BOLETÍN Nº 97 - 22 de mayo de 2017

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BASABURUA

Calendario laboral para el ejercicio 2017

El pleno del Ayuntamiento de Basaburua, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de abril de 2017, aprobó el calendario de días festivos entre semana durante el año 2017 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Basaburua; estableció así como fiestas de carácter retribuido y no recuperable para el año 2017, las siguientes:

6 de enero: Epifanía del Señor (Reyes Magos).

13 de abril: Jueves Santo.

14 de abril: Viernes Santo.

17 de abril: Lunes de Pascua.

1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

25 de julio: Festividad de Santiago.

14 de agosto: Fiesta local.

15 de agosto: Asunción de la Virgen.

12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

1 de noviembre: Todos los Santos.

4 de diciembre: lunes siguiente al Día de Navarra (San Francisco Javier).

6 de diciembre: Día de la Constitución.

8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

25 de diciembre: Natividad del Señor.

Además, se establecen 3 días más de fiesta por Fiestas Patronales, a elegir cada trabajador, con el condicionante de que no se cierren los Ayuntamientos al público. Asimismo, para completar la jornada, se crea una bolsa de 14 horas y 30 minutos para el año 2017.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2017, todos los sábado y domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

El disfrute de las vacaciones fijadas reglamentariamente se concederá por el órgano administrativo competente, sobre la base de establecer uno o dos periodos largos de un mínimo de 20 días de vacaciones en periodo estival (junio, julio, agosto y septiembre) y dejar 7 días sueltos para utilizarlos a lo largo del año, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, todo ello sin perjuicio de autorizaciones expresas para situaciones concretas y excepcionales que deberán acreditarse debidamente.

Las vacaciones de las trabajadoras y trabajadores deberán estar establecidas para el 31 de marzo, si bien podrán modificarse previa comunicación expresa con la suficiente antelación y si las necesidades del servicio lo permiten.

Las vacaciones relativas a cada año se deberán disfrutar dentro del mismo año natural o hasta el 31 de enero del siguiente año.

La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en el Ayuntamiento de Basaburua, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

A.–La jornada diaria de trabajo tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 30 minutos, de lunes a viernes, a meter dentro del margen desde las 7:00 a 16:00 horas.

B.–El horario de atención al público y de apertura del Registro General queda establecido de 9:30 horas a 13:30 horas.

C.–La distribución de la jornada de trabajo y las vacaciones, señaladas en los anteriores apartados, no se aplicará a los empleados que, por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial que se regirán en todo caso por su calendario laboral específico, el cual deberá respetar el cómputo anual de la jornada establecida con carácter anual.

Jauntsarats, 28 de abril de 2017.–La Alcaldesa, Esther Lakasta Perez Ilzarbe.

Código del anuncio: L1705223