BOLETÍN Nº 247 - 28 de diciembre de 2017

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERTIZARANA

Tipos Impositivos para 2018

El Pleno del Ayuntamiento de Bertizarana en Sesión extraordinaria urgente celebrada el día 24 de noviembre de 2017 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

1.º Establecer con efectos 1 de enero de 2018 los siguientes tipos impositivos para los impuestos municipales.

–Contribución Territorial Urbana: El que resulte tras la aprobación de la nueva ponencia de valoración, o si no fuera posible el establecido el pasado año. EL 0,3545% sobre el valor catastral.

–Contribución Territorial Rústica: El que resulte tras la aprobación de la nueva ponencia de valoración, o si no fuera posible el establecido el pasado año. EL 0,8094% sobre el valor catastral.

–Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras:

  • Un 3,5% sobre el presupuesto de ejecución material para las obras nuevas o rehabilitación de viviendas que no sean residencia habitual y permanente de su titular.
  • Un 2% sobre el presupuesto de ejecución material para las obras de rehabilitación de la primera vivienda que sea residencia habitual y permanente de su titular y no se ejerza actividad comercial alguna.
  • Un 5% en las obras para la implantación de actividades industriales.

–Impuesto de Actividades Económicas: Se aplicará un índice municipal de 1,2 sobre las cuotas mínimas exigidas y aprobadas por Ley Foral 7/96 de 28 de mayo.

–Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: Fijar un porcentaje del 2,90% para determinar el incremento de valor para todos los períodos y un tipo de gravamen para determinar la cuota del 12%.

–Tasas del agua:

  • Tarifa por m³: 0,25 euros cuando el consumo doméstico anual es menor de 250 m³ y en uso no doméstico en cualquier tipo de consumo.
  • Tarifa por m³: 0,30 euros cuando el consumo doméstico anual es superior a 250 m³ y en uso no doméstico en cualquier tipo de consumo.
  • Tarifa por m³: 0,42 euros en usos industriales, comerciales, granjas, y con consumo anual hasta a 750 m³.
  • Tarifa por m³: será de 0, 50 euros m³ en usos industriales, comerciales, granjas, cuando el consumo sea superior a 750 m³.
  • Tarifa por m³: será de 0, 60 euros m³ en usos industriales, comerciales, granjas, cuando el consumo sea superior a 1000 m³.
  • Cuota fija de contador: 40 euros.
  • Tasa contador sin lectura: 50 euros.
  • Tasa sustitución de contador: según coste del mismo.
  • Tasa de enganche en edificaciones y construcciones nuevas: según coste servicio.
  • Tarifa: Consumos motivados como consecuencia de fugas ocultas: 0,10 euros/m³.

2.º Publicar el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y tablón de anuncios del Ayuntamiento a los efectos oportunos, pudiendo interponerse contra el mismo los recursos establecidos en la legislación vigente.

Bertizarana, 13 de diciembre de 2017.–El Alcalde, Andrés Echenique Iriarte.

Código del anuncio: L1714366