BOLETÍN Nº 163 - 24 de agosto de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 317/2017, de 10 de agosto, del Director General de Administración Local, por la que se aprueba la relación provisional de inversiones incluidas en el Plan de Inversiones Locales 2017-2019, dentro del apartado de Programación Local relativo a alumbrado público y su distribución por anualidades.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019, constituye el Plan de Inversiones Locales para el periodo 2017-2019, las actuaciones previstas en esta norma, entre otras, las establecidas en el apartado de Programación Local. En concreto, el apartado D) de su artículo 11 establece que dicho apartado consta, entre otras inversiones, de las relativas a alumbrado público.

El artículo 15 de la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019, incluido en la Sección Segunda del Capítulo II, denominada Programación Local, establece el procedimiento de inclusión y fijación de la aportación económica máxima de las inversiones relativas al apartado de Programación Local.

Su apartado primero dispone que las solicitudes de inclusión en el apartado de Programación Local del Plan de Inversiones Locales, deberán presentarse en el plazo de dos meses contados desde la fecha de entrada en vigor de esta Ley Foral. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa selección y priorización de las inversiones, mediante resolución de la Dirección General de Administración Local se aprobará una relación provisional de inversiones incluidas en el apartado de Programación Local del Plan de Inversiones Locales, que constará de una relación provisional de inversiones financiables con cargo a las disponibilidades presupuestarias, una relación provisional de solicitudes de inversión en reserva, y una relación provisional de solicitudes no admisibles por incumplir los requisitos establecidos en esta ley foral. Asimismo, se establece que esta relación provisional de inversiones deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Navarra, abriéndose un plazo de alegaciones de quince días hábiles a partir de la fecha de dicha publicación.

Consta en el expediente informe del Servicio de Infraestructuras Locales de 4 de agosto de 2017 poniendo de manifiesto la presentación 305 solicitudes, habiéndose presentado todas ellas en plazo, es decir, antes del 28 de febrero de 2017, a excepción de la solicitud del Concejo de Unzu. Verificada la documentación aportada conforme al anexo IV de la Ley Foral 18/2016, se propone la inadmisión de 30 de ellas por no cumplir los requisitos establecidos en la citada ley y detectadas, bien de oficio o bien en base a instancias remitidas por las entidades locales, duplicidades y demás incidencias que se encuentran explicitadas en el informe, se propone un total de 262 expedientes. Se ha comprobado que el resto de solicitudes cumplen los requisitos generales del artículo 18 de la citada ley foral.

La puntuación asignada se ha otorgado, en primer lugar, en función del grado de necesidad de la inversión, para lo cual, conforme a lo dispuesto en la normativa, se ha tenido en cuenta los riesgos para personas y bienes, el ahorro energético previsto y la antigüedad de la instalación, siendo los criterios de selección empleados acordes con los dispuestos en el artículo 13 D) de la Ley Foral 18/2016. En segundo lugar, para la puntuación final se han tenido en consideración los criterios regulados en el artículo 13 apartado 2, 3 y 4 de la citada Ley Foral. En el informe técnico, se ha detallado de forma pormenorizada la forma en que se ha otorgado la puntuación correspondiente a cada apartado, por lo que queda debidamente motivada la propuesta de priorización y selección.

En aquellos supuestos en que la Entidad Local que va a ejecutar las obras de Pavimentación con redes vaya a ejecutar con cargo al Plan de Inversiones Locales canalizaciones subterráneas de alumbrado publico, todas las actuaciones relacionadas con dicho apartado, se incluirán dentro del tipo de solicitud de alumbrado público, constando en el informe la relación de expedientes afectados.

El anexo I de la Ley Foral 18/2016, recoge las aportaciones al Plan de Inversiones Locales con cargo al Fondo de Participación de las Entidades Locales en los Tributos de Navarra para los años 2017, 2018 y 2019. El informe del Servicio de Infraestructuras Locales propone la modificación del reparto por anualidades de las inversiones correspondientes a alumbrado público atendiendo a criterios técnicos y de disponibilidad presupuestaria.

