BOLETÍN Nº 82 - 28 de abril de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2017, de la Presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de cuatro plazas vacantes de técnico de auditoría al servicio de la Cámara de Comptos de Navarra, una de ellas con conocimiento de euskera.

La Presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra, en fecha 10 de abril, ha adoptado la siguiente resolución:

Vista la propuesta elevada por el secretario general de la Cámara de Comptos de Navarra en relación con la provisión, mediante oposición, de cuatro plazas vacantes de técnico de auditoría, una de ellas con conocimiento de euskera, previstas en la plantilla orgánica de la Cámara para el año 2017, que cuenta, asimismo, con los informes favorables de los servicios jurídicos y de intervención de la institución, así como del administrador de la misma, esta Presidencia, de conformidad con la normativa vigente y una vez que ha sido declarada desierta la correspondiente convocatoria previa de concurso de traslado,

HA RESUELTO:

Primero.–Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de cuatro plazas vacantes de técnico de auditoría, una de ellas con conocimiento de euskera, al servicio de la Cámara de Comptos de Navarra, que se ajustará a las bases que a continuación se adjuntan.

Segundo.–Disponer la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra, en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web de la Cámara de Comptos. Pamplona, diez de abril de 2017. La Presidenta, Asunción Olaechea Estanga.

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de cuatro plazas vacantes de técnico de auditoría, una de ellas con conocimiento de euskera, al servicio de la Cámara de Comptos de Navarra.

La presente convocatoria se ajustará a las siguientes,

BASES

Base 1.ª Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante oposición, de cuatro plazas vacantes de técnico de auditoría, una de ellas con conocimiento de euskera, al servicio de la Cámara de Comptos de Navarra:

–La primera y la tercera correspondientes al turno libre. Para una de ellas el conocimiento del euskera constituye requisito específico que debe acreditarse para poder concurrir a la misma.

–La segunda y la cuarta correspondientes al turno de promoción.

1.2. La oposición se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en el Estatuto del Personal del Parlamento de Navarra de 21 de marzo de 1991 y, supletoriamente, en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y en el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso dictado para su desarrollo y ejecución.

1.3. Si las vacantes del turno de promoción quedaran desiertas por no haber aspirantes o por no haber obtenido éstos la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno libre en estricta concurrencia con los aspirantes de dicho turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Del mismo modo, si entre quienes concurren a la plaza para la que el conocimiento del euskera constituye requisito específico, resultan más aspirantes aprobados que número de vacantes, los aprobados sin plaza optarán a las vacantes convocadas en estricta concurrencia con el resto de aspirantes, de acuerdo con la puntuación final obtenida. Por su parte, en caso de declararse desierta la plaza vacante para la que el conocimiento del euskera constituye requisito específico, no se acumulará a las otras plazas, debiendo ser objeto de nueva convocatoria.

1.4. Los aspirantes que resulten nombrados en virtud de la presente convocatoria ejercerán las funciones y tendrán los derechos y deberes que se establecen para los funcionarios de la Cámara de Comptos de Navarra y, en concreto, para los pertenecientes al puesto de técnico de auditoría.

Sus funciones serán las establecidas en el artículo 11 del Reglamento de Organización de la Cámara de Comptos de Navarra, aprobado mediante resolución de su presidente de 16 de febrero de 2007 (BOPN número 19 de 2 de marzo de 2007), entre las que se incluyen: a) analizar y revisar, siguiendo los criterios que los auditores les señalen, aspectos referentes a las cuentas, estados financieros, control interno y organización en general, eficacia y eficiencia de los centros, organismos y dependencias que en cada momento sean objeto de control; b) informar a los auditores de las conclusiones y resultados a que llegasen en el ejercicio de sus funciones; c) colaborar con los auditores en la planificación y organización del trabajo encomendado al equipo, así como en la revisión de los resultados y conclusiones provisionales obtenidos en el desarrollo del trabajo de control realizado y d) todas aquellas de apoyo y colaboración que, dentro de sus competencias, pudiesen serles encomendadas por el auditor del que dependan.

El ejercicio de estas funciones cuando sea necesario el conocimiento del euskera para su realización, se asignará al aspirante para el que se exige como requisito el conocimiento de esta lengua.

1.5. El nombramiento conferirá a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla de la Cámara de Comptos, con todos los derechos y obligaciones que señalen las disposiciones vigentes.

