BOLETÍN Nº 247 - 28 de diciembre de 2017

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

OLITE

Aprobación definitiva de la modificación de las tarifas de las Ordenanzas fiscales para establecimiento de tasas y precios públicos para 2018

El Ayuntamiento de Olite otorgó aprobación inicial a modificación de tarifas de Ordenanzas Fiscales para establecimiento de tasas y precios públicos para el año 2018 mediante acuerdo de 20 de noviembre de 2017. Transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones al expediente, procede declarar que dicha aprobación pasa a ser definitiva. Las tasas y precios resultantes son las que a continuación se detallan:

ORDENANZA 3

Expedición y tramitación de documentos

–Tramitación expedientes de boda civil: 120 euros.

–Expedición de fotocopias:

COLOR

B/N

DIN-A4 (euros)

DIN-A3 (euros)

DIN-A4 (euros)

DIN-A3 (euros)

Público en general

1,2

2,00 (dos caras)

2,45

4,00 (dos caras)

0,20

0,40

As. de interés social

0,60

1,00 (dos caras)

1,20

2,00 (dos caras)

0,10

0,20

Fot. doc. biblioteca

0,60

1,00 (dos caras)

1,20

2,00 (dos caras)

0,10

0,20

–Fotocopias en DIN A2 o DIN A3: 5 euros.

–Tarjetas de armas: 10,00 euros.

–Copias de CD: 5 euros.

–Fax (hoja enviada): 2,60 euros.

–Fax (hoja recibida): 0,50 euros.

–Certificados oficiales: 4,90 euros.

–Cédulas parcelarias: 2,70 euros.

–Expedición documentos que requieran labor de búsqueda en archivo: 36,50 euros, así como el precio de las copias correspondientes (por ejemplo proyecto obras).

–Expedición duplicados tarjetas acreditación municipal: 6,50 euros.

–Compulsa de documentos (se cobra por hoja): 2,50 euros.

–Duplicados recibos: 2,50 euros.

–Acreditación de firmas 5,30 euros/documento.

–Tasa por copia de documentos con desplazamiento. Se cobraran los gastos de copia, los de desplazamiento y los costes salariales correspondientes al tiempo dedicado.

–Licencias de actividades clasificadas:

  • La tarifa a aplicar se establece en función de la superficie total construida que vaya a ocupar la actividad, incluyendo todos los locales anexos precisos para su desarrollo.
  • Cuando se trate de revisiones de la licencia por ampliaciones sólo se computarán los m² correspondiente a la citada ampliación.
  • Cuando se trate de revisiones de la licencia por modificaciones de la actividad dentro de la misma superficie, que está afectada a otra actividad, se computarán los metros afectados por dicha modificación.

Al coste de los informes técnicos necesarios, se le sumarán las siguientes cantidades:

–La liquidación se realizará según los siguientes tramos:

  • Superficie afectada hasta 50 m²: 607,00 euros.
  • Exceso de 51 a 100 m²: 2,07 euros/m².
  • Exceso de 101 a 400 m²: 1,66 euros/m².
  • Exceso de 401 a 2.500 m²: 1,30 euros/m².
  • Exceso de 2.501 m²: 1,09 euros/m².
  • Con un máximo de 2.850 euros.

–De actividades inocuas: 56,50 euros.

–Licencias de obras:

  • Obras menores: 35,50 euros.
  • Resto de obras: 0,5% sobre presupuesto ejecución material.

–Licencias de segregación:

  • 103,50 euros por parcela resultante.

–Licencias de primera utilización:

  • 0,1% sobre presupuesto de ejecución material con un mínimo de 35,50 euros.

–Tramitación de planes parciales o especiales de ordenación, modificaciones parciales o especiales, estudio de detalle, parcelaciones y reparcelaciones, modificación puntual de NN.SS.

  • 710 euros por expediente, que se incrementarán con el importe de los gastos de publicación de anuncios en medios de prensa diaria editados en la Comunidad Foral de Navarra.
  • Tasa por la emisión de informes de carácter urbanístico. Se cobrará el coste real que los informes supongan para el ayuntamiento, incluyendo costes salariales y de funcionamiento, valorándose éstos últimos en un 30% de los costes salariales.

ORDENANZA 4

Apertura y traspaso de establecimientos
(en función de m² utiles de local)

–Apertura de establecimientos:

  • Hasta 100 m²: 186,40 euros.
  • De 101 a 400 m²: 238,10 euros.
  • De 401 a 1.000 m²: 341,65 euros.
  • Superiores a 1.000 m²: 517,65 euros.

