltiples, nivel C, sin incremento de puesto
en plantilla

Por Resolución de Alcaldía, de 25 de abril de 2018, el Alcalde del Ayuntamiento de Abárzuza ha aprobado las bases de la presente convocatoria.

Base 1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, al amparo del artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, con carácter restringido, al personal funcionario con nivel D del Ayuntamiento de Abárzuza, mediante oposición, de una plaza de Encargado de Mantenimiento y de servicios múltiples plaza contemplada en la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Abárzuza.

1.2. La persona aspirante que resulte nombrada en virtud de esta convocatoria tendrá la condición, desde la fecha de toma de posesión, del nivel C, quedando suprimido automáticamente el puesto de trabajo desempeñado hasta ese momento.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento por razones del mismo.

Base 2.–Funciones a desempeñar.

Las funciones a desempeñar por la persona nombrada serán las que a continuación se señalan:

Será el responsable directo del personal tanto fijo como eventual y subcontratado adscrito a los trabajos de servicios múltiples, obras de todo tipo de mantenimiento, incluyendo las convocatorias en colaboración con el INEM, Empleo social protegido, reinserción, etc.

Organizará, distribuirá y controlará todos los trabajos y tareas entre todos los trabajadores a su cargo, incluyendo control de horarios y calendario laboral.

Realizará el control de los trabajos y funcionamiento del personal dependiente del Ayuntamiento de las instalaciones municipales, así como supervisará el funcionamiento de las empresas contratadas para la prestación de servicios municipales.

Coordinará los diferentes equipos de trabajo que se puedan formar, para una mejor gestión y eficacia del servicio.

Priorizará, de acuerdo con el Responsable de Urbanismo y Obras, el orden de los trabajos a realizar.

Vigilará y controlará toda la maquinaria, herramientas, vehículos, etc., pertenecientes a su servicio.

Será responsable de la firma y control de todos los vales de compra de materiales, prendas de trabajo, etc.

Supervisará, organizará y controlará, además, los trabajos correspondientes a los trabajadores de servicios múltiples, y cuantas funciones le sean encomendadas dentro de su nivel y categoría.

Control de necesidades de personal y proposición de posibles contrataciones para vacaciones, bajas y trabajos específicos de duración determinada.

Realizará las labores de difusión de bandos y reparto de los comunicados a los vecinos.

Realizará labores de limpieza de las calles del pueblo, edificios e instalaciones municipales.

Realizará labores de mantenimiento de las zonas ajardinadas y arbolado de calles, paseos y edificios públicos.

Realizará labores de albañilería, carpintería y de otro cualquier género que no requieran complejidad técnica o de medios.

Vigilancia e inspección del término municipal en cuanto a ordenación del tráfico, estacionamientos, licencias de obras, alumbrado público, ocupación de la vía pública, guarderío, etc.

Labores de mantenimiento y conservación del servicio de abastecimiento público.

Velar por el cumplimiento y aplicación del plan de prevención de riesgos laborales del Ayuntamiento en el personal de mantenimiento a su cargo.

Vigilará el cumplimiento de las normas sobre Seguridad e Higiene en el trabajo.

Controlará la puntualidad y asistencia del personal a su cargo, comunicando en caso de deficiencias a la persona responsable.

Cuantas funciones le sean encomendadas dentro de su nivel y categoría.

Base 3.–Requisitos de los aspirantes.

3.1. Las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de funcionario/a al servicio del Ayuntamiento de Abárzuza y hallarse encuadrado/a en el nivel D.

b) Haber sido nombrado o asignado, para un puesto de empleado de servicios múltiples.

c) Hallarse en posesión del título de graduado escolar, formación profesional de primer grado o equivalente y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas. Alternativamente acreditar ocho años de servicios prestados en el Ayuntamiento de Abárzuza.

d) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separados del servicio de cualquier Administración Pública.

f) Poseer permiso de conducir B.

g) Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de sus funciones.

3.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por la persona aspirante aprobada que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 4.–Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Abárzuza en el plazo de 30 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I.

4.2. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 5.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.2. Dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación de la lista provisional de las admitidas y excluidas, podrán formularse reclamación y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde-Presidente, dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Base 6.–Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: Don Miguel Ros Ros, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Abárzuza.

Suplente: Don Blas Esteban Astarriaga Corres, Teniente Alcalde del Ayuntamiento de Abárzuza.

–Vocal 1: Don Pedro Jesus Torrano Urabayen concejal del Ayuntamiento de Abárzuza.