1.6. Las plazas estarán encuadradas en el nivel B de la actual clasificación de puestos de trabajo y dotadas con las retribuciones correspondientes al mismo, así como con los complementos que se especifican en la Plantilla Orgánica vigente de la Cámara de Comptos de Navarra.

l.7. Los funcionarios que resulten nombrados serán afiliados y dados de alta en el régimen general de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en dicho régimen, salvo que ya estuvieran afiliados al régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria y social a que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de la Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, en cuyo caso podrán optar por mantenerse en el mismo o afiliarse a la Seguridad Social.

1.8. La jornada de trabajo se desarrollará, con carácter general, en régimen de jornada continua de lunes a viernes, entre las 7,45 y las 15,15 horas, si bien podrá ser modificada en cualquier momento por la Presidenta de la Cámara de Comptos, para adaptarse a las necesidades del servicio.

Base 2.ª Condiciones que han de reunir los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.3. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser mayor de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de diplomado universitario, ingeniero técnico, arquitecto técnico, grado o titulación declarada oficialmente equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, o haber superado los tres primeros cursos completos de una licenciatura, ingeniería o arquitectura.

d) Hallarse en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B. Estarán exentos de este requisito quienes acrediten que concurre en ellos causa o impedimento legal por el que no pueden obtener dicho permiso.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las correspondiente funciones públicas, y no haber sido separado del servicio de una administración pública.

g) En el caso de que se opte a la plaza para la que el conocimiento de euskera constituye requisito específico: estar en posesión del Certificado de Aptitud-Ciclo Superior en euskera, nivel EGA o C1, expedido por una escuela oficial de idiomas, de una institución oficialmente reconocida como equivalente, o bien superar una prueba que determine la posesión del nivel lingüístico suficiente.

2.2. Los aspirantes del turno de promoción deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.3 de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, los siguientes:

a) Ostentar la condición de funcionario de la Cámara de Comptos de Navarra y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las administraciones públicas.

2.3. Las anteriores condiciones deberán ser acreditadas en el plazo y forma previstos en la Base 3.ª de la presente convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, los aspirantes deberán reunir los requisitos a que se refiere el apartado 1 de esta base 2.ª durante todo el tiempo que dure el procedimiento de provisión, entendiendo que éste finaliza en el momento del nombramiento.

Base 3.ª Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en la oposición deberán presentar la correspondiente solicitud, en forma de instancia, según modelo oficial (anexo I a la presente convocatoria), en la que harán constar nombre, apellidos, edad, número de documento nacional de identidad, domicilio, dirección de correo electrónico y teléfono, así como referencia al turno libre o de promoción al que concurren y, en el caso del turno libre, si opta a la plaza para cuya provisión el conocimiento del euskera constituye requisito específico.

3.2. En la solicitud deberá hacerse constar expresamente que se reúnen todos y cada uno de los requisitos a los que se refiere la base 2.ª de la presente convocatoria, que deberán ser acreditados en la forma establecida en la base 7.ª de la misma.

3.3. Las solicitudes se dirigirán a la Presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra y se presentarán en el registro general de la Cámara de Comptos de Navarra (Calle Ansoleaga, número 10 de Pamplona) en días y horas hábiles (de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas), en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro General de la Cámara de Comptos de Navarra.

Las instancias podrán presentarse también en el Registro General Electrónico de la Cámara de Comptos a través de su sede electrónica.

3.4. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que estas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, expedida por órgano competente.

3.5. El modelo de instancia estará a disposición de los interesados en el Registro General de la Cámara de Comptos, así como en la página web de la Institución.

Base 4.ª Admisión de candidatos.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, y dispondrá su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra, así como en el tablón de anuncios y en la página web de la institución. En esta lista constarán el nombre y los apellidos de los candidatos admitidos y excluidos, así como el turno libre o de promoción al que concurren. En caso de no resultar ningún candidato excluido podrá aprobarse esta lista como definitiva.

4.2. Los interesados podrán interponer, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento, las reclamaciones que consideren oportunas contra la lista provisional y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento, así como en el tablón de anuncios y en la página web de la institución.

Base 5.ª Composición, constitución y actuación del tribunal calificador.

5.1. El tribunal que ha de juzgar la oposición estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidenta:

–Karen Moreno Orduña, auditora de la Cámara de Comptos de Navarra.

Suplente: Ignacio Cabeza del Salvador, auditor de la Cámara de Comptos de Navarra.

