BOLETÍN Nº 97 - 22 de mayo de 2017

3. Administración del Estado

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Propuesta de aprobación del canon de regulación
del embalse de Itoiz 2017

Con fecha 4 de abril de 2017 Dirección Técnica de este Organismo ha aprobado propuesta del canon de regulación del embalse de Itoiz 2017 que conforme a lo establecido en el artículo 302 del R.D. 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (Boletín Oficial del Estado número 103, de 30 de abril), incluye la siguiente propuesta de valores:

A. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el canal de Navarra de los Sectores I y II.1 abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 33,3510680907 euros/hectárea.

B. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el canal de Navarra de los sectores II.2, III, IV.2 y IV.3 abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 33,9480672535 euros/hectárea.

C. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el canal de Navarra de los sectores IV.1 abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 34,5450664164 euros/hectárea.

D. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el canal de Navarra de los sectores II.2, III, IV.1-2-4-5, IX y X abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 35,1420655793 euros/hectárea.

E. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el canal de Navarra de los sectores V, VII y VIII abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 35,7390647422 euros/hectárea.

F. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el canal de Navarra de los sectores de regularización 2015 en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 36,3360639051 euros/hectárea.

G. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el canal de Navarra de los sectores de regularización 2016 en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 36,9330630679 euros/hectárea.

H. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el canal de Navarra del sector VI y regularización 2017 en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 36,9331780624 euros/hectárea.

I. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, anterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 2,9010085208 euros/hectárea.

J. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 2,4804856892 euros/hectárea.

K. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 26,0206315078 euros/hectárea.

L. Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 17,2279705746 euros/hectárea.

M. El eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del embalse de Itoiz y abonará la cantidad de 0,00 euros, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embalse del Ebro.

N. Los usuarios hidroeléctricos directos con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán en concepto de canon de regulación la cantidad de 0,0104222088 euros/kilovatio hora.

O. Los usuarios hidroeléctricos fluyentes del Irati con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán en concepto de canon de regulación la cantidad de 0,0104222089 euros/kilovatio hora.

P. Los usuarios hidroeléctricos con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán en concepto de canon de regulación la cantidad de 0,0034740696 euros/kilovatio hora.

Q. Los usuarios hidroeléctricos apoyo eje del Ebro con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán en concepto de canon de regulación la cantidad de 0,00 euros/kilovatio hora.

R. Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el canal de Navarra, o desde el río Iratí, abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 0,0265179939 euros/metro cúbico.

S. Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el río Aragón, abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 0,0087720140 euros/metro cúbico.

T. Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Irati, abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 0,0026055522 euros/metro cúbico.

U. Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, abonarán en concepto de canon de regulación del embalse de Itoiz 0,0008747911 euros/metro cúbico.

V. El Estado como beneficiario de las obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al organismo gestor, en concepto de canon de regulación un total de 3.133.418,08 euros.

Lo que se somete a información pública a efecto de que puedan formularse las reclamaciones que procedan ante el señor Presidente de Confederación Hidrográfica del Ebro, dentro del plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra. Durante este periodo podrá examinarse el expediente administrativo mediante comparecencia en la sede del Organismo, sita en Paseo Sagasta, 24-28, de Zaragoza.

Zaragoza, 17 de abril de 2017.–El Director Técnico, P.A. El Director Adjunto, Jefe de Explotación, Alfonso Mariscal de Gante López.

Código del anuncio: E1705124