BOLETÍN Nº 65 - 3 de abril de 2017

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SAKANA

Aprobación definitiva de modificación de Ordenanza reguladora de tasas por expedición y tramitación de documentos para 2017

La Asamblea General de la Mancomunidad de Sakana en sesión celebrada el día 29 de diciembre de 2016, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de las tasas por expedición y tratamiento de documentos publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 13, de fecha 19 de enero de 2017.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la modificación de dicha Ordenanza, disponiendo su publicación a los efectos pertinentes.

Lakuntza, 3 de marzo de 2017.–El Presidente, Aitor Karasatorre Mugurutza.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICIÓN Y TRAMITACIÓN DE DOCUMENTOS PARA EL 2017

Disposición general

Artículo 1. La presente Ordenanza se establece al amparo de lo dispuesto en los artículos 100 y siguientes de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales.

Hecho imponible

Artículo 2. El hecho imponible viene determinado por la actividad desarrollada a instancia de parte, con motivo de la tramitación de los documentos que se expidan o de que entienda esta Entidad Pública.

Obligación de contribuir

Artículo 3. Nace la obligación de contribuir por el mero hecho de solicitar en interés propio, la expedición de cualquier documento en el que entienda o deba entender la Entidad Pública.

Sujeto pasivo

Artículo 4. Son sujetos pasivos las personas naturales o jurídicas que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunden los documentos que se expidan o de que entienda la Entidad Pública.

Exenciones

Artículo 5. Estarán exentos de tasas los usuarios por la tramitación de cualquier documento destinado a solicitar prestaciones sociales ante cualquier Entidad Pública.

Tarifas

Artículo 6. Las tarifas por las que se regirá la presente Ordenanza son las que figuran en el anexo I a la misma y se refieren a los conceptos que siguen:

–Fotocopias.

–Tarjetas.

–Certificaciones.

–Compulsas.

–Duplicados de recibos u otros.

–Normas de gestión y recaudación.

Artículo 7.

1. La tasa se considerará devengada con la presentación del documento en el registro general de la Mancomunidad, y no se admitirá ni tramitará en las oficinas de esta Entidad ninguna instancia ni documento sujeto a la misma, sin que se haya cumplido previamente el requisito del reintegro.

2. Tampoco se expedirá ningún documento que requiera el reintegro de sello oficial sin la cumplimentación por el personal que entregue el documento de dicho requisito.

Las tasas de cada petición de busca de antecedentes se devengarán aunque sea negativo el resultado.

Artículo 8. El personal encargado del Registro General de Entrada y Salida de documentos y comunicaciones de la Entidad Pública llevará cuenta y razón de todas las partidas del sello oficial que expidan y efectuará diariamente el ingreso con sus correspondientes liquidaciones en la Depositaría.

Infracciones y sanciones

Artículo 9. El personal encargado del registro de Entrada y Salida de documentos y comunicaciones de la Entidad Pública y el personal responsable de la Tesorería, serán los responsables de la defraudación, la cual será penalizada en la forma prevista en las disposiciones vigentes.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.–En lo no previsto en la presente Ordenanza será de aplicación supletoria lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal General y en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra.

Segunda.–La presente Ordenanza entrará en vigor, produciendo plenos efectos jurídicos, una vez haya sido publicado íntegramente su texto en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO I

Expedición y tramitación documentos

–Fotocopias (tramitación expedientes) 0,10 euros.

–Fotocopias DIN A4: si son más de 25 hojas, 0,20 euros la unidad.

–Fotocopias DIN A3: si son más de 10 hojas, 0,30 euros la unidad.

–Tarjetas: 3,01 euros.

–Certificados oficiales: 3,01 euros.

–Compulsas: si son más de 25 hojas, 1,50 euros.

–Nota simple Registro Propiedad: 13,03 euros.

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