BOLETÍN Nº 11 - 17 de enero de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1035/2016, de 13 de diciembre, del Director General de Obras Públicas, por la que se convoca la realización de las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte público por carretera, a celebrar en el año 2017 en la Comunidad Foral de Navarra.

La competencia profesional constituye uno de los requisitos necesarios para ejercer la profesión de transportista por carretera según dispone el Reglamento (CE) número 1071/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera. A tal efecto, el artículo 8 del Reglamento establece que a fin de cumplir el requisito mencionado las personas interesadas demostrarán tener los conocimientos adecuados mediante un examen escrito obligatorio que deberá realizarse en el Estado miembro en el que tengan la residencia habitual o en el Estado miembro en el que trabajen.

La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 9/2013, determina igualmente en sus artículos 43 y 119 que para el ejercicio de las actividades de transportista, agencia de transporte, transitario, almacenista-distribuidor y operador logístico, será necesario acreditar el cumplimiento del citado requisito.

En esta materia, la citada ley ha sido desarrollada por el capítulo primero del título II del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, y por la Orden de 28 de mayo de 1999, del Ministerio de Fomento, que regula la expedición de certificados de capacitación profesional, actualmente denominados de competencia profesional.

El artículo 5 de dicha Orden establece que las Comunidades Autónomas que, en virtud de las facultades delegadas por la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, ostentan la competencia para la realización de pruebas para la obtención de dicho certificado en las distintas modalidades, las convocarán al menos una vez al año.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de conformidad con lo propuesto por el Servicio de Transportes,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la realización de las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte público por carretera, a celebrar en el año 2017 en la Comunidad Foral de Navarra, que se regirá por las Bases que se incorporan como Anexo a la presente Resolución.

2.º Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar esta Resolución al Servicio de Transportes y a los miembros del Tribunal.

4.º Indicar que contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 13 de diciembre de 2016.–El Director General de Obras Públicas, Ignacio Nagore Laín.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA REALIZACIÓN
DE LAS PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO
DE COMPETENCIA PROFESIONAL PARA EL EJERCICIO
DE LAS ACTIVIDADES DE TRANSPORTE PÚBLICO
POR CARRETERA A CELEBRAR EN EL AÑO 2017
EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Primera.–Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto la realización de las pruebas para la obtención de las siguientes modalidades de certificado de competencia profesional:

–Transporte interior e internacional de mercancías por carretera.

–Transporte interior e internacional de viajeros por carretera.

Quienes pretendan obtener la competencia profesional necesaria para el ejercicio de las actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera deberán examinarse del grupo de materias relativas a la actividad de transporte de mercancías por carretera.

Segunda.–Requisitos.

1. Podrán tomar parte en la convocatoria las personas que tengan su residencia habitual en Navarra antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. A estos efectos se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure su domicilio en su documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero (NIE) en vigor.

2. Solo se admitirá que el domicilio es diferente al que aparece en dichos documentos cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

–Que el aspirante acredite, mediante certificado de empadronamiento, que ha tenido su domicilio en la Comunidad Foral de Navarra al menos 185 días naturales del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las pruebas.

–Si del certificado de empadronamiento se deduce que ha tenido su domicilio en la Comunidad de Foral de Navarra menos de 185 días en el último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el aspirante deberá justificar que se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad de Foral de Navarra.

Tercera.–Presentación de las solicitudes.

1. Las personas que deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar su solicitud de una de las siguientes maneras:

–A través de Internet, cumplimentando el formulario disponible en el Portal del Gobierno de Navarra, www.navarra.es, en el apartado “Trámites”, anotando “Competencia” en el buscador al efecto.

–Presentando una solicitud, según el modelo que figura en el Anexo lI de estas Bases en la oficina del Registro General del Gobierno de Navarra situada en el Departamento de Desarrollo Económico (avenida San Ignacio, 3, planta baja, 31002 Pamplona, Navarra, España) o en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en el Anuncio del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 57, de 25 de marzo de 2015, y 103, de 29 de mayo de 2015, así como en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Dicha solicitud se podrá obtener de dicho Anexo a través de Internet, o bien solicitándola en el Servicio de Transportes.

2. En ambos casos, las solicitudes para participar en las pruebas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero (NIE) con domicilio en la Comunidad Foral de Navarra.

Si el domicilio que figure en dichos documentos no está situado en la Comunidad Foral de Navarra, deberá acreditar la residencia en Navarra mediante certificado de empadronamiento, en el que figure que ha tenido su domicilio en la Comunidad Foral de Navarra al menos 185 días naturales en el último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios.

Para el caso de una antigüedad inferior a 185 días en el empadronamiento deberá adjuntarse documentación acreditativa de las razones familiares o profesionales que le han obligado a cambiar su residencia a la Comunidad de Foral de Navarra.

b) Justificante de haber ingresado en la cuenta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la tasa correspondiente por derechos de presentación al examen de competencia profesional, establecida en la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, por cada una de las modalidades de certificado que se desee obtener.

3. En el caso de que la solicitud se realice por Internet, dicha documentación se remitirá al Servicio de Transportes (calle Alhóndiga, 1, 2.ª planta, 31002 Pamplona) o se presentará en cualquiera de los Registros y oficinas enunciados en el apartado 1 de esta Base. En otro caso, se adjuntará dicha documentación a la solicitud.

