BOLETÍN Nº 126 - 30 de junio de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

Extracto de Resolución 768/2017, de 15 de junio, del Director General de Salud, por la que se aprueban la convocatoria y las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la realización de actividades de formación continuada organizadas por los Colegios Profesionales Sanitarios de Navarra para el año 2017.

Nota: El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). BDNS (Identificación): 352786.

El artículo 88 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, establece que la Administración Sanitaria de la Comunidad Foral promoverá la revisión permanente de los enseñantes y profesionales en materia sanitaria para la mejor adecuación de los conocimientos profesionales a las necesidades sanitarias de la población y la actualización permanente de conocimientos.

Por su parte, el Decreto Foral 132/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Salud, atribuye a la Dirección General de Salud, entre otras competencias, la de convocar, conceder y gestionar ayudas y subvenciones en materia de formación.

Los Colegios Profesionales Sanitarios organizan planes de formación anuales dirigidos a los colegiados que incluyen actividades encaminadas a la mejora de las competencias profesionales en el ejercicio de la profesión, tanto en el ámbito público como en el privado, y que son de interés para los objetivos y políticas de salud emanadas de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud y de los Planes Estratégicos de Salud.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el régimen jurídico general aplicable a éstas cuando sean otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social. Con carácter previo a su concesión, el órgano competente deberá establecer sus bases reguladoras, que habrán de ser publicadas, posibilitando, de este modo, el acceso de quienes realicen las actividades o se encuentren en la situación que motiva su otorgamiento.

Constan en el expediente el informe técnico y el informe jurídico correspondiente, así como la conformidad de la Intervención delegada del Departamento de Hacienda y Política Financiera en el Departamento de Salud, lo que pone de manifiesto la oportunidad y la legalidad de la convocatoria de ayudas y de la aprobación de sus bases reguladoras.

Pamplona, 15 de junio de 2017.–El Director General de Salud, Luis Gabilondo Pujol.

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