–Vocal 1 suplente: Don José María Ros Antona concejal del Ayuntamiento de Abárzuza.

–Vocal 2: Doña Carmen Izcue San Martín concejal del Ayuntamiento de Abárzuza.

–Vocal 2 suplente: Don Javier Santamaría López concejal del Ayuntamiento de Abárzuza.

–Vocal-Secretario: Doña María Concepcion Lopez Azanza Secretaria del Ayuntamiento de Abárzuza.

–Vocal-secretario suplente: Don Alejandro Elso Fábregas, Secretario del Ayuntamiento del Valle de Yeri.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y ampliación de las bases de la convocatoria.

Base 7.–Desarrollo de la oposición.

7.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

a) Primer ejercicio.–Consistirá en ejercicios prácticos que serán determinados por el Tribunal sobre conocimientos en materia de albañilería, electricidad, fontanería, jardinería y mantenimiento de edificios o instalaciones, con una puntuación máxima 15 puntos.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio es de 120 minutos.

b) Segundo ejercicio.–Consistirá en una prueba de carácter teórico, sobre conocimientos en materia de albañilería, electricidad, fontanería, jardinería y mantenimiento de edificios e instalaciones, con una puntuación máxima de 10 puntos.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio es de 60 minutos.

c) Tercer ejercicio.–Entrevista personal con el Tribunal, que versará sobre conocimientos de toponimia, callejero, geografía e historia del término municipal de Abárzuza y sobre las funciones y tareas a realizar, con una puntuación máxima de 5 puntos.

7.2. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 30 puntos, que quedan distribuidos de la siguiente forma, teniendo los ejercicios carácter eliminatorio:

Primer ejercicio.–Un máximo de 15 puntos, siendo necesarios un mínimo de 7 puntos para aprobar, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen la puntuación mínima.

Segundo ejercicio.–Un máximo de 10 puntos, siendo necesarios un mínimo de 5 puntos para aprobar, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen esa puntuación.

Tercer ejercicio.–Un máximo de 5 puntos, siendo necesarios un mínimo de 2,5 puntos para aprobar.

7.3. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado. La media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación de la parte del ejercicio de que se trate.

7.4. Las pruebas se realizarán a través del sistema de plicas cerradas y mediante llamamiento único. Los aspirantes que no comparecieran serán eliminados.

Base 8.–Relación de aprobados y presentación de documentos.

8.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública la relación de personas aspirantes aprobadas por orden de puntuación obtenida por cada uno, y dará traslado de la misma al muy ilustre señor Alcalde, a quien elevará propuesta de nombramiento en favor de la persona aspirante aprobada de mayor puntuación. Dicha propuesta será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. Dentro de los 15 días naturales siguientes de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de contratación en favor de la persona propuesta deberá presentar en las oficinas del Ayuntamiento de Abárzuza los siguientes documentos:

a) Certificado del acta de nacimiento o fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Original o copia debidamente compulsada, del título exigido o resguardo de haber satisfecho los derechos para su expedición o certificado de los años de servicio en el Ayuntamiento de Abárzuza.

c) Certificado o informe médico acreditativo de que el interesado no padece enfermedad o defecto psíquico o físico que le impida el desempeño del cargo.

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Juramento o promesa de respetar y defender el Régimen Foral de Navarra, acatar la Constitución y las leyes y cumplir fielmente las obligaciones de su cargo.

8.3. Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor suficiente justificados, la persona interesada no presentase dichos documentos, no podrá ser designada quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior la plaza se cubrirá con el siguiente candidato o candidata de la lista de puntuaciones.

Base 9.–Nombramiento.

9.1. Concluido el procedimiento selectivo y aportado por la persona aspirante los documentos a que se refiere la base 8.2 anterior, el Alcalde del Ayuntamiento procederá a su nombramiento como funcionario nivel C del Ayuntamiento de Abárzuza.

Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

9.2. La persona nombrada deberá tomar posesión en el plazo de quince días naturales, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomaran posesión, perderán todos los derechos para la adquisición de la condición de funcionario nivel C del Ayuntamiento de Abárzuza.

Base 10.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma se podrán interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto o acuerdo, en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo.

b) Recurso de contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir o bien,

c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se ocurre.

Abárzuza, 27 de abril de 2018.–El Alcalde, Miguel Ros Ros.

ANEXO I

Formulario de solicitud (PDF).

Código del anuncio: L1805944