BOLETÍN Nº 247 - 28 de diciembre de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 538/2017, de 15 de diciembre, del Director General de Administración Local, por la que se aprueba definitivamente el proyecto denominado “AM273185e Abastecimiento a Olaibar (Oláiz, Olave y Endériz) y Ezcabarte (Eusa)”, así como la relación de bienes y derechos afectados.

Mediante Resolución, 324/2017, de 16 de agosto, del Director General de Administración Local, se sometió a información pública por plazo de quince días el proyecto de referencia y la relación de bienes y derechos afectados.

Transcurrido dicho plazo se han recibido las siguientes alegaciones y a la vista de las mismas, desde la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, redactora del proyecto, se ha emitido informe de contestación, que consta en el expediente, y cuyo resumen es el siguiente:

1.–Don Laureano Yaben Elizaga en su propio nombre y en el de sus hermanos, propietarios de la parcela 385 del polígono 13 de Ezcabarte (EZ-27), alegan,

Que el trazado discurre por mitad de su finca que está dotada de una red de regadío, tiene invernaderos y se encuentra vallada parcialmente. Tienen intención de vallarla y quieren saber cómo le afectaría el trazado de la conducción de agua. Proponen que se modifique dicho trazado, llevándolo por el camino de acceso a las fincas y en caso de que no fuera posible, lo más cercano al mismo.

Se acepta la modificación del trazado, aunque este se verá limitado por la zona de afección de la carretera N-121 y por el área de servidumbre del camino vecinal.

2.–Don Carlos Manuel Cordeiro Rodrigues y doña Lisdalia Meirinho Claro, propietarios de la parcela 384 del polígono 13 de Ezcabarte (EZ-28), alegan,

Que el tubo atravesaría por el centro de su parcela y sugieren que se aproxime lo más posible al camino existente o que discurra por éste último, en paralelo a la carretera.

Se acepta la modificación del trazado, aunque este se verá limitado por la zona de afección de la carretera N-121 y por el área de servidumbre del camino vecinal.

3.–Doña M.ª Rosario Gurbindo Mariñelarena y don Daniel Paternain Cadena, propietaria y cultivador, respectivamente, de la parcela número 328 del polígono 3 de Olaibar (OL-03), alegan,

Que se modifique la ubicación de la arqueta V07T02 y sea colocada junto al linde con la parcela 327 o en el lado opuesto, en el lindero con la parcela 329, ya que en su ubicación actual, supone un gran inconveniente para las labores agrícolas.

Se acepta la modificación de la ubicación de la arqueta citada, aunque siempre dentro de la parcela 328 del polígono 3 de Olaibar.

Por otra parte, desde la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, redactora del proyecto, se ha considerado la necesidad de introducir una mejora técnica en el citado proyecto, consistente en el traslado de una reductora de presión desde la finca OL-34 (parcela 2 del polígono 3 de Olaibar) hasta la finca OL-48 (parcela 187 del polígono 2 de Olaibar). Por ello, en la finca OL-34 se instalaría una arqueta de 5,52 m² y en la finca OL-48, se instalarían 2 arquetas, con una ocupación total de 31,47 m². Los propietarios de dichas fincas han mostrado su conformidad con las citadas modificaciones.

En consecuencia, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Expropiación Forzosa, y en virtud de las atribuciones que tengo reconocidas según el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

1.º Aprobar definitivamente el Proyecto denominado “AM273185e Abastecimiento a Olaibar (Oláiz, Olave y Endériz) y Ezcabarte (Eusa)”, así como la relación de bienes y derechos afectados, resolviendo las alegaciones presentadas en el sentido señalado en la parte expositiva de la presente Resolución.

2.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Olaibar y de Ezcabarte. Así mismo, se publicará el correspondiente anuncio en un diario de la Comunidad Foral.

3.º Esta Resolución se notificará a los Ayuntamientos de Olaibar y de Ezcabarte, a los alegantes y a los titulares de las fincas con modificaciones, significándoles que contra la misma, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, mientras que las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 15 de diciembre de 2017.–El Director General de Administración Local, Xabier Lasa Gorraiz.

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