BOLETÍN Nº 45 - 6 de marzo de 2017

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

OCHAGAVÍA

Aprobación definitiva de la modificación
de las Ordenanzas Fiscales

El Ayuntamiento de Ochagavía en sesión celebrada en fecha 14 de diciembre de 2016 acordó la aprobación inicial de la modificación de las siguientes Ordenanzas fiscales:

1.º Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por suministro de agua.

2.º Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía publica y terrenos del común.

Habiendo transcurrido el plazo de información pública, previa publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 246, de fecha 23 de diciembre de 2016 y en el tablón municipal, no han sido presentadas reclamaciones, reparos u observaciones, por lo que se entiende definitivamente aprobada publicándose a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento y a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra.

Ochagavía, 15 de febrero de 2017.–El Alcalde-Presidente, Juan Manuel Tohane Contín.

ANEXO DE MODIFICACIONES PARA EL EJERCICIO 2017

1.º Ordenanza fiscal reguladora
de la tasa por suministro de agua

“Artículo 5. Tarifas. Las tarifas por la prestación del servicio se girarán por los siguientes conceptos:

a) Por disponibilidad y mantenimiento del servicio de abastecimiento: quince euros (15,00 euros).

b) Por el suministro para usos domésticos, por cada metro cúbico consumido: cuarenta y siete céntimos (0,47 euros).

c) Por el suministro para usos industriales o de riegos, por cada metro cúbico consumido: cuarenta y siete céntimos (0,47 euros)”.

2.º Ordenanza fiscal reguladora de las tasas
por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo
y subsuelo de la vía publica y terrenos del común

“Anexo cuantías relativas a la ordenanza reguladora de la ocupación del vuelo, suelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común

Epígrafe I.–Aprovechamientos especiales en el suelo.

1.1. Mesas y terrazas: 80,00 euros por temporada.

1.2. Mercadillos y puestos de venta:

–Con instalación de puesto: 10,00 euros al día.

–Sin instalación de puesto (en vehículo): 5,00 euros al día.

Estas cuantías se consideran precio base de licitación si la adjudicación fuera mediante subasta.

1.3. Otros aprovechamientos (Barracas de feria): 15,00 euros al día.

Epígrafe II.–Aprovechamientos especiales en el vuelo.

II.1. Tasa eléctricas: 1,5 por ciento de los ingresos brutos procedente de la facturación de esas empresas en el término municipal.

II.2. Compañía Telefónica: 1,9 por ciento de la facturación, según lo dispuesto en el régimen especial de la Compañía Telefónica, S.A. Unipersonal.

Epígrafe III.–Aprovechamientos especiales en el subsuelo.

III.1. Tasas por gaseoductos y otros: tarifas gestionadas en colaboración con la Federación Navarra de Municipios y Concejos.”

Código del anuncio: L1702275