Vocales:

–Francisco Javier Aurrecoechea Gutiérrez, jefe de sección de Gestión Económica del Servicio Navarro de Empleo.

Suplente: Elena Garde Macías, directora del servicio de Intervención General del Gobierno de Navarra.

–Marta Sabalza Navallas, técnica de auditoría de la Cámara de Comptos de Navarra, designada por la junta de personal de la institución.

Suplente: José Miguel Biurrun Martiarena, técnico de auditoría de la Cámara de Comptos de Navarra, designado por la junta de personal de la institución.

–Ignacio Barquero Solanes, Director de Auditoria de la Cámara de Cuentas de Aragón

Suplente: Miguel Luque Magaña, técnico de auditoría de la Cámara de Cuentas de Aragón.

Secretaria:

–Gemma Angélica Sánchez Lerma, letrada de la Cámara de Comptos de Navarra.

Suplente: José Luis Ezquerro Royo, letrado de la Cámara de Comptos de Navarra.

5.2. El tribunal calificador deberá constituirse antes del inicio de las pruebas selectivas y no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la mayoría de sus miembros.

5.3. Para la válida constitución del tribunal será necesaria la presencia de la Presidenta y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.4. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación y aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como con lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el tribunal por mayoría.

5.5. Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.6. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el tribunal y se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

Base 6.ª Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición se iniciará a partir del mes de enero de 2018 en lugar, fecha y hora que se harán públicos en el tablón de anuncios de la Cámara de Comptos y en su página web, antes del 30 de noviembre de 2017.

6.2. Constará de tres ejercicios, dos prácticos y uno teórico. El contenido y puntuación de estas pruebas serán los siguientes:

a) Primer ejercicio, de carácter práctico, consistente en la realización, por espacio de 4 horas, de uno o varios supuestos de contabilidad pública y/o privada (podrá asimismo contener algún caso práctico de matemática financiera y/o estadística). Para la realización de este ejercicio los opositores podrán disponer del cuadro de cuentas que será facilitado por la Cámara de Comptos y se tomará como referencia la normativa siguiente: Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad; Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública; Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público; Decreto Foral 271/1998, de 21 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas locales de Navarra, en materia de estructura presupuestaria y Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la Instrucción General de Contabilidad para la Administración Foral de Navarra.

Este primer ejercicio se valorará hasta un máximo de 35 puntos, siendo necesario obtener en él un mínimo de 17,50 puntos para superarlo.

b) Segundo ejercicio, de carácter práctico, consistente en la realización, por espacio de 4 horas, de uno o varios supuestos de auditoría pública y/o privada que serán planteados por el tribunal. Este ejercicio se valorará hasta un máximo de 35 puntos, siendo necesario obtener en el un mínimo de 17,50 puntos para superarlo.

c) Tercer ejercicio, de carácter teórico, con una duración máxima de 5 horas, tendrá una valoración global de 30 puntos y se desarrollará en dos partes, de la forma siguiente:

1.ª Contestación por escrito de un tema elegido al azar de los que componen el temario señalado en el Anexo II de la convocatoria. Se valorará hasta un máximo de 15 puntos, siendo necesario para superarla obtener, al menos, la mitad de la puntuación máxima, es decir, 7,5 puntos.

2.ª Contestación por escrito a 10 preguntas planteadas por el tribunal en relación con el temario recogido en el Anexo II de la convocatoria. Esta parte se valorará hasta un máximo de 15 puntos, a razón de 1,5 puntos por pregunta, siendo necesario para superarla obtener, al menos, la mitad de la puntuación máxima, es decir, 7,5 puntos y puntuar, al menos, en 8 de las 10 preguntas.

6.3. En el caso de los dos primeros ejercicios de carácter práctico, la corrección se efectuará mediante el sistema de plicas cerradas. A estos efectos los aspirantes, al finalizar cada uno de los ejercicios, introducirán los folios que hubiesen redactado en un sobre grande sin que figure su nombre. El nombre se incluirá en otro sobre pequeño que se adjuntará al anterior. Los dos sobres serán numerados con el mismo número por el tribunal y una vez corregidos los ejercicios y asignadas las puntuaciones al número de plica correspondiente, se procederá a la apertura pública del sobre pequeño para determinar el nombre al que corresponde cada ejercicio.