Por otra parte, se propone una reserva, conforme a lo previsto en los artículos 4.2 y 4.3, dentro del apartado de Programación Local, de una cantidad de 6.000.000 de euros, de los cuales 3.850.000 euros se dedicarán a atender las solicitudes de emergencia e inversiones complementarias, y para financiar el régimen excepcional de los apartados de Programas de Inversiones y Programación Local, y 2.150.000 euros para costear, en su caso, el incremento de hasta un 10 por 100 en el momento de fijar la aportación económica máxima de las inversiones de Programación Local. Conforme a lo anterior se propone una reserva en el apartado de alumbrado público de 725.684,20 euros.

El Servicio de Infraestructuras Locales propone una relación provisional de 120 inversiones financiables con cargo a las disponibilidades presupuestarias y su distribución por anualidades con una aportación total 4.274.315,80 euros (inversión IVA excluido de 7.370.739,15 euros), una relación provisional de 142 inversiones en reserva con una aportación provisional de 5.318.200,18 euros (inversión IVA excluido de 9.371.845,87 euros) y la no admisión de 30 inversiones por no cumplir los requisitos establecidos en la Ley Foral 18/2016, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el apartado 15.2 de la mencionada Ley Foral.

La propuesta se adecua a las condiciones recogidas en el apartado D) del anexo V de la Ley 18/2016, en el que se regula la Base de cálculo del importe auxiliable por el concepto de alumbrado público considerando auxiliables las actuaciones reguladas en el artículo 12 D) y determinando que la aportación económica máxima no podrá exceder de 150.000 euros por entidad local.

El artículo 14 de la Ley Foral 18/2016 establece el porcentaje de aportación económica sobre el importe auxiliable, IVA excluido, para actuaciones relativas a alumbrado público en un 50% para inversiones que generen derecho a la deducción del IVA soportado y en un 60% para inversiones que no generen derecho a la deducción del IVA soportado. En este supuesto a todas las inversiones se les aplicará el 60% al no tener derecho a deducción del IVA.

Obra en el expediente informes del Servicio de Gestión y Cooperación Económica y del Servicio de Ordenación Local, de fecha 9 de agosto, avalando la propuesta formulada por el Servicio de Infraestructuras Locales.

En consecuencia procede, de acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019, aprobar la relación provisional de inversiones incluidas en el Plan de Inversiones Locales 2017-2019, dentro del apartado de Programación Local relativo a alumbrado público, y su distribución por anualidades.

Por todo ello, y en virtud de las facultades atribuidas por la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019, y el Decreto Foral 78/2016 de 21 de septiembre por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

1.º Aprobar la relación provisional de 120 inversiones financiables con cargo a las disponibilidades presupuestarias incluidas en el apartado de Programación Local del Plan de Inversiones Locales relativo a alumbrado público con una inversión total de 7.370.739,15 euros (IVA excluido), y su distribución por anualidades que se recogen en el anexo 1.

2.º Aprobar la relación provisional de 142 solicitudes relativas a alumbrado de público, en reserva, con una inversión provisional de 9.371.845,87 euros (IVA excluido), conforme al anexo 2.

3.º Aprobar la relación provisional de 30 solicitudes no admisibles por incumplir requisitos establecidos en Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019, que se recogen en el anexo 3.

4.º Reservar provisionalmente 725.684,20 euros dentro del apartado relativo a alumbrado público, con la finalidad de atender las reservas indicadas en el artículo 4.3 para actuaciones de Planes de Inversión y Programación Local y en el artículo 4.2 para Programación Local.

5.º Establecer un plazo de quince días hábiles a partir de la fecha de su publicación para que las entidades locales puedan realizar alegaciones, que se deberán presentar conforme a lo previsto en la Orden Foral 48/2017, de 20 de enero, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula la forma de presentación de las solicitudes y documentos relativos a la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019.

6.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 10 de agosto de 2017.–El Director General de Administración Local, Xabier Lasa Gorraiz.

ANEXO 1

Relación provisional de inversiones financiables con cargo a las disponibilidades presupuestarias y su distribución por anualidades.

ANEXO 2

Relación provisional de inversiones en reserva por orden de puntuación.

ANEXO 3

Relación provisional de inversiones no admisibles por no cumplir los requisitos de la Ley Foral 18/2016.

Los archivos a descargar están en formato PDF.

Código del anuncio: F1709542