BOLETÍN Nº 146 - 31 de julio de 2017

3. Administración del Estado

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Aprobación de la tarifa de utilización del agua
del Canal de Lodosa para 2017

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 309 del R.D. 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico y el artículo 5 del R.D. 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas, el Servicio 1.º de Explotación de la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del Ebro elaboró cálculo de la tarifa de utilización del agua del Canal de Lodosa 2017, acompañado de estudio técnico y económico, este último efectuado con la participación de la Junta de explotación número 1 (sesión del día 22 de marzo de 2017).

A la vista de todo ello, en fecha 20 de abril de 2017 la Dirección Técnica de este Organismo procedió a la aprobación de la propuesta de la tarifa de utilización del agua del Canal de Lodosa 2017, a los efectos previstos en el mencionado artículo 309 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico y para sometimiento de los valores propuestos a información pública.

A tal efecto, con fecha 12, 18 y 26 de mayo de 2017 se publicó en los Boletines Oficiales de La Rioja, de Zaragoza y de Navarra respectivamente, anuncio por el que se acordaba someter a información pública durante quince días hábiles la siguiente propuesta de valores contenida en la tarifa de utilización del agua del Canal de Lodosa 2017:

1.–Hectárea en riegos 33,32772480 euros/hectárea.

2.–Hectárea en riegos de invierno (30%) 9,99831744 euros/hectárea.

3.–Metro cúbico en riegos 0,00566672 euros/metro cúbico.

4.–Metro cúbico a abastecimientos y usos industriales 0,05416747 euros/metro cúbico.

Transcurrido el plazo mencionado desde la publicación del anuncio sin que se hayan formulado reclamaciones, a la vista de lo dispuesto en el mencionado artículo 309 del R.D. 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico y en ejercicio de la competencia atribuida por los artículos 30.d) y 30 e) del R.D. Legislativo 1/2001, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y 33.2.i) del R.D. 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, esta Presidencia ha resuelto aprobar la tarifa de utilización del agua del Canal de Lodosa 2017,de acuerdo con la propuesta sometida a información pública.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 313 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, la presente Resolución tiene carácter económico administrativo por lo que podrá interponerse contra la misma recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa para su remisión, esta última, al Tribunal Económico Administrativo Regional de Aragón, sin que sea posible simultanear estas dos vías de impugnación. Ambos recursos deberán dirigirse a Confederación Hidrográfica del Ebro y presentarse dentro del mes siguiente a la publicación de la presente Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en los artículos 222, 223, 225, 229 y 235 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Zaragoza, 30 de junio de 2017.–La Secretaria General, M.ª Dolores Pascual Vallés.

Código del anuncio: E1708506