BOLETÍN Nº 82 - 28 de abril de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 654/2017, de 31 de marzo, de la Directora General de Inclusión y Protección Social del Departamento de Derechos Sociales, por la que se convoca la XV edición del “Premio Internacional Navarra a la Solidaridad 2017” y se aprueban sus Bases reguladoras.

El Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Derechos Sociales, y la Dirección Territorial de Laboral Kutxa han venido convocando desde el año 2001 el “Premio Internacional Navarra a la Solidaridad”, cuya finalidad última ha sido concienciar y sensibilizar a la sociedad sobre la importancia del trabajo voluntario y solidario en favor de los sectores sociales más desfavorecidos de los países y pueblos empobrecidos.

Con fecha 17 de marzo de 2017, se firma el convenio de colaboración entre el Departamento de Derechos Sociales y Laboral Kutxa para la convocatoria del Premio Navarra a la Solidaridad en su XV Edición.

En consecuencia, y en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por el Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales.

ORDENO:

1.º Convocar la XV edición del “Premio Internacional Navarra a la Solidaridad 2017” y aprobar sus Bases que se adjuntan como Anexo a esta Resolución.

2.º Publicar esta Resolución y las Bases reguladoras del “Premio Internacional Navarra a la Solidaridad 2017” en el Boletín Oficial de Navarra a los efectos oportunos.

3.º Notificar esta Resolución a la Dirección Regional de Laboral Kutxa en Navarra con domicilio en calle Arcadio M. Larraona, 1-31008 de Pamplona, haciéndole constar que no agota la vía administrativa y que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

4.º Trasladar esta Resolución al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaría General Técnica, al Centro Contable de la Secretaría General Técnica y al Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo, a los efectos oportunos.

Pamplona, 31 de marzo de 2017.–La Directora General de Inclusión y Protección Social, Gema Mañú Echaide.

ANEXO I

Bases de la XIV edición del Premio Internacional
“Navarra” a la solidaridad 2017

1.ª Objeto y dotación del Premio.

1.1. El premio tiene por objeto destacar y reconocer la tarea llevada a cabo por aquellas Instituciones, Organizaciones No Gubernamentales y personas físicas, que hayan destacado por su trayectoria en cualquiera de los ámbitos de la Cooperación Internacional al Desarrollo, en especial en la contribución a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenibles.

1.2. El premio consta de una dotación en metálico de 15.000 euros. Para recibirlo, el responsable de la entidad o la persona galardonada deberá estar presente en el solemne acto de entrega del Premio -salvo causas de fuerza mayor en que podrá delegar en otra persona que le represente-, así como en otras actividades que se pudieran organizar con motivo de la entrega del galardón.

1.3. La organización se hará cargo de los gastos derivados de la presencia de la persona que recoja el Premio.

2.ª Lugar y plazo de presentación de las candidaturas.

2.1. Las propuestas se dirigirán a la Dirección General de Inclusión y Protección Social, sita en C/ González Tablas, 7-31005 Pamplona (España), por correo certificado, indicando en el sobre para el Premio Internacional “Navarra” a la Solidaridad. En el caso de que el envío se realice por servicio de mensajería, se deberán comunicar por fax (+34 848 423 818) el mismo día que se emita el mismo. Si las solicitudes se dirigen a través de correo electrónico, éstas se harán llegar a la dirección: servcoopdes@cfnavarra.es.

2.2. El plazo de presentación de las candidaturas comienza el día siguiente a la publicación de estas bases y finaliza el 31 de mayo de 2017.

3.ª Entidades proponentes.

3.1. Podrán presentar candidaturas instituciones públicas (Gobiernos, Ministerios, Ayuntamientos, Universidades, Academias, Centros de Investigación, Embajadas, consulados, etc.), entidades educativas, culturales, sociales, Organizaciones No Gubernamentales, etc. legalmente constituidas de cualquier país.

También podrán presentar candidaturas, dentro del plazo indicado, los integrantes del jurado y aquellas personalidades o representantes de entidades a quienes invite la organización.

3.2. Serán excluidas aquellas candidaturas presentadas por quienes soliciten el Premio para sí mismos o para las organizaciones a las que representen legalmente.

3.3. La presentación de las candidaturas al Premio supone la aceptación total de las presentes bases, así como de los acuerdos que adopte el Jurado del Premio.

4.ª Documentación requerida.