–Traspaso de establecimientos:

  • 61,00 euros.

ORDENANZA 5

Precios públicos por apertura de zanjas y pavimentos

–Menos de 1 metro de ancho: 1,00 euros metro lineal y día.

–Igual o más de 1 metro de ancho: 1,80 euros metro lineal y día.

(Los 10 primeros días naturales. A partir del día once se cobran el doble).

ORDENANZA 6

Precios públicos por utilización de las instalaciones deportivas y recreativas y culturales

A los efectos del cobro de las tasas correspondientes a la Ordenanza número 6, se considerarán personas empadronadas exclusivamente aquellas que tengan una antigüedad mínima de 6 meses.

A.–Polideportivo municipal.

–Pista cubierta del polideportivo:

  • Personas asociadas: 22,50 euros/hora/grupo con luz incluida.
  • Personas no asociadas: 46,00 euros/hora/grupo con luz incluida.
  • Equipos deportivos federados usuarios del polideportivo municipal que utilicen sus pistas para la actividad deportiva de entrenamientos y desarrollo de partidos de competición: 24 euros/año.

–Pistas exteriores (futbito, pádel, tenis):

  • Personas usuarias (asociadas y no asociadas): 4,80 euros/hora (por grupo).
  • Uso de salas del polideportivo no ocupadas por actividades de la empresa gestora: 13,40 euros/hora.

–Abonos para el Polideportivo Municipal:

1.–Entrada diaria:

EDAD

Mayores 16 años

5 euros

De 9 a 15 años

4 euros

De 3 a 8 años

2,30 euros

2.–Abonos:

EDAD

MENSUAL

TRIMESTRAL

ANUAL

Mayores de 65 años

22,20

42,24

151,44

De 19 a 65 años

26,45

52,00

187,20

De 16 a 18 años

22,20

42,24

151,44

De 9 a15 años

11,40

12,00

43,26

De 3 a 8 años

9,70

7,00

25,00

–Matrículas: 34,60 euros.

–Tasa por alquiler de taquillas en el polideportivo municipal. 3 euros, al mes, las de los vestuarios generales y por 2 euros, las de recepción.

–Los abonos de carácter mensual, que serán de fecha a fecha, no abonarán matrícula.

–Las cuotas del polideportivo se abonarán, bien de forma anual o trimestralmente por anticipado.

–En los abonos familiares (familias completas) con uno/a o dos descendientes, se aplicará, un descuento del 15%.

–En los abonos a miembros de familias numerosas se aplicará el 50% de descuento.

–Quienes justifiquen que están en paro se les aplicará un descuento del 15%, se abonará de una vez y al término del periodo.

–A mayores de 16 años que presenten certificado de estudiante se les aplicará un descuento del 15%.

–Quienes justifiquen una minusvalía superior a un 65%, se aplicará un descuento del 50% siendo gratuito para quien acompañe a la persona minusválida, que no haga uso de las instalaciones.

Nota: Los descuentos no serán acumulativos y en su caso se aplicará el más ventajoso para el abonado o la abonada.

B.–Piscinas de verano.

1) Abonos:

EDAD

PERSONAS NO EMPADRONADAS

PRECIO TEMPORADA

PERSONAS EMPADRONADAS

PRECIO TEMPORADA

PERSONAS EMPADRONADAS Y NO EMPADRONADAS

1 MES

Mayores de 65 años

74,90

49,43

35,66

De 19 a 64 años

96,52

63,64

46,99

De 16 a 18 años

74,90

49,43

35,66

De 9 a 15 años

54,91

36,23

26,91

De 3 a 8 años

18,72

12,42

10,15

–En los abonos se aplicará un descuento del 100%:

  • A hijos o hijas en edades comprendidas de 3 a 15, cuyos progenitores estén en paro de larga duración o sean perceptores de rentas de inclusión social, previa justificación de encontrarse en dicha situación.

–En los abonos se aplicará un descuento del 50%:

  • A las familias numerosas.
  • A quienes justifiquen una minusvalía superior a un 65%, siendo gratuito para quien acompañe a la persona minusválida, que no haga uso de las piscinas.

