BOLETÍN Nº 74 - 18 de abril de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 43/2017, de 5 de abril, del Consejero de Educación, por la que se suspende la ejecución de la Resolución 6/2017, de 30 de enero, del Director General de Educación, por la que se regula el procedimiento de admisión de niños y niñas para el curso 2017-2018 en centros de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos.

Visto el recurso de alzada interpuesto por don Carlos Jiménez Asín frente a la Resolución 6/2017, de 30 de enero, del Director General de Educación, por la que se regula el procedimiento de admisión de niños y niñas para el curso 2017-2018 en centros de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 31 de 14 de febrero de 2017, en el que reclama que se incluyan determinados criterios en el Baremo aplicable a las solicitudes, que, en caso de estimarse, obligaría a anular parte del Baremo y, en consecuencia, a repetir todo el procedimiento tramitado hasta ese momento, con el consiguiente perjuicio para el interés general y para las familias, y teniendo en cuenta que el procedimiento está en la fase inicial de baremación de las solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 57.2.b) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Suspender, de oficio, la ejecución de la Resolución 6/2017, de 30 de enero, del Director General de Educación, por la que se regula el procedimiento de admisión de niños y niñas para el curso 2017-2018 en centros de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 31 de 14 de febrero de 2017, hasta la resolución del recurso de alzada interpuesto por don Carlos Jiménez Asín.

2.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º La presente Orden Foral producirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Inspección Educativa, a la Sección de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio, a la Subdirección de Familia y Menores de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas y a la Sección de 0 a 3 y Escuelas Rurales, así como a las entidades titulares de centros de primer ciclo de Educación Infantil, y notificarla a los interesados.

Pamplona, 5 de abril de 2017.–El Consejero de Educación, José Luis Mendoza Peña.

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