Las entidades o personas indicadas en la Base 3, presentarán la candidatura anexando la siguiente documentación:

a) Documento, según el modelo del Anexo II, aportando los datos acreditativos de la personalidad jurídica de la entidad o de las personas propuestas.

b) Memoria explicativa (máximo de 2.000 palabras), en la que se recojan las acciones, programas, medidas y el resto de información que se crea conveniente y que acredite los méritos estimados para acceder a este galardón (modelo de presentación de memoria en el Anexo III).

c) Cualquier otra documentación complementaria que permita avalar y verificar los méritos alegados, incluidas cartas de apoyo a la candidatura de instituciones públicas, entidades privadas o personalidades de reconocido prestigio.

d) Aquellas entidades que hayan presentado alguna candidatura en ediciones anteriores y deseen volver a proponerla deberán facilitar el documento de datos acreditativos (Anexo II) actualizado, la memoria explicativa (Anexo III) actualizada, las cartas de apoyo actualizadas -si las hubiese o si se deseara añadir otras nuevas-, y un documento firmado en el que se exponga, por un lado, el año y la edición en la que se presentó la candidatura con anterioridad y, por otro, la validez del resto de documentación presentada en dicha edición (información adicional u otros materiales, como DVD, libros...).

5.ª Tramitación.

5.1. La Dirección General de Inclusión y Protección Social, a través de su Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo, y Laboral Kutxa, podrán realizar una preselección no vinculante para el Jurado que falle el Premio. A tal efecto, dará traslado a éste tanto de la propuesta de finalistas como del resto de candidaturas presentadas.

5.2. En la fase de preselección se tomarán en consideración los siguientes aspectos, que serán orientativos para el Jurado:

a) Análisis del contexto en el que se enmarca la labor solidaria.

b) Contribución a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y a la promoción del Desarrollo Humano desde el enfoque de Derechos y con perspectiva de género.

c) Carácter Innovador en el contenido.

d) Permanencia: arraigo en la comunidad o área en la cual se interviene.

e) Orientación del trabajo hacia colectivos vulnerables.

f) Colaboración y/o coordinación con organizaciones o redes similares.

g) Beneficios y/o efectos positivos colaterales del Premio sobre la población, organización o zona de intervención.

h) Capacidad institucional de las entidades candidatas o la trayectoria profesional de las personas propuestas.

5.3. Para cualquier información relativa a este premio podrá contactarse con el Gobierno de Navarra (Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo): teléfono + 34848425043; e-mail servcoopdes@cfnavarra.es.

5.4. La resolución de todas las cuestiones que puedan surgir o plantearse sobre el Premio son de exclusiva competencia de las entidades convocantes.

6.ª Jurado, fallo y entrega del premio.

6.1. El Jurado estará formado por siete miembros –presidente y seis vocales–, elegidos entre personalidades y profesionales de reconocido prestigio, con especial y significada sensibilidad hacia el mundo de la solidaridad.

6.2. La concesión del premio se realizará por unanimidad de los miembros del Jurado y, en el caso de que no la hubiera, por mayoría simple de los mismos.

6.3. El fallo se anunciará mediante rueda de prensa a los distintos medios de comunicación, informando de la concesión del Premio a la entidad o persona ganadora, o en su caso declaración de que éste ha quedado desierto.

6.4. La entrega del Premio se efectuará en acto público, organizado a tal fin en fecha que se anunciará oportunamente por las entidades convocantes.

6.5. Durante su estancia, la persona o representantes de la entidad premiada tendrán disponibilidad absoluta para participar en aquellos actos y actividades que se pudieran proponer desde la organización en relación al Premio.

ANEXO II

Datos de la entidad o persona(PDF).

ANEXO III

Memoria Explicativa, responder a los siguientes aspectos, sin exceder el máximo de 2.000 palabras:

–Trayectoria profesional de la persona o entidad candidata.

–Contexto social, económico... de la zona en la que se desarrolla la labor solidaria.

–Arraigo en la comunidad o en la zona en la que se trabaja.

–Colectivos con los que se trabaja y número aproximado de personas beneficiadas.

–Descripción de las actividades y actuaciones que se llevan a cabo.

–Coordinación y/o colaboración con otras Entidades o redes.

–Beneficios colaterales/indirectos que la dotación y el reconocimiento del Premio puede proporcionar sobre la población o zona de intervención.

–Otros datos de interés que se quieran aportar.

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