Cuarta.–Plazo de presentación.

Las solicitudes deberán presentarse del 15 de febrero al 7 de marzo de 2017.

Quinta.–Listas de admitidos y excluidos.

1. Expirado el plazo para la presentación de solicitudes, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos se publicará el día 10 de marzo de 2017 en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet, www.navarra.es, en el apartado “Trámites”, “Competencia”, así como en el tablón de anuncios de las oficinas del Servicio de Transportes (Calle Alhóndiga, 1, 2.ª planta, de Pamplona).

2. Los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido, hasta el día 24 de marzo de 2017.

La lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se hará pública el día 27 de marzo de 2017, de igual forma que la provisional.

Sexta.–Tribunal.

El Tribunal que presidirá la realización de las pruebas estará compuesto por las siguientes personas:

Presidente:

–Don Ignacio Nagore Laín, Director General de Obras Públicas.

Suplente:

–Don Miguel Ángel Jiménez de Cisneros y Fonfría, Director del Servicio de Transportes.

Vocales:

–Doña María Aránzazu Murillo Zabalza, Jefa de la Sección de Explotación de Transportes.

–Doña María Jesús Gutiérrez Gutiérrez, Jefa del Negociado de Inspección de Transportes.

–Doña Ana Serrano Herrera, Jefa del Negociado de Gestión de Transporte de Viajeros y Operadores de Transporte.

Suplentes:

–Don Oscar Molviedro Barea, auxiliar administrativo adscrito al Servicio de Transportes.

–Doña Leonor Resano Mugueta, Jefa del Negociado de Convocatorias.

–Doña María Senosiáin Labat, Jefa del Negociado de Control Jurídico del Transporte.

Secretaria:

–Doña Charo Loitegui Biurrun, Jefa de la Sección de Régimen Jurídico del Transporte.

Suplente:

–Doña Laura Echeverría Iturbide, Técnico de Administración Pública (rama jurídica) adscrita al Negociado de Control Jurídico de Transportes.

Séptima.–Pruebas.

1. Los aspirantes deberán presentarse a la realización de las pruebas provistos del documento nacional de identidad (DNI), del número de identidad de extranjero (NIE) u otro documento que acredite fidedignamente su identidad, a criterio del Tribunal.

Su falta dará lugar a la no admisión del aspirante a la realización dichas pruebas.

2. Las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional versarán sobre el contenido del Anexo B de la Orden de 28 de mayo de 1999 por la que se desarrolla el capítulo I del título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de expedición de certificados de capacitación profesional, (publicada en el Boletín Oficial del Estado del 11 de junio de 1999), modificado por el Anexo I del Reglamento (CE) número 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009 (publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea de 14 de noviembre de 2009).

3. Los ejercicios constarán de dos partes:

La primera parte consistirá en contestar a 100 preguntas tipo “test”, cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, sobre el contenido de las materias del programa que corresponda.

La segunda parte consistirá en resolver, mediante cálculo matemático o una explicación escrita, seis supuestos prácticos que requieran la aplicación de las materias del programa a casos concretos.

4. El tiempo para la realización de cada una de las partes de las que consta el ejercicio será de dos horas.

Octava.–Calificación de los ejercicios.

1. Los ejercicios se calificarán de 0 a 10 puntos, de acuerdo con las siguientes reglas de valoración:

En la primera parte, las preguntas tipo “test” correcta o erróneamente contestadas se valorarán con 0,04 y -0,02 puntos cada una, respectivamente. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.

En la segunda parte, la contestación a cada supuesto práctico se valorará entre 0 y 1 punto.

2. Para aprobar el ejercicio será necesario obtener una puntuación igual o superior a 2 en la primera parte, y a 3 en la segunda, y que la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas partes sea igual o superior a 6.

Novena.–Fecha y lugar de celebración de las pruebas.

1. Las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional en la modalidad de transporte de mercancías por carretera se realizarán en el Aulario de la Universidad Pública de Navarra, Campus Arrosadía, s/n, el día 1 de abril de 2017, sábado, con el siguiente horario:

–1.ª parte: 9:00 horas.

–2.ª parte: 11:30 horas.

2. Las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional en la modalidad de transporte de viajeros por carretera se realizarán en el Aulario de la UNED, carretera El Sadar, s/n, el día 1 de abril de 2017, sábado, con el siguiente horario:

–1.ª parte: 16:15 horas.

–2.ª parte: 18:15 horas.

Décima.–Relación de aprobados.

Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación provisional de aprobados en el tablón de anuncios de las oficinas del Servicio de Transportes (calle Alhóndiga 1, 2.ª planta, de Pamplona) y en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet, www.navarra.es, en el apartado “Trámites”, “Competencia”, informando también del plazo para la revisión de las pruebas y presentación de alegaciones.

Una vez finalizado dicho plazo, y resueltas las reclamaciones que, en su caso, se hubieran presentado se dará traslado al Director General de Obras Públicas de la lista definitiva de aprobados.

La Resolución del Director General de Obras Públicas aprobando la relación de aspirantes que han superado las pruebas se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico en el plazo de un mes a contar desde la referida publicación.

ANEXO I

Solicitud de inscripción en las pruebas para la obtención de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte público por carretera (PDF).

Código del anuncio: F1614816