2) Bono 10 entradas (valido para toda la temporada):

EDAD

DÍA ENTERO

Mayores 16 años

40,50

De 9 a 15 años

30,50

De 3 a 8 años

15,00

3) Entradas diarias (se considera tarde a partir de las 16:00 h):

EDAD

DÍA ENTERO

TARDES

Mayores 16 años

5,90

3,60

De 9 a 15 años

4,10

2,50

De 3 a 8 años

2,40

1,50

4) Entradas para duchas:

Por uso exclusivamente de las duchas por usuarias y usuarios del frontón municipal, participantes en medievales y otros grupos autorizados por el Ayuntamiento 2 euros.

C.–Frontón municipal.

a) Cesión del uso del frontón para la organización de actos.

–Entidades y/o actividades con ánimo de lucro 800 euros/día; 150 euros/hora.

–Entidades y/o actividades sin ánimo de lucro: 500 euros/día; 100 euros hora.

–Entidades de carácter social o cultural sin ánimo de lucro: 100 euros/día.

Las personas cesionarias deberán de presentar una fianza de 300 euros así como un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar.

Las entidades incluidas en Registro de actividades culturales de Olite quedaran exentas representar fianza.

–Alquiler del frontón a vecinos y vecinas 12 euros/hora (incluye derecho a usar duchas de polideportivo municipal o de piscina en verano).

–Alquiler de frontón a foráneas y foráneos 21,00 euros (incluye derecho a usar duchas de polideportivo municipal o de piscina en verano).

–Para cursos no organizados por el Ayuntamiento: 3,35 euros/hora.

D.–Carpa municipal.

Cesión del uso de la carpa municipal para la organización de actos.

–Entidades y/o actividades con ánimo de lucro 800 euros/día; 150 euros/hora.

–Entidades y/o actividades sin ánimo de lucro: 500 euros/día; 100 euros hora.

–Entidades de carácter social o cultural sin ánimo de lucro: 100 euros/día.

–Ceremonias matrimoniales/ celebración uniones de hecho: 125 euros (máximo 3 horas).

Las personas cesionarias deberán de presentar una fianza de 300 euros así como un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar

Las entidades incluidas en Registro de actividades culturales de Olite quedaran exentas representar fianza

E.–Casa de Cultura.

SALÓN

SALAS DE ARRIBA

Actos comerciales y reuniones:

Para la utilización del salón, se establece una fianza de 90 euros

97,50 euros/acto/día

32,50

euros/acto/día

Actos políticos en elecciones

0,00 euros

0,00 euros

Actos culturales concertados

0,00 euros

0,00 euros

Para cursos y actividades no organizados por el Ayuntamiento:

Organizados por asociaciones de interés social

8,00 euros/hora

4,00 euros/hora

Otros

14,00 euros/hora

6,50 euros/hora

Los actos comerciales y reuniones únicamente pondrán reservar locales a media jornada o a jornada entera sin prorrateo de horas.

–Cine:

  • Entrada para mayores: 3 euros.
  • Entrada para menores: 1 euro.

–Exposiciones:

  • Exposiciones con ánimo de lucro (el seguro y el cuidador o cuidadora en su caso, serán por cuenta de la persona interesada): 10,00 euros/día.
  • Exposiciones sin ánimo de lucro: 0,00 euros.

Todos los actos que requieran que haya conserje u otro personal municipal para que le sustituya en sus servicios en fin de semana y/o fuera de horario se incrementarán en 11,00 euros/hora/persona.

F.–Actividades escuelas San Francisco.

–Cursos organizados por asociaciones de interés social: 8,00 euros/hora.

–Otros: 14,00 euros/hora.

G.–Entradas a la exposición de las Galerías Medievales:

–Mayores: 1,60 euros/persona.

–Menores y grupos: 1,00 euro/persona. (Se consideran grupos a partir de 10 personas).

H.–Reserva galerías medievales.

Cesión del uso de la carpa municipal para la organización de actos:

–Entidades y/o actividades con ánimo de lucro 500 euros/día; 100 euros/hora.

–Entidades y/o actividades sin ánimo de lucro: 300 euros/día; 75 euros hora.

–Entidades de carácter social o cultural sin ánimo de lucro: 100 euros/día.

–Ceremonias matrimoniales/ celebración uniones de hecho: 125 euros (Máximo 3 horas).

Las personas cesionarias deberán de presentar una fianza de 300 euros así como un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar

Las entidades incluidas en Registro de actividades culturales de Olite quedaran exentas del pago de la tasa y de presentar fianza

ORDENANZA 7

Aprovechamientos especiales de vuelo, suelo y subsuelo (año)

A) Tanques de combustible en subsuelo público: 66,00 euros.

