BOLETÍN Nº 65 - 3 de abril de 2017

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

VALLE DE EGÜÉS

Convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de profesor de Escuela de Música en distintas especialidades, en orden
a la cobertura de las necesidades que se produzcan
en la Escuela de Música del Ayuntamiento del Valle de Egüés

BASES

Base 1.–Objeto de la convocatoria y normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, constituir, mediante pruebas de selección, listas de aspirantes a desempeñar los puestos de Profesor de Escuela de Música en las especialidades de flauta travesera, guitarra clásica, lenguaje musical, percusión y violín, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Escuela de Música del Ayuntamiento del Valle de Egüés.

1.2. La presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de Navarra, y las bases estarán a disposición de las personas interesadas en las oficinas municipales (calle Garajonay 1, 31621 Sarriguren Valle de Egüés) y en la página web municipal http://www.valledeegues.com/.

1.3. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, la notificación a los aspirantes de cualquier incidencia, acto o recurso que les afecte sobre la presente convocatoria, sus bases o actos que se dicten en su ejecución, se realizará mediante su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del Valle de Egüés y en la página web municipal.

1.4. Estas relaciones de aspirantes a la contratación temporal tendrán carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados fijos, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Asimismo quedarán, en todo caso, supeditadas a la inexistencia, en la última convocatoria pública, celebrada o a celebrarse, de personal que, habiendo superado pruebas selectivas para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos para el puesto de trabajo de Profesor de Escuela de Música, en la determinada especialidad, no hubiera obtenido plaza; dado que los aprobados sin plaza de la última convocatoria pública resuelta gozarán de un derecho preferente para la provisión temporal de puestos de trabajo.

1.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio.

1.6. El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración, equivalente al nivel A de los definidos en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás conceptos retributivos contemplados, en su caso, en plantilla orgánica y normativa vigente.

1.7. Para las contrataciones que se efectúen al amparo de esta convocatoria, se establece un período de prueba de dos meses, durante el cual podrá rescindirse unilateralmente el contrato por cualquiera de las partes.

Base 2.–Requisitos de los participantes.

En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española, o de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del Título Superior de Música, en la especialidad a la que se opta, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e identidad sexual.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

Base 3.–Instancias y plazo de presentación.

3.1. Las personas interesadas en participar en el proceso de selección deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo que figura en el anexo de las presentes bases, en el registro general de la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento del Valle de Egüés (calle Garajonay 1, 31621 Sarriguren –Valle de Egüés–), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Junto con la instancia de participación los aspirantes deberán aportar los siguientes documentos: fotocopia del título a que se hace referencia en el apartado c) de la base segunda; fotocopia del documento Nacional de Identidad; justificante del abono de las tasas; y si se posee, justificante de titulación y/o nivel de euskera (si no se posee y se desea que se valore, petición de realización de prueba de conocimiento de euskera).

3.2. Además de la anterior documentación, los aspirantes con una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 deberán indicarlo en la instancia de participación y deberán adjuntar a la misma la documentación que la acredite expedida por el órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y, además, expresar en hoja aparte las adaptaciones que solicitan.

Base 4.–Tasas.

Se deberán abonar las tasas de 6,00 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen mediante ingreso en la cuenta de Caixabank número ES22 2100 5323 4822 0008 2104, o en el propio Ayuntamiento. La falta de pago de la tasa determinará la exclusión del aspirante.

Base 5.–Lista provisional y definitiva.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde del Ayuntamiento aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del Valle de Egüés, (Calle Garajonay, 1, 31621-Sarriguren), así como en la web del mismo www.valledeegues.com.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de los cinco días naturales siguientes, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

Terminado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde del Ayuntamiento aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el tablón de anuncios y en la web del Ayuntamiento, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria.

Si no hubiera aspirantes excluidos, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará en el tablón de anuncios y en la web del Ayuntamiento, junto con la fecha, hora y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria.

Base 6.–Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros, si bien su composición definitiva puede quedar fijada en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos:

Presidente: El Alcalde del Ayuntamiento del Valle de Egüés.

–Suplente-Presidente: Don Joseba Orduña Navarro, Concejal del Ayuntamiento del Valle de Egüés.

Primer Vocal: Don Íñigo Segura Urra, Director de la Escuela de Música del Valle de Egüés.

–Suplente primer Vocal: Un profesor de una Escuela de Música.

Segundo Vocal: Don Javier Echarri López, Jefe de Estudios de la Escuela de Música del Valle de Egüés.