6.4. En el caso del ejercicio teórico y una vez finalizado, los aspirantes introducirán las cuartillas que hubiesen redactado en un sobre, cuya solapa firmarán el interesado y el secretario del tribunal, quedando bajo su custodia. Cuando corresponda y por orden alfabético, el opositor abrirá los sobres firmados por él ante el tribunal y procederá a la lectura pública del ejercicio, procediéndose a continuación a su calificación por el tribunal.

6.5. El tribunal hará público el resultado de cada ejercicio en el tablón de anuncios y en la página web de la Cámara de Comptos, con posterioridad a su calificación, señalando el lugar, fecha y hora de la siguiente prueba, que se realizará al menos con 48 horas de antelación.

La puntuación de cada ejercicio se irá acumulando a la que obtengan los candidatos en las pruebas sucesivas, resultando, de esta forma, la puntuación total de la oposición.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio se realizará mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del documento nacional de identidad, pasaporte, permiso de conducir u otros documentos de identificación que el tribunal considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas de la oposición se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en la instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Base 7.ª Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentación.

7.1. Una vez finalizada la oposición, el tribunal publicará en el tablón de anuncios y en la página web de la Cámara de Comptos de Navarra la relación de aspirantes aprobados, por turnos y, dentro de los mismos, por orden de puntuación obtenida.

7.2. El tribunal calificador, asimismo, remitirá a la Presidenta de la Cámara de Comptos propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación, junto con las actas y el resto de documentación de la oposición. Esta propuesta se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra y en el Boletín Oficial de Navarra.

7.3. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar a la Cámara de Comptos de Navarra los siguientes documentos:

7.3.1. Aspirantes que no ostenten la condición de funcionarios de la Cámara de Comptos de Navarra:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Fotocopia compulsada de estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

d) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

En el caso de aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una administración pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Los aspirantes que ostenten la condición de funcionario o personal fijo de otra Administración Pública de Navarra distinta de la Cámara de Comptos de Navarra, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.3.2. Aspirantes que ostenten la condición de funcionario de la Cámara de Comptos de Navarra:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

b) Fotocopia compulsada de estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

En el caso de aspirantes que hubieran alegado una minusvalía deberán aportar, además, una acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.4. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a la que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 8.ª Nombramiento provisional.

8.1. Presentados los documentos a que hace referencia el punto 7.3 anterior, la Presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra, mediante resolución, procederá al nombramiento provisional de los aspirantes propuestos. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra y en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. Los candidatos que resulten nombrados deberán ocupar las plazas en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la notificación del nombramiento.

8.3. Los aspirantes que no presenten la documentación requerida en la base 7.3 de esta convocatoria o no tomen posesión de su plaza en el plazo de un mes antes señalado, salvo caso de fuerza mayor suficientemente justificada, se entenderá que renuncian a los derechos derivados de las actuaciones de la oposición, cubriéndose, en tal caso, la plaza por el aspirante que ocupe el siguiente lugar en la lista a que se refiere la base anterior.

Base 9.ª Periodo de prácticas.

9.1. Para obtener el nombramiento definitivo como técnico de auditoría será necesario que los candidatos propuestos y nombrados provisionalmente, superen un periodo de prácticas de 6 meses de duración.

9.2. El periodo de prácticas se iniciará con la toma de posesión provisional del candidato designado, que tendrá lugar dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del nombramiento.

9.3. Durante el periodo de prácticas los candidatos designados gozarán de los mismos derechos y tendrán las mismas obligaciones que correspondan al resto de técnicos de auditoría de la Cámara de Comptos.

9.4. La Presidenta de la Cámara de Comptos, oyendo a los miembros de la misma, valorará el aprovechamiento de los aspirantes durante el periodo de prácticas, otorgando al final del mismo mediante resolución motivada la calificación de apto o no apto.

Base 10.ª Nombramiento definitivo como Técnico de Auditoría y toma de posesión.

10.1. Concluido el periodo de prácticas a que hace referencia la base anterior y obtenida la calificación de apto por los candidatos, la Presidenta de la Cámara de Comptos procederá a su nombramiento definitivo como funcionario. Este nombramiento se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra y en el Boletín Oficial de Navarra.

10.2. En el plazo de un mes desde la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra, los aspirantes deberán tomar posesión definitiva de sus cargos.

10.3. Se entenderá que renuncia a los derechos derivados de la oposición, el candidato que no tome posesión en el plazo señalado, cubriéndose en tal caso la plaza, previo el correspondiente periodo de prácticas, por el candidato que ocupase el siguiente lugar en la propuesta a que hace referencia la base 7 de esta convocatoria.

