BOLETÍN Nº 80 - 26 de abril de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 89E/2017, de 27 de febrero, de la Directora del Servicio de Territorio y Paisaje, por la que se acuerda no someter el Proyecto de fabricación de productos con nanotecnología en Los Arcos, promovido por Tecnología Navarra de Nanoproductos, S.L., al trámite de Evaluación de Impacto Ambiental.

Con fecha 10 de febrero de 2017 tuvo entrada en el Servicio de Territorio y Paisaje la Memoria Resumen para decisión sobre sometimiento a Evaluación de Impacto Ambiental del expediente arriba citado, para que se determine, a efectos de lo dispuesto en el artículo 46 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, el sometimiento o no del proyecto a Evaluación de Impacto Ambiental, con carácter previo a cualquier otra intervención administrativa.

La actividad de la empresa consiste en la producción y comercialización de nuevas materias primas basadas en tecnología de nanopartículas de altas prestaciones para aplicaciones industriales diversas así como de otros productos de consumo directo basados en ellas.

Las nuevas instalaciones ocuparán íntegramente un establecimiento industrial situado en el Área Industrial Perguita de Los Arcos, en la parcela 476 del polígono 5. La parcela se encuentra cercada en todo su perímetro y totalmente pavimentada y urbanizada. Cuenta con acceso rodado pavimentado, alumbrado público, suministro de agua, colectores de saneamiento separativos para fecales y pluviales, energía eléctrica y acceso a servicios de telecomunicaciones.

Las obras proyectadas consisten en el acondicionamiento de la nave existente a las necesidades de la nueva actividad.

La instalación se ubica en una parcela completamente urbanizada de un polígono industrial sin valores ambientales a conservar. No existen afecciones a los paisajes y espacios naturales protegidos, Red Natura 2000, áreas de protección de aves, zonas húmedas, red hidrográfica y zonas inundables, montes de utilidad pública, Vías pecuarias, Camino de Santiago y otros caminos históricos.

Analizado el proyecto que se incluye en el Anejo 4A, del DF 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, teniendo en cuenta las dimensiones y características del mismo, la ubicación y su potencial impacto según se establece en el Anejo 3C, se considera que no precisa someterse a Evaluación de Impacto Ambiental por no existir impactos ambientales significativos.

Vistos los informes obrantes en el expediente, en virtud del Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 760/2016, de 4 de octubre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

RESUELVO:

1.º El Proyecto de fabricación de productos con nanotecnología, en Los Arcos, promovido por Tecnología Navarra de Nanoproductos, S.L., que se incluye en el Anejo 4.A, aplicados los criterios del Anejo 3.C del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, no debe someterse al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

2.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante en el plazo de un mes a contar desde su notificación.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al Ayuntamiento de Los Arcos y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de febrero de 2017.–La Directora del Servicio de Territorio y Paisaje, Carmen Ursúa Sesma.

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