1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 280/2017, de 16 de junio, del Director General de Administración Local, por la que se aprueba la relación provisional de cuantías de Libre Determinación a destinar a la financiación del remanente de tesorería negativo, en función de los remanentes acreditados por los Ayuntamientos y Concejos de Navarra mediante los expedientes de cuentas o de liquidación de presupuestos del ejercicio 2015.
La Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019, ha sido dictada al amparo de lo dispuesto en el artículo 61 de la ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra como instrumento de cooperación económica con las entidades locales con la finalidad principal de garantizar la cobertura en todo el ámbito de la Comunidad Foral de los servicios municipales obligatorios. Dicha Ley Foral ha entrado en vigor con fecha 1 de enero de 2017.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de esta Ley Foral constituye el Plan de Inversiones Locales para el periodo 2017-2019, las actuaciones previstas en esta norma, entre otras, las establecidas en el apartado de Libre Determinación. En concreto, el apartado primero de su artículo 30 determina el tipo de actuaciones a las cuales se pueden destinar las cuantías correspondientes a cada Ayuntamiento y Concejo.
El apartado tercero del artículo 30 recoge la obligación de los Ayuntamientos y Concejos con remanente de tesorería negativo en las cuentas o liquidación del último ejercicio económico anterior, de destinar las cantidades concedidas en el apartado de Libre Determinación a financiarlo, pudiendo dedicar el resto a otras actuaciones. Asimismo, establece que no podrá percibirse cantidad alguna por el concepto de Libre Determinación si no queda debidamente acreditado el remanente de tesorería.
El artículo 30.2 establece que la relación de cuantías a percibir en el apartado de Libre Determinación, con indicación de la anualidad o anualidades en las que se realizarán las inversiones, se aprobará mediante resolución de la Dirección General de Administración Local y se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra, abriéndose un plazo de alegaciones de quince días hábiles a partir de la fecha de dicha publicación. Mediante Resolución 60/2017, de 23 de febrero, del Director General de Administración se aprobó dicha relación inicial, que fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 46 de fecha 7 de marzo de 2017. Mediante Resolución 220/2017, de 30 de mayo, del Director General de Administración Local, se aprobó la relación definitiva de las cuantías a percibir por las entidades locales de Navarra en concepto de Libre Determinación y su distribución por anualidades.
Por último, el artículo 31 de esta Ley Foral, dispone que en el plazo de un mes a partir de la publicación de dicha relación definitiva, mediante resolución de la Dirección General de Administración Local se aprobará una relación provisional de cuantías a destinar a la financiación del remanente de tesorería negativo, en función de los remanentes acreditados mediante los expedientes de cuentas o de liquidación de presupuestos exigidos conforme a la legislación de haciendas locales. Dicha relación provisional se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, abriéndose a continuación un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones o acreditar la aprobación de fórmulas de financiación ajustadas a lo dispuesto en el artículo 230 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, y en el artículo 103 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, para financiar el remanente de tesorería negativo. Asimismo, durante dicho plazo se podrán presentar los expedientes contables legalmente exigibles, si no se hubieran presentado con anterioridad.
Consta en el expediente informe propuesta del Servicio de Gestión y Cooperación Económica de fecha 30 de mayo de 2017, en el que se propone la relación de Ayuntamientos y Concejos con remanente de tesorería negativo. Dichas relaciones se han obtenido conforme a los datos de los expedientes de cuentas y de liquidación de presupuestos del año 2015, por ser los expedientes de obligada presentación a la fecha de entrada en vigor de la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre. Por otra parte, en dicho informe consta que los Concejos de Guembe, Larrasoaña, Arizala, Larrión, Hiriberri-Villanueva, Artavia, Gaintza, e Intza, y los Ayuntamientos de Elgorriaga, Gallipienzo, Torres del Río, Los Arcos, Isaba e Irurtzun han acreditado que la situación de remanente de tesorería negativo existente en el 2015, se ha subsanado a lo largo del 2016.
En consecuencia, procede aprobar la relación provisional de cuantías de Libre Determinación a destinar a la financiación del remanente de tesorería negativo, en función de los remanentes acreditados por los Ayuntamientos y Concejos de Navarra mediante los expedientes de cuentas o de liquidación de presupuestos del ejercicio 2015.
Por todo ello, y en virtud de las facultades atribuidas por la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019, y el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,
RESUELVO:
1.º Aprobar la relación provisional de cuantías de Libre Determinación a destinar a la financiación del remanente de tesorería negativo, en función de los remanentes acreditados por los Ayuntamientos y Concejos de Navarra mediante los expedientes de cuentas o de liquidación de presupuestos del ejercicio 2015, que se recoge en el Anexo I valorada en un global de 422.359,06 euros.
2.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Establecer un plazo de quince días hábiles a partir de la fecha de su publicación para que las entidades locales beneficiarias puedan realizar alegaciones, acreditar la aprobación de fórmulas de financiación para financiar el remanente de tesorería negativo o presentar los expedientes contables legalmente exigibles.
Dicha documentación se presentará conforme a lo previsto en la Orden Foral 48/2017, de 20 de enero, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula la forma de presentación de las solicitudes y documentos relativos a la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019.
Pamplona, 16 de junio de 2017.–El Director General de Administración Local, Xabier Lasa Gorraiz.
ANEXO I
Relación provisional de cuantías de libre determinación a destinar
a la financiación del remanente de tesorería negativo
CÓDIGO ENTE | NOMBRE ENTIDAD | APORTACIÓN | APORTACIÓN PARA REMANENTE DE TESORERÍA NEGATIVO |
0600000 | Burlada | 190.000,00 | 190.000,00 |
1520000 | Lerín | 90.322,33 | 90.322,33 |
0110300 | Arbeiza | 25.903,55 | 25.903,55 |
0640000 | Cadreita | 108.338,85 | 35.920,35 |
2100000 | Roncal | 28.193,42 | 28.193,42 |
0250400 | Etxeberri | 20.762,14 | 6.433,85 |
0760400 | Gazolaz | 24.218,55 | 24.218,55 |
2601400 | Murugarren | 21.367,01 | 21.367,01 |
Total | 509.105,85 | 422.359,06 |
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