–Suplente segundo Vocal: Un profesor de una Escuela de Música.

Tercer Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento del Valle de Egüés, designado por la misma.

–Suplente tercer Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento del Valle de Egüés, designado por la misma.

Vocal-Secretario: Don Jesús Marco del Rincón, Secretario del Ayuntamiento del Valle de Egüés.

–Suplente Vocal-Secretario: Don Pablo Gil Morrás, Asesor Jurídico-Gerente del Ayuntamiento del Valle de Egüés.

6.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Igualmente, se podrá recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

6.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución del mismo se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a éstas.

Base 7.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.

7.1. La selección se llevará a cabo mediante la realización de la siguiente prueba:

–Prueba práctica. Consistirá en impartir una clase de la especialidad a la que se opta, a un alumno o grupo de alumnos de cualquier curso matriculado en la Escuela de Música, con una duración de 15 minutos. Caso que no fuere posible disponer de alumnos, la clase se dará al Tribunal. En cualquier caso el Tribunal podrá dar por terminada la prueba cuando lo estime oportuno.

Se valorarán aspectos como la comunicación, la relación con el alumno (o destinatarios de la clase), el aprendizaje por descubrimiento, la utilización de ejemplos musicales, el uso de diferentes recursos y estrategias para conseguir un objetivo siempre musical, así como otros aspectos que el Tribunal considere oportunos.

Dicha prueba se calificará con un máximo de 94 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen al menos 47 puntos.

7.2. Además, en cumplimiento de la Ordenanza del Euskera del Ayuntamiento del Valle de Egüés, formará parte del proceso de selección, la valoración con una puntuación de 6 puntos como mérito, del conocimiento de Euskera.

Esta valoración se efectuará conforme al siguiente baremo: 6 puntos por disponer de Ega o C1; 4,8 puntos por disponer de B2; 3,6 puntos por disponer de B1; 2,4 puntos por disponer de A2; y 1,2 puntos por disponer de A1.

A quienes no hayan acreditado su conocimiento de euskera documentalmente, y así lo hayan requerido en su solicitud, se les convocará a la realización de la correspondiente prueba de nivel y asignación de la puntuación que corresponda. Dicha prueba se realizará tras la superación de las pruebas artística y pedagógica, y únicamente a quienes las superen.

7.3. La convocatoria para las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparezcan quedarán eliminados.

7.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Base 8.–Relación de aprobados y llamamiento.

8.1. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del Valle de Egüés y en el lugar de celebración de las mismas, la relación de aprobados -por cada especialidad- por orden de puntuación total obtenida, abriendo un plazo para alegaciones de cinco días naturales. Terminado el plazo, y resueltas en su caso las alegaciones, el Tribunal remitirá al Alcalde para su aprobación, la lista definitiva de aprobados por orden de puntuación total obtenida, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

Si se produjeran empates se dirimirán en favor del aspirante de mayor edad.

8.2. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Escuela de Música del Ayuntamiento del Valle de Egüés, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

8.3. El llamamiento de aspirantes se hará conforme a lo previsto en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, por la que se aprueban las normas de Gestión para la Contratación Temporal, en lo no específicamente establecido en las presentes bases.

Para el llamamiento, se tendrá en cuenta asimismo lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado cuarto, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en las Administraciones Públicas de Navarra. Para la contratación en este caso, se deberá acreditar la compatibilidad del grado de discapacidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

El llamado –salvo que se señale otro plazo–, deberá suscribir el oportuno contrato dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha en la que sea avisado a tal efecto -o como muy tarde 15 días naturales si tuviera que comunicar preaviso en el puesto de trabajo que estuviera desempeñando en ese momento-, a cuyo efecto deberá aportar la documentación requerida, junto con una declaración jurada de no haber sido expulsado de ningún cargo o puesto de trabajo o función del Estado, Comunidad Autónoma, Provincia, Municipio o Entidad Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Igualmente deberá aportar certificado negativo del Registro Central de Delincuentes sexuales.

Si no se diera cumplimiento a lo especificado en esta base y en los plazos señalados, no podrá efectuarse la contratación efectiva, con decaimiento de los derechos correspondientes.

En tal caso se procederá al llamamiento del siguiente aspirante en la respectiva lista con mejor puntuación sucesiva.

8.4. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

Base 9.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Sarriguren (Valle de Egües), 27 de febrero de 2017.–El Alcalde, Alfonso Etxeberria Goñi.

ANEXO

Ficha de inscripción (PDF).

Código del anuncio: L1702583