BOLETÍN Nº 247 - 28 de diciembre de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 20 de diciembre de 2017, por el que se aprueban las tarifas base, los peajes base y los peajes con descuentos específicos de la Autopista de Navarra, para el período de 1 de enero a 31 de diciembre de 2018, ambos inclusive.

Según el procedimiento establecido en los Acuerdos del Gobierno de Navarra de 15 de diciembre de 1997, 18 de junio de 2007 y 23 de diciembre de 2015, la empresa concesionaria de la Autopista de Navarra AP-15, mediante instancia de fecha 7 de diciembre de 2017, ha solicitado la aprobación del coeficiente de revisión de las tarifas y la aprobación de la tabla de tarifas actualizadas para el año 2018.

Conforme a lo establecido en los acuerdos citados, con el informe favorable de la delegada del Gobierno de Navarra en la sociedad concesionaria “Autopistas de Navarra, S.A.”, se propone la aprobación de las siguientes cuestiones:

a) La revisión de las tarifas base y peajes base resultantes aplicando a las tarifas en vigor de la Autopista de Navarra para el período de 1 de enero a 31 de diciembre de 2017 el coeficiente de actualización del +1,520% igual al 95% del IPC nacional correspondiente al periodo del 1 de noviembre de 2015 al 31 de octubre de 2016 (1,6%). Las tarifas base se han expresado en seis decimales de euro como establece la normativa aplicable para la implantación del euro (aunque para mayor precisión en su cálculo se utilizan 8 decimales) y el resultado del cálculo de los peajes base se ha redondeando a los cinco céntimos de euro, de tal manera que el importe siempre acabe en cero o cinco céntimos.

b) La actualización de los peajes resultantes después de aplicar los descuentos específicos correspondientes. Se ha aplicado a los peajes con descuento específico IVA excluido aprobados para 2017 un incremento equivalente al IPC acumulado a 31 de octubre del +1,6%. En cuanto al IVA a repercutir a los usuarios, de conformidad con lo previsto en el apartado 3.º del Acuerdo del Gobierno de Navarra de 23 de diciembre de 2015, por el que se aprobaron las tarifas base, los peajes base y los peajes con descuentos específicos de la Autopista de Navarra, para el período de 1 de enero a 31 de diciembre de 2016, se establecen los porcentajes de subvención vinculada al precio de los descuentos específicos a considerar en los peajes del año 2018.

De conformidad con lo expuesto, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Hacienda y Política Financiera,

ACUERDA

1.º Las tarifas base a aplicar en los tramos de la autopista de Navarra AP-15, de la que Autopistas de Navarra, S.A. (AUDENASA) es su concesionaria, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, ambos inclusive, serán por categorías de vehículos y tramos las siguientes:

TRAMO

TARIFAS (euros/kilómetro)

Ligeros

Pesados 1

Pesados 2

Sur (Tudela-Pamplona)

0,089299

0,127099

0,173317

Norte (Pamplona-Irurtzun)

0,098310

0,127099

0,173317

2.º Los precios base de los peajes para el periodo indicado por categorías, clases y estaciones se obtienen multiplicando la tarifa correspondiente por la longitud del tramo y añadiendo el IVA correspondiente y redondeando el resultado a cinco céntimos de euro, y son los siguientes:

(Importe en euros, IVA incluido)

CATEGORÍA

CLASE

MARCILLA

TRONCO

MARCILLA

ENLACE

TIEBAS

SARASA

Ligeros

Clase I

5,55

2,80

3,70

2,15

Pesados 1

Clase II

7,90

3,95

5,25

2,80

Pesados 2

Clase III

10,80

5,40

7,15

3,80

3.º En aplicación de lo establecido en los Acuerdos del Gobierno de Navarra de 15 de diciembre de 1997, 28 de febrero de 2000, 19 de marzo de 2001, 18 de junio de 2007 y 23 de diciembre de 2015, se actualizan asimismo para el período indicado los peajes resultantes después de aplicar los descuentos específicos establecidos.

Con las previsiones remitidas por AUDENASA de la aportación a realizar por el Gobierno de Navarra en el año 2017 y de los descuentos aplicados por los diferentes supuestos resultan los siguientes importes de subvención vinculada al precio de los descuentos específicos:

–Descuentos específicos vehículos ligeros (sin tener en cuenta el retorno en menos de 72 horas): 25,28%,

–Descuentos específicos vehículos pesados 1 y 2: 65,58%.

Con ello dichos peajes, por categorías, clases y estaciones son los siguientes (I.V.A. incluido):

3.1. Vehículos ligeros:

ESTACIÓN DE PEAJE

PEAJES CON DTOS.
ESPECÍFICO (SIN IVA)

IVA
REPERCUTIDO

PEAJE CON DTOS. ESPECÍFICOS IVA INCLUIDO

BASE
IMPONIBLE

Marcilla-Tronco

2,65

0,66

3,31

3,14

Marcilla-Enlace

1,36

0,34

1,70

1,60

Tiebas

1,78

0,44

2,22

2,10

Sarasa

1,07

0,26

1,33

1,25

Los descuentos específicos se aplicarán a los usuarios de vehículos ligeros de la autopista que paguen el peaje con la tarjeta AP-15 o dispositivo de similares características vinculado a descuentos (Convenio de telepeaje 14-3-2008).

Si realizan el viaje de retorno en menos de 72 horas, dicho viaje de retorno será gratuito:

ESTACIÓN DE PEAJE

PEAJE EQUIVALENTE EN CADA VIAJE
(VUELTA GRATIS) IVA INCLUIDO

Marcilla-Tronco

1,655

Marcilla-Enlace

0,850

Tiebas

1,110

Sarasa

0,665

Al resto de usuarios de vehículos ligeros les serán de aplicación las tarifas base y peajes vigentes.

3.2. Vehículos pesados 1:

ESTACIÓN DE PEAJE

PEAJES CON DTOS.
ESPECÍFICO (SIN IVA)

IVA
REPERCUTIDO

PEAJE CON DTOS ESPECÍFICOS IVA INCLUIDO

BASE
IMPONIBLE

Marcilla-Tronco

2,52

1,08

3,60

5,14

Marcilla-Enlace

1,35

0,55

1,90

2,61

Tiebas

0,98

0,67

1,65

3,19

Sarasa

0,96

0,39

1,35

1,86

Vehículos pesados 2:

ESTACIÓN DE PEAJE

PEAJES CON DTOS.
ESPECÍFICO (SIN IVA)

IVA
REPERCUTIDO

PEAJE CON DTOS. ESPECÍFICOS IVA INCLUIDO

BASE
IMPONIBLE

Marcilla-Tronco

2,54

1,41

3,95

6,71

Marcilla-Enlace

1,35

0,70

2,05

3,33

Tiebas

1,01

0,89

1,90

4,22

Sarasa

1,00

0,50

1,50

2,38

Para los vehículos pesados 1 (clase II) y pesados 2 (clase III) los peajes resultantes con descuentos específicos indicados en los cuadros precedentes, serán de aplicación independientemente del modo de pago utilizado.

4.º El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día 1 de enero de 2018, inclusive.

5.º Trasladar este acuerdo a la Dirección General de Obras Públicas, a la Delegación del Gobierno de Navarra en la concesionaria y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Hacienda y Política Financiera, y notificarlo a Autopistas de Navarra, S.A.

6.º Publicar este acuerdo antes del día 31 de diciembre en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 20 de diciembre de 2017.–La Consejera Secretaria del Gobierno de Navarra, María José Beaumont Aristu.

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