B) Básculas y descargaderos, aparatos de venta automática, etc.: 40,60 euros/año.

C) Cajeros automáticos, que ocupen vía pública: 406 euros/año.

D) Materiales, escombros, mercancías, etc. (m²):

Los primeros 15 días: 2,30 euros/m²/día.

A partir 16.º día: 1,15 euros/m²/día.

(Los 15 primeros días se considerarán una vez por licencia).

E) Cierre calles: Una cantidad fija de 117 euros y a partir del 4.º día incluido 14,00 euros/día.

F) Ocupación vía pública:

1) Mesas y sillas de bares.

–Desde Semana Santa hasta octubre incluido (mesa y máximo de 6 sillas): 66 euros/mesa/año.

–Todo el año, (mesa y máximo de 6 sillas): 94,50 euros/mesa/año.

–Se establece una fianza de 30 euros/mesa/año, para garantizar la limpieza viaria.

–En caso de apertura o cierre de nuevos establecimientos se abonará únicamente la tasa correspondiente al semestre natural en que tuvieran abiertos.

2) Mercadillo semanal, ferias y exposiciones: 2,00 euros/m²/día. Para actividades de entidades con ánimo de lucro.

3) Romería de Santa Brígida:

–Bares con ánimo de lucro: 50 euros.

–Resto puestos: 25 euros.

4) Tarifas Mercadillo medieval:

–Puestos de productos agroalimentarios: 66,80 euros.

–Resto de puestos: 34,00 euros.

5) Ocupación de terrenos por barracas, casetas, instalaciones de recreo, puestos de feriantes (por m² y día): 0,35 euros/día. (Se deberá constituir una fianza de 60 euros, pasando ésta a 173 euros para los circos).

6) Colocación de barras en días festivos (solo establecimientos de hostelería) 50 euros.

7) Ocupación de vía publica en días de fiestas o actos especiales (p ej. Fiestas Patronales Día de la Vendimia, Fiestas de la Virgen del Cólera. etc.)

–Puestos de alimentación movibles, hasta 3 días a 50 euros/día y desde el 4.º a 10.º día a 30 euros/día.

–Otros puestos móviles 30 euros/día.

G) Ocupación de vuelo, subsuelo y suelo:

–Empresas eléctricas: Según convenio.

–Compañía telefónica: Según convenio.

–Otras empresas de telefonía y empresas suministradoras de gas: 1,5% sobre facturación bruta de suministros al municipio.

ORDENANZA 8

Vados

–Por las placas en el momento de la concesión: 100 euros.

–Todas las calles: 28 euros/año.

ORDENANZA 10

Precios públicos por servicios en el cementerio

1.–Cementerio:

POR LA CONCESIÓN (euros)

POR EL MANTENIMIENTO ANUAL (euros/año)

NICHOS

Concesión por 50 años

1.418,36

6,83

Prórrogas ilimitadas cada 15 años

458,63

TUMBAS

TRES ALTURAS

Concesión 75 años

3.463,07

13,77

Única prorroga por 15 años

1.035,30

DOS ALTURAS

Concesión 75 años

2.997,19

10,35

Única prorroga por 15 años

688,47

UNA ALTURA

Concesión por 75 años

1309,30

6,83

Única prorroga por 15 años

458,64

COLUMBARIOS

Concesión por 25 años

300,23

3,47

Prorrogas de 10 años

113,80

PANTEONES

Concesión por 99 años

10.330,22

–Panteón de Capilla o dos fosas + pasillo: 31,37

–Panteón de dos fosas: 20,70

–Panteón de una fosa: 13,77

Prorrogas por 50 años

3.442,30

El plazo computará a partir de la fecha del último enterramiento existente.

A las concesiones otorgadas con anterioridad, se les incrementará los años de concesión, en función del tipo tumba, panteón, nicho o columbario otorgado, con arreglo a los años aprobados.

–Por la utilización de las dependencias municipales en el cementerio 103,50 euros/día.

2.–Derechos de enterramiento y traslados de restos: se repercutirá el coste de la empresa contratada.

ORDENANZA 11

Tasa por utilización de dependencias municipales

–Sala de plenos: 125,00 euros/acto/día.

ORDENANZA 17

Tasas escuela de música

–Por matrícula: 60,00 euros.

–Por asignatura: 22,00 euros.

