BOLETÍN Nº 146 - 31 de julio de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 487E/2017, de 19 de julio, de la Directora General de Turismo y Comercio, por la que se declara zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, el Casco Viejo de Pamplona durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de agosto, ambos inclusive.

Primero.–La Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, en su artículo 5 establece los establecimientos con régimen especial de horarios y en su apartado 1.º, dispone que, entre otros, los establecimientos ubicados en las zonas de gran afluencia turística, tendrán plena libertad para determinar los días y horas en que permanecerán abiertos al público en todo el territorio nacional.

Por su parte, el apartado 4.º de dicho artículo determina que, a los efectos de lo establecido en el párrafo anterior, las Comunidades Autónomas, a propuesta de los Ayuntamientos correspondientes, determinarán las zonas de gran afluencia turística para su respectivo ámbito territorial, considerando zonas de gran afluencia turística aquellas áreas coincidentes con la totalidad del municipio o parte del mismo en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en dicho apartado.

Asimismo este apartado establece que en los supuestos en los que la propuesta de declaración de zona de gran afluencia turística formulada por el Ayuntamiento interesado contenga alguna limitación de carácter temporal o territorial, deberán justificarse en la propuesta las razones en las que se fundan tales limitaciones, de acuerdo con los intereses comerciales, turísticos y en beneficio del consumidor.

El apartado 5.º de dicho artículo establece que, en todo caso, en los municipios con más de 100.000 habitantes que hayan registrado más de 600.000 pernoctaciones en el año inmediatamente anterior, se declarará, al menos, una zona de gran afluencia turística aplicando los criterios previstos en la Ley 1/2004 y que, para la obtención de estos datos estadísticos, se considerarán fuentes las publicaciones del Instituto Nacional de Estadística y de Puertos del Estado.

Este apartado señala, además, que si en el plazo de seis meses a partir de la publicación de estos datos, las Comunidades Autónomas no hubieran declarado alguna zona de gran afluencia turística en el municipio en el que concurran las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, se entenderá declarada como tal la totalidad del municipio y los comerciantes dispondrán de plena libertad para la apertura de sus establecimientos durante todo el año.

Segundo.–El Instituto Nacional de Estadística publicó con fecha 23 de enero de 2017 la Encuesta de Ocupación Hotelera, que reflejaba que el número de pernoctaciones registradas en Pamplona, durante el año 2016, ascendió a 615.939.

Tercero.–El Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 5 de julio de 2017, ha presentado una propuesta de declaración del Casco Viejo de Pamplona como zona de gran afluencia turística durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de agosto, ambos inclusive, todo ello sin perjuicio de las limitaciones que fueran de aplicación en cumplimiento de lo establecido en la normativa laboral y en los convenios colectivos aplicables.

Cuarto.–El Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio ha analizado dicha propuesta y considera que se encuentra suficientemente justificada la delimitación tanto temporal como territorial de la zona de gran afluencia turística propuesta, y que, además, dicha delimitación se ajusta a los principios de necesidad y de proporcionalidad y, por ello, es favorable a la propuesta formulada por el Ayuntamiento de Pamplona.

Por lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 1/2017, de 11 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico,

RESUELVO:

1.º Declarar zona de gran afluencia turística, a efectos comerciales, el Casco Viejo de Pamplona durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de agosto, ambos inclusive.

2.º A estos efectos, la delimitación de las calles que conforman el Casco Viejo de Pamplona, son las relacionadas en el Anexo a esta Resolución.

3.º Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Pamplona.

4.º Publicar esta Resolución y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º La validez de esta Resolución se mantendrá mientras persistan las circunstancias que la justifican y permanezca en vigor la normativa en la que se fundamenta, todo ello sin perjuicio de las limitaciones que fueran de aplicación en cumplimiento de lo establecido en la normativa laboral y en los convenios colectivos aplicables.

6.º Indicar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Pamplona, 19 de julio de 2017.–La Directora General de Turismo y Comercio, Maitena Ezkutari Artieda.

ANEXO

TIPO VÍA

NOMBRE

RINCÓN

ADUANA, DE LA, pares 14 a 18 (todo el Rincón)

CALLE

AHUMADA, DUQUE DE, impares 3 al 7

CALLE

ALDAPA, impares 1 al 5, pares 2 al 6

CALLE

ANSOLEAGA, FLORENCIO DE, impares 9 al 39, pares 4 al 26

PASEO

ARAZURI, DOCTOR (S/V)

RONDA

BARBAZAN, OBISPO, pares 2 (toda la Ronda)

CALLE

BARQUILLEROS

RINCÓN

BELENAS, DE LAS (S/V)