10.4. Se actuará de igual manera a la señalada en el apartado anterior en el caso de que el candidato provisionalmente designado, no hubiera obtenido la calificación de apto en el citado periodo de prácticas.

Base 11.ª Documentación aportada.

11.1. La documentación aportada podrá retirarse por los aspirantes, siempre que no se haya interpuesto reclamación o recurso, previa petición expresa en tal sentido. La solicitud de retirada podrá presentarse durante un plazo de tres meses, una vez transcurridos previamente otros tres desde la publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra de la resolución de nombramiento definitivo.

11.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior sin haber solicitado la retirada de la documentación, se entenderá que el aspirante renuncia a su recuperación, decayendo en su derecho a ello y procediéndose a su destrucción.

11.3. Cuando exista reclamación o recurso, la documentación aportada será retenida para su comprobación y estudio. Su retirada se producirá en el momento en que la tramitación de la reclamación o recurso lo permita.

Base 12.ª Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases, los acuerdos de nombramiento y demás acuerdos que adopte la Presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra en relación con la presente convocatoria cabe interponer, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso potestativo de reposición ante la Presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto o acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación o notificación del acuerdo.

Contra los demás actos de aplicación de la presente convocatoria que adopte el tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación o notificación del acto o acuerdo.

ANEXO I

Modelo de instancia (PDF).

ANEXO II

Programa de la convocatoria

Tema 1.–Justificación de la Economía Pública. El modelo teórico de equilibrio general. Fundamentos para la intervención pública en la economía. Las funciones fiscales del Estado: asignación, distribución y estabilización. Teoría positiva y normativa de la Hacienda Pública. Los temas actuales de la Hacienda Pública.

Tema 2.–Fundamentos de la Economía del Bienestar. Eficiencia económica en el consumo, en la producción y en la eficiencia global. La intervención pública para lograr la eficiencia: fallos del mercado. Bienes públicos. Externalidades. Provisión pública de bienes privados. La intervención pública para lograr la equidad.

Tema 3.–La sanidad como bien preferente. La educación como bien preferente. La atención a la dependencia.

Tema 4.–La empresa pública. Concepto. Objetivos de la empresa pública. Características fundamentales de su gestión. El sistema de control de la empresa pública. La financiación de la empresa pública. Las fuentes de financiación externas. La estructura financiera.

Tema 5.–El Derecho Presupuestario: concepto, contenido y regulación actual. Los Presupuestos Generales del Estado: elaboración, discusión y aprobación. Estructura presupuestaria y modificaciones presupuestarias. Regulación de estas materias en la Ley Foral de la Hacienda Pública de Navarra.

Tema 6.–La Ley Foral Reguladora de la Hacienda Pública de Navarra. Ámbito de aplicación y régimen de la Hacienda Pública. Los presupuestos generales de Navarra.

Tema 7.–La Ley Foral Reguladora de la Hacienda Pública de Navarra. Operaciones financieras. Tesorería. La contabilidad. Las responsabilidades.

Tema 8.–El control interno en la Ley Foral Reguladora de la Hacienda Pública de Navarra y en el Decreto Foral 31/2010.

Tema 9.–El Derecho Tributario: concepto y contenido. Fuentes. La Ley Foral General Tributaria: principios generales y derechos generales de los obligados tributarios. Los tributos y sus clases. Gestión y recaudación tributaria. La inspección tributaria.

Tema 10.–El nuevo marco jurídico regulador de la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera. Principios generales y ámbito de aplicación. Medidas preventivas y correctivas. Su aplicación a las comunidades autónomas y entidades locales.

Tema 11.–La Constitución Española de 1978: Título preliminar. La Corona. Las Cortes Generales. Reforma Constitucional.

Tema 12.–El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. Organización Territorial del Estado. El Tribunal Constitucional.

Tema 13.–Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. La Ley. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos. El Reglamento: concepto, caracteres y clases. Límites de los reglamentos: formales y sustanciales. Reglamentos ilegales.

Tema 14.–Concepto de Administración pública. La organización administrativa estatal central de España. La Administración periférica o territorial del Estado. Creación y competencias de los órganos administrativos. Tipos de entes públicos. Formas de gestión de los servicios públicos.

Tema 15.–El acto administrativo: concepto y caracteres. Diferentes clasificaciones de los actos administrativos. Elementos del acto administrativo: sujeto, objeto, fin y forma. Motivación de los actos administrativos. El silencio administrativo.