–Pagos mensuales para el alumnado:

  • Lenguaje musical:
  • Preparación para ingreso en el conservatorio 36,00 euros.
  • Niños y niñas:
  • 2 clases semanales de 1 hora 15 minutos: 25,00 euros.
  • 2 clases semanales de 1 hora 30 minutos: 31,00 euros.
  • Personas adultas:
  • 1 clase semanal de 1 hora 30 minutos: 25,50 euros.
  • Instrumento:
  • 30 minutos semanales: 36,50 euros.
  • 45 minutos semanales: 54,00 euros.

–Taller: 2 horas semanales: 21,00 euros.

–Conjunto coral: 1 hora semanal: 10,70 euros.

–Conjunto instrumental: 1 hora: 10,70 euros.

–Clases de informática: 30,00 euros/mes.

–Utilización de instrumentos musicales por personal que no sea de la Escuela de Música: 3,50 euros/hora.

–Por la utilización de instrumentos musicales al alumnado de la Escuela: 11,50 euros mensuales.

El alumnado foráneo paga las tasas anteriores incrementadas un 70%.

Reducción de tasas por familia numerosa del 50%, excepto en matrícula.

Personas mayores de 65 años y unidades familiares con tres o más miembros matriculados en la Escuela de Música (excepto para familias numerosas) estarán exentos del pago de la matrícula y de lo que se paga por asignatura en la matriculación.

Miembros del Coro infantil que no estén matriculados en la Escuela de Música 3,00 euros mensuales.

ORDENANZA 18

Aprovechamiento y disfrute de comunales

Los aprovechamientos comunales se incrementarán anualmente tenor al I.P.C. de Navarra.

–Parcelas de almendros: 45,92 euros/parcela/año.

–Parcelas de viña: 52,65 euros/parcela/año.

–Lote de prado: 17,91 euros/lote/año.

–Parcela de viña nueva plantación (20 robadas y sin riego): 16,77 euros/año

–Huerto familiar: 41,55 euros/año.

Adjudicaciones explotaciones prioritarias y otras:

–Comunal regadío y secano incremento de IPC según contrato.

El precio de adjudicación vecinal y el de salida para adjudicación por subasta será el correspondiente al que pagan las personas adjudicatarias de dichos aprovechamientos.

Se establece una repercusión de los costes fijos, por uso de agua en parcelas de regadío sin amueblar: equivalente a 193,80 euros/ha (incrementado cada año en función del I.P.C.), descontando la parte del canon que se cobre.

–Colocación de colmenas:

  • Hasta 10 colmenas: 34,00euros/año.
  • Hasta 25 colmenas: 46,10euros/año.
  • Hasta 50 colmenas: 61,00 euros/año.
  • Más de 50 colmenas: Se incrementará la cuota de forma proporcional al número de colmenas instaladas partiendo como base de la tarifa correspondiente a la colocación de hasta 50 colmenas 121,80 euros/año. 66 y abonándose las fracciones de 50 según lo que les correspondería tenor a los tramos aprobados.
  • Sanciones previstas en el artículo 65 de la Ordenanza de comunales hasta 65.000 euros.

ORDENANZA 19

Aprovechamiento de pastos municipales

–Corralizas:

  • Monte encinar: Según precio adjudicación.
  • Cesión de uso de corral y hierbas anejas: 360 euros/mes.

ORDENANZA 26 B

Sanidad y seguridad y reguladora de la tenencia de animales

–Por tenencia de animales potencialmente peligrosos: 50 euros.

–Infracciones leves multas de 120 a 300 euros.

–Infracciones Graves multas de 301 a 600 euros.

–Infracciones muy graves multas de 600 a 3.000 euros.

Otras tasas

Anuncios programas de fiestas:

  • Página entera: 119,00 euros.
  • Media página: 74,50 euros.
  • 1/4 de página: 52,00 euros.
  • Publicaciones del Ayuntamiento:
  • Programa fiestas: 3,80 euros.
  • Inscripción de perros en el Registro 35 euros.

–Tipos de gravamen:

  • Gravamen Contribución Territorial 1,2280.
  • Gravamen I.C.I.O: 4,36%.
  • I.A.E. Tarifa*: 1,22.
  • Plusvalías (% según periodo de años):

AÑOS

% APLICABLE

De 1 hasta 5

3,3

De 6 hasta 10

3,2

De 11 a 15

3,1

De 16 a 20

3,1

V. Repercusión Suelo * % según años * tipo gravamen.

Tipo de gravamen: 19,47%.

–Servicio voy y vengo: 2 euros/viaje.

Olite, 14 de diciembre de 2017.–El Alcalde, Andoni Lacarra García.

Código del anuncio: L1714547