2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
ESTERIBAR
Delegación de competencias
El Alcalde del Ayuntamiento de Esteribar, en fecha 12 de junio de 2017 ha dictado la Resolución número 208/2017 cuyo texto se transcribe a continuación:
“Visto que de acuerdo con la Normativa relativa a la celebración de matrimonios civiles la competencia para su celebración corresponde a los Alcaldes de los Ayuntamientos.
–Visto que se considera conveniente para la boda civil prevista para el día 18 de septiembre de 2017 que estas funciones sean desempeñadas, en las dependencias de este Ayuntamiento, por el Concejal don Jose Miguel García Alonso.
–Visto que por parte de la Alcaldía del Ayuntamiento de Esteribar no existe inconveniente en la delegación de la competencia para la celebración de este matrimonio civil y que el referido Concejal muestra su total disponibilidad para ello.
–Visto el contenido de los artículos 23.4 y concordantes de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local y artículos 43.4, 43.5, 44 y concordantes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se establece el Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aplicables en materia de delegación de competencias,
Esta Alcaldía,
HA RESUELTO:
1.º Efectuar a favor del Concejal de este Ayuntamiento, don José Miguel García Alonso, la delegación de las atribuciones conferidas a la Alcaldía en la legislación vigente en materia de celebración de matrimonios civiles por el Alcalde del Ayuntamiento, para la boda civil que se celebrará el próximo 18 de septiembre de 2017, a las 10:00 horas.
El alcance de las funciones de esta delegación se circunscribe exclusivamente a la celebración de la boda civil arriba señalada.
2.º Notificar a dicho Concejal esta delegación de atribuciones, que surtirá efecto desde el día siguiente a la fecha de la presente Resolución, tal y como se faculta en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se establece el Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de Navarra en los términos previstos por el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.º Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento de Esteribar, a efecto de su conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se establece el Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.”
Esteribar, 13 de junio de 2017.–El Alcalde, Mikel Gastesi Zabaleta.
Código del anuncio: L1707249