PLAZA

BURGOS, DE LOS

CALLE

CALCETEROS

CALLE

CALDERERÍA, impares 1 al 21

CALLE

CALDERERÍA, pares 2 al 42

CALLE

CAMPANA

CALLE

CARMEN, impares 1 al 35

CALLE

CARMEN, pares 2 al 36

PLAZA

CASTILLO, DEL, impares 1 al 19, 23 al 49, pares 2 al 48

CALLE

CHAPITELA

CALLE

CIUDADELA

CALLE

COMEDIAS, impares

CALLE

COMEDIAS, pares

CALLE

COMPAÑÍA

PLAZA

COMPAÑÍA

PLAZA

CONSEJO, impares 3

PLAZA

CONSEJO, pares 2

PLAZA

CONSISTORIAL, impares 1

PLAZA

CONSISTORIAL, impares 3 al 5, pares 4 al 6

PLAZA

CONSISTORIAL, pares 2

CALLE

CURIA

CALLE

DESCALZOS, impares 1 al 83, pares 54 al 82

CALLE

DESCALZOS, pares 2, 22 al 52

CALLE

DORMITALERÍA, impares 1 al 15, pares 4 al 40

CALLE

DORMITALERÍA, pares 46 al 74

CALLE

DOS DE MAYO

CALLE

ESLAVA, HILARIÓN, impares 1 al 5

CALLE

ESLAVA, HILARIÓN, pares 2 al 12

CALLE

ESLAVA, HILARIÓN, impares 11 al 13, pares 26 al 32

CALLE

ESLAVA, HILARIÓN, impares 7 al 9

CALLE

ESLAVA, HILARIÓN, pares 14 al 24

TRAVESÍA

EZPOZ Y MINA (S/V)

CALLE

ESPOZ Y MINA, impares 1 al 17

CALLE

ESTAFETA, impares 1 al 81

CALLE

ESTAFETA, impares 83 al 87

CALLE

ESTAFETA, pares 2 al 76

CALLE

JARAUTA, JOAQUÍN, impares 1 al 37, 43 al 45, pares 2 al 26

CALLE

JARAUTA, JOAQUÍN, impares 55 al 39

CALLE

JARAUTA, JOAQUÍN, impares 28 al 100

CALLE

JAVIER impares 1 al 9, pares 2 al 8

CALLE

JAVIER, impares 9 B al 13

CALLE

JAVIER, 9B al 13

CALLE

JAVIER, pares 10 al 20

CALLE

LABRIT, JUAN DE

CALLE

LINDACHIQUIA

CALLE

MAÑUETA

CALLE

MAYOR, impares 1 al 49

CALLE

MAYOR, impares 51 al 91

CALLE

MAYOR, pares 2 al 32

CALLE

MAYOR, pares 34 al 74

CALLE

MERCADERES, impares 1 al 33

CALLE

MERCADERES, pares 12 al 18

CALLE

MERCADERES, pares 2 al 10

CALLE

MERCADO

CALLE

MERCED

CALLE

NAVARRERÍA, impares 1 al 19

CALLE

NAVARRERÍA, impares 21 al 39, pares 2 al 22

CALLE

NUEVA, impares 1 al 59, pares 2 al 28

CALLE

NUEVA, impares 63 al 127, pares 28 B al 32

CALLE

PALACIO, CUESTA DEL

CALLE

POZO BLANCO, impares 1 al 19

CALLE

POZO BLANCO, pares 2 al 28

CALLE

RECOLETAS

PLAZA

RECOLETAS (S/V)

CALLE

REDÍN

PASEO

REDÍN, DEL

CALLE

SALSIPUEDES, impares 1 (toda la Calle)

CALLE

SAN AGUSTÍN, pares 2 al 38

CALLE

SAN AGUSTÍN, impares 1 al 21, pares 38 al 40

CALLE

SAN ANTÓN, pares 2 al 72

CALLE

SAN ANTÓN, impares 1 al 7

CALLE

SAN ANTÓN, impares 11 al 73

CALLE

SAN FRANCISCO

PLAZA

SAN FRANCISCO (S/V)

CALLE

SAN GREGORIO

PLAZA

SAN JOSÉ

CALLE

SAN LORENZO

CALLE

SAN MIGUEL, pares 4 al 22

CALLE

SAN MIGUEL, impares 1 al 23

CALLE

SAN MIGUEL, pares 2

PLAZA

SAN NICOLÁS (S/V)

CALLE

SAN NICOLÁS, impares 1, pares 2 al 4

CALLE

SAN NICOLÁS, impares 3 al 41, pares 10 al 76

RINCÓN

SAN NICOLÁS, DE

CALLE

SAN SATURNINO, pares 2 al 22

CALLE

SAN SATURNINO, impares 1

PLAZA

SANTA ANA (S/V)

PLAZA

SANTA MARÍA LA REAL, pares 2

PLAZA

SANTA MARÍA LA REAL, impares 1 al 3

PLAZA

SANTIAGO

CALLE

SANTO ANDÍA, impares 1 al 11

CALLE

SANTO ANDÍA, pares 2 al 4

CALLE

SANTO DOMINGO, impares 19 al 43

CALLE

SANTO DOMINGO, pares 2 al 10

PASEO

SARASATE, pares 2

PASEO

SARASATE, pares 20 al 38

PASEO

SARASATE, pares 4 al 18

CALLE

TACONERA

CALLE

TEJERÍA, impares 1 al 25

CALLE

TEJERÍA, impares 27 al 43, pares 2 al 40

PLAZA

VIRGEN DE LA O

CALLE

ZAPATERÍA, impares 1 al 19

CALLE

ZAPATERÍA, impares 21 al 53

CALLE

ZAPATERÍA, pares 2 al 62

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