BOLETÍN Nº 82 - 28 de abril de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 476/2017, de 12 de abril de modificación de la Resolución 301/2017, de 2 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2017 de las ayudas a la operación “Inversiones en infraestructuras para el equipamiento de riego en parcelas comunales”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

Por Resolución 301/2017, de 2 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2017 de las ayudas a la operación “Inversiones en infraestructuras para el equipamiento de riego en parcelas comunales”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

El Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración local desea establecer para el supuesto de que el crédito presupuestario existente para la convocatoria sea insuficiente para conceder las subvenciones correspondientes a todas las solicitudes con derecho a ayuda, la posibilidad de reformular las solicitudes presentadas cuando el importe de la subvención que se propone sea inferior al que figura en la solicitud y su objeto sea financiar varias actividades a desarrollar por el solicitante. Este último deberá reformular la solicitud para adecuarla a la nueva cuantía y se remitirá, con la conformidad del órgano instructor, al competente para resolver.

Por otra parte, con el objeto de que la Entidad local pueda acreditar el cumplimiento de la documentación exigida por la Base 11 se propone sustituir el certificado previsto en el punto 1.c) de dicha Base por un compromiso o declaración responsable de presentar la relación de adjudicatarios una vez realizada la correspondiente adjudicación de lotes. Por todo ello el Servicio de Infraestructuras Agrarias propone la modificación de las Bases en el sentido señalado anteriormente.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y por Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

1.º Modificación de la Resolución 301/2017, de 2 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería.

Se modifica la Resolución 301/2017, de 2 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2017 de las ayudas a la operación “Inversiones en infraestructuras para el equipamiento de riego en parcelas comunales”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020, en la forma que se recoge en el Anexo de la presente resolución.

2.º Comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

Se deberá registrar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones la presente Resolución.

3.º Recursos administrativos contra la presente Resolución.

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.º Ampliación del plazo de presentación de solicitudes en la convocatoria del ejercicio 2017.

El plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria aprobada por Resolución 301/2017, de 2 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, se amplía en 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Las solicitudes presentadas a la convocatoria en el plazo previsto en la Resolución 301/2017, de 2 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2017 de las ayudas a la operación “Inversiones en infraestructuras para el equipamiento de riego en parcelas comunales”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020 se considerarán válidas y podrán ser completadas o subsanadas por los solicitantes en el plazo previsto en el párrafo precedente.

Pamplona, 12 de abril de 2017.–El Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

ANEXO

Modificación de la Resolución 301/2017, de 2 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2017 de las ayudas a la operación “Inversiones en infraestructuras para el equipamiento de riego en parcelas comunales”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

Base única.–Se modifica el anexo I de la Resolución 301/2017, de 2 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, en los siguientes términos:

1.–Se modifica el apartado c) de la base 11 del Anexo I de la Resolución 301/2017, de 2 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, relativa a la “Solicitud de ayuda y documentación”, que queda redactado de la siguiente manera:

“c) Compromiso o declaración responsable por cada proyecto de la Entidad Local o institución asimilada, de la presentación de una relación de adjudicatarios cuando ésta se realice, acreditando el cumplimiento de la base 4.1.b)”

2.–Se modifica la base 15 del Anexo I de la Resolución 301/2017, de 2 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, que queda redactada de la siguiente manera:

“1. Vista la propuesta de resolución, el Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería resolverá la concesión de las subvenciones en el plazo máximo de 3 meses”.

2. La resolución será motivada, debiendo en todo caso quedar acreditados los fundamentos de la resolución que se adopte.

3. La resolución contendrá la relación de solicitantes a las que se concede la subvención y hará contar, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, entre las que deberán figurar aquéllas cuya desestimación obedezca a la limitación de la asignación de recursos presupuestarios, las que no hayan alcanzado la puntuación mínima establecida en la base 7 y aquellas que incumplan los criterios de admisibilidad conforme a la base 4.

No obstante, la solicitante que se encuentre en el punto de corte del procedimiento de concurrencia que no acceda a las ayudas por insuficiencia de recursos presupuestarios podrá solicitar la concesión de la ayuda conforme al presupuesto disponible en el plazo de 15 días desde la notificación de la resolución, identificando de entre las actuaciones propuestas en su solicitud aquéllas cuyo compromiso se mantiene. La reformulación de la solicitud deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes.

4. La resolución se notificará en el plazo de tres meses desde la fecha de cierre de la convocatoria y contendrá la información suficiente que justifique el importe de la subvención concedida, las condiciones y los compromisos que deberá mantener el beneficiario.

5. Además en la notificación de concesión de la ayuda se informará a las entidades beneficiarias que la medida se subvenciona en virtud del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020, cofinanciado por el FEADER, en la operación “Inversiones en infraestructuras para el equipamiento de riego en parcelas comunales”.

6. Transcurrido el plazo establecido para resolver el procedimiento en estas bases reguladoras de la subvención, o en el plazo que determine la convocatoria, sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud”.

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