Tema 16.–El acto administrativo: eficacia del acto administrativo. Notificación y publicación. Ejecutoriedad de los actos administrativos. Validez e invalidez del acto administrativo. Revisión de oficio de los actos administrativos.

Tema 17.–El proceso de construcción europea. La Unión Europea. El sistema institucional comunitario: Consejo Europeo, Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Parlamento Europeo, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Tribunal de Cuentas Europeo y Banco Central Europeo.

Tema 18.–Derecho Comunitario: concepto, caracteres. Fuentes del Derecho Comunitario. Derecho originario. Derecho derivado: Reglamento, Directivas y las Decisiones. El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Incidencia del Derecho Comunitario en la Comunidad Foral.

Tema 19.–El Sector Público Institucional. Organismos Públicos: tipología y régimen jurídico básico. Entidades de Derecho Privado: tipología y régimen jurídico básico.

Tema 20.–La Administración universitaria. Ley Orgánica de Universidades. Referencia a esta materia en la Comunidad Foral. La Universidad Pública de Navarra: creación, organización y funcionamiento.

Tema 21.–Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal. Ámbito de aplicación. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. El Reglamento Europeo de Protección de Datos: efectos normativos y principio aplicables.

Tema 22.–Ley Foral de Transparencia y del Gobierno Abierto. Ámbito de aplicación de la ley. Objetivos y principios. El derecho de acceso a la información pública. La participación y colaboración ciudadanas. Ética y transparencia en la acción de gobierno. Garantías para su cumplimiento. Regulación de esta materia en el Estado y aplicación en Navarra.

Tema 23.–La Administración Local en España: Ley de Bases del régimen local. Regulación foral de esta materia.

Tema 24.–Ley de 25 de octubre de 1839. Ley Paccionada de 16 de agosto de 1841. Real Decreto Paccionado de 26 de enero de 1979.

Tema 25.–Los Convenios Económicos con el Estado. Especial referencia al Convenio de 1990, así como a sus posteriores actualizaciones y modificaciones más importantes.

Tema 26.–Ley Orgánica sobre Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: Principios que la informan. Las instituciones forales de Navarra. Facultades y competencias de Navarra. Reforma de la ley.

Tema 27.–Sector Público de la Comunidad Foral. Descripción, tipología y definición de las principales entidades que lo integran. Sector Público Local de Navarra: Descripción, tipología y definición de las principales entidades que lo integran.

Tema 28.–El Parlamento o Cortes de Navarra: sus funciones. Composición, organización y funcionamiento. Sus relaciones con la Cámara de Comptos. Estatuto de personal.

Tema 29.–Ley Foral del Gobierno de Navarra y su Presidente. Atribuciones, organización y funcionamiento del Gobierno de Navarra. El control parlamentario. Nombramiento, atribuciones y estatuto personal del Presidente del Gobierno de Navarra. Los consejeros. Iniciativa legislativa y potestad normativa del Gobierno de Navarra.

Tema 30.–Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral. Organización de la Administración de la Comunidad Foral. Principios generales de actuación. Procedimiento administrativo. Responsabilidad patrimonial de la Administración de la Comunidad Foral. Organismos públicos y otros entes dependientes.

Tema 31.–El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral y el Consejo de Navarra. Funciones, organización y funcionamiento de estas dos instituciones.

Tema 32.–Ley Foral Reguladora del Patrimonio de Navarra. Contenido y ámbito de aplicación. Adquisición, enajenación y cesión de bienes. Protección y defensa del patrimonio. Dominio público y privado. Patrimonio empresarial público.

Tema 33.–Ley Foral de Contratos Públicos de Navarra. Ámbito subjetivo y objetivo de aplicación. Contratación de las administraciones públicas, actuaciones previas, procedimientos y criterios de adjudicación, perfeccionamiento, formalización y ejecución de los contratos.

Tema 34.–Ley Foral de Contratos Públicos de Navarra. Los distintos contratos administrativos. Los contratos públicos de otros sujetos y entidades diferentes a las administraciones públicas. Reclamaciones en materia de contratación.

Tema 35.–Ley Foral reguladora del régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones públicas. Ley General de Subvenciones: su aplicación en Navarra.

Tema 36.–Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Objeto y finalidad de la ley. Ordenación territorial y urbanística. Régimen urbanístico del suelo. Ejecución del planeamiento. Instrumentos de intervención.

