BOLETÍN Nº 84 - 3 de mayo de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

Extracto de la Resolución 440/2017, de 4 de abril, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas agroambientales a la polinización en la Comunidad Foral de Navarra y se aprueba la convocatoria para el año 2017, acogidas al régimen de mínimis.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): BDNS (Identificación): 342368.

Primero.–Beneficiarios.

Titulares de una explotación apícola con anterioridad al 1 de enero de 2017 e inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Navarra y disponer de un mínimo de 50 colmenas en producción, debidamente identificadas de forma individual con su número de explotación.

Segundo.–Objeto.

La presente resolución tiene por objeto establecer las bases que regulan las ayudas agroambientales a la polinización, con el fin de mantener un nivel adecuado de actividad apícola, por las repercusiones beneficiosas que ésta tiene en la conservación de la biodiversidad, principalmente por la función de polinización que las abejas tienen para un adecuado mantenimiento de la biodiversidad.

Tercero.–Bases reguladoras.

Las bases reguladoras se encuentran en la resolución 440/2017, de 4 de abril, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas agroambientales a la polinización en la Comunidad Foral de Navarra, y se aprueba la convocatoria para el año 2017, acogidas al régimen de mínimis.

Cuarto.–Cuantía.

Un gasto de 45.000 euros que origina la aplicación de estas ayudas con cargo a la partida 710004-71310-4700-412206, “Ayuda agroambiental. Polinización” de los Presupuestos Generales de 2016, para atender a los compromisos de gastos derivados de esta Resolución.

Quinto.–Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Sexto.–Otros datos.

En el caso de que las solicitudes admitidas sobrepasen el límite presupuestario consignado, la concesión de las ayudas se realizará en función de la condición de los solicitantes y se atenderán las solicitudes en el siguiente orden: primero, solicitudes correspondientes a titulares cuya explotación tiene la consideración de agricultor a título principal (ATP), en el caso de persona física y explotación prioritaria en el caso de ser persona jurídica, segundo, solicitudes de apicultores profesionales con más de 150 colmenas y tercero el resto de solicitantes.

Pamplona, 4 de abril de 2017.–El Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

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