2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
MIRANDA DE ARGA
Tipos de gravamen, índices y porcentajes de impuestos municipales para 2017
“El Ayuntamiento de Miranda de Arga, en sesión plenaria celebrada el día 29 de diciembre de 2016, de conformidad con lo establecido por la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, acuerda aprobar para el año 2017 los siguientes tipos de gravamen, índices y porcentajes de impuestos municipales:
1.–Se acuerda establecer para la Contribución Territorial del año 2017 para los bienes inmuebles de naturaleza urbana el mismo tipo aprobado para 2016 del 0,2159% del valor catastral neto.
2.–Se acuerda establecer para la Contribución Territorial del año 2017 para los bienes inmuebles de naturaleza rústica el mismo tipo aprobado para 2016 del 0,80% del valor catastral neto.
3.–Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: tipo de gravamen del 3,5% del coste de la obra que se aplicará sobre el importe de la ejecución material de las obras, con exclusión de la base imponible del impuesto de los honorarios técnicos, del beneficio industrial y gastos generales e I.V.A.
4.–Impuesto sobre viviendas desocupadas: no se aplicará en el año 2017.
5.–Impuesto sobre Actividades Económicas: se establece un índice del 1’40 (artículo 154 de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra).
6.–Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana: se fija el porcentaje anual del 2,2 señalado en la escala del artículo 175 de la Ley Foral 2/95, de Haciendas Locales de Navarra, y el tipo del 8,7486% de la escala de gravamen a que hace referencia el artículo 176 de dicha Ley Foral.
7.–Aprovechamientos vecinales: Para las parcelas comunales adjudicadas para la campaña agrícola 2016-2017, que finalizará en junio/julio de 2017, y que no se pueden regar, se fijan las rentas siguientes: Dehesa, 21 euros/robada; Abisinia, 18 euros/robada; Morera, 15 euros/robada.
Para los huertos familiares, el Pleno del Ayuntamiento acordará durante el año 2017 el importe de la renta correspondiente, atendiendo al período de tiempo de disfrute de dichos huertos.
8.–Arriendos, alquileres y adjudicaciones varias: Se incrementarán en el IPC anual o en la forma prevista en sus respectivos pliegos de condiciones.
9.–Reintegro por los particulares de los importes de anuncios publicados en diversos medios en expedientes promovidos por dichos particulares: 100% del importe de los anuncios.
Estos acuerdos entrarán en vigor el uno de enero del año 2017 y contra los mismos cabe interponer:
a) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde la notificación del acuerdo.
b) Recurso de reposición potestativo ante el Ayuntamiento de Miranda de Arga, en el plazo de un mes desde la notificación del acuerdo, previamente al recurso contencioso administrativo, o directamente este recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde la notificación del acuerdo.
Se publicará anuncio de los acuerdos anteriores en el Boletín Oficial de Navarra.”
Miranda de Arga, 30 de diciembre de 2016.–La Alcaldesa en funciones, Olga Ábrego Jiménez.
Código del anuncio: L1700189