Tema 37.–El personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases de personal. Acceso al empleo público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Régimen jurídico aplicable a las distintas categorías de personal.

Tema 38.–El personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Situaciones administrativas, derechos y deberes, régimen retributivo y disciplinario. La funcionarización del personal laboral.

Tema 39.–La Administración Local de Navarra. Organización y administración de las entidades locales de Navarra. Funcionamiento. Bienes. Procedimiento y régimen jurídico. Impugnación y control de las actuaciones de las Entidades Locales de Navarra. El Tribunal Administrativo de Navarra: antecedentes, organización y competencias.

Tema 40.–La Ley Foral de Haciendas Locales. Los recursos de las entidades locales de Navarra. La recaudación local. Participación en los tributos de la Hacienda Pública de Navarra. Los impuestos municipales. Presupuesto y gasto público. Tesorería, contabilidad, control y fiscalización.

Tema 41.–Decretos Forales 270/1998, 271/1998, 272/1998 y 273/1998, de 21 de septiembre, que desarrollan la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra y establecen el régimen presupuestario contable de las entidades locales de Navarra.

Tema 42.–Sociedad mercantil: concepto y tipos. El contrato de sociedad mercantil: elementos esenciales. Formalidades constitutivas. Escritura e inscripción registral. Grupo de Sociedades. Principales modificaciones estatutarias. Características esenciales de las sociedades de capital.

Tema 43.–Las cuentas anuales de las sociedades. Sus tipos, redacción, verificación, aprobación y depósito. El Registro Mercantil: concepto, contenido y significado de la inscripción.

Tema 44.–El concurso: presupuesto objetivo y subjetivo. Auto de declaración de concurso y sus efectos. Determinación de las masas activa y pasiva. Clasificación y pago. El convenio. Conclusión y calificación.

Tema 45.–La contabilidad pública y privada: principios generales y fines. El Plan General de Contabilidad Pública y Privada: principios y estructura. Normas Internacionales de Contabilidad y de Información Financiera adaptadas a España.

Tema 46.–La información sobre gestión en el Plan General de Contabilidad Pública. La contabilidad analítica en la nueva instrucción del modelo normal de contabilidad local. El coste efectivo en el marco de la contabilidad pública local.

Tema 47.–La Ley de Auditoría de cuentas y su reglamento. El instituto de contabilidad y auditoría de cuentas: organización y funciones.

Tema 48.–La Auditoría y sus clases. Especial referencia al Sector Público.

Tema 49.–Principios y normas de Auditoría. Especial referencia al Sector Público y a las ISSAI-ES 100, 200, 300 y 400.

Tema 50.–Planificación de la Auditoría: objetivos y fases de realización.

Tema 51.–Pruebas y procedimientos de auditoría. Métodos de selección y muestreo. Evidencia de auditoría.

Tema 52.–Control interno: definición y objetivos. La evaluación del control interno por el auditor.

Tema 53.–Los informes de Auditoría. Consideraciones generales y contenido. Tipos de opinión.

Tema 54.–Auditoría de los distintos capítulos de ingresos del presupuesto.

Tema 55.–Auditoría de los distintos capítulos de gastos del presupuesto.

Tema 56.–Auditoría de los elementos que conforman el activo del balance.

Tema 57.–Auditoría de los elementos que conforman el pasivo del balance.

Tema 58.–La auditoría en entornos informáticos: principios, metodología y técnicas de revisión. Control interno y seguridad de sistemas informatizados.

Tema 59.–Las Entidades Fiscalizadoras Superiores o Tribunales de Cuentas. Ideas generales. Ámbito de control. Relaciones con los Parlamentos y Gobiernos.

Tema 60.–El control externo de las administraciones públicas. Su configuración en España.

Tema 61.–Configuración actual del Tribunal de Cuentas de España en su ley orgánica y en su ley de funcionamiento: organización y funciones. El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea.

Tema 62.–La responsabilidad contable: naturaleza y finalidad. Supuestos de responsabilidad contable y procedimientos para su exigencia. Los órganos de la jurisdicción contable.

Tema 63.–La Cámara de Comptos de Navarra: evolución histórica y regulación actual. Su naturaleza, significado y funciones. Relaciones con el Parlamento de Navarra y con el Tribunal de Cuentas.

Tema 64.–La Cámara de Comptos de Navarra: organización y funcionamiento. Reglamentos de funcionamiento y de gestión económico-financiera.

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