BOLETÍN Nº 10 - 16 de enero de 2017

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ABÁIGAR

Tipos de gravamen para 2017

El pleno del Ayuntamiento de Abaigar, en sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2016 y al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra adoptó el siguiente acuerdo:

a) Fijar en el 0,17% el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial.

b) Fijar en el 2,27% el tipo de gravamen del impuesto sobre instalaciones, construcciones y obras.

c) Fijar el índice 1,24 para el impuesto de actividades económicas.

d) Fijar en el 10,80% el tipo de gravamen del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos urbanos.

Contra dicho acuerdo, cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

1. Recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de este acuerdo, pudiendo no obstante interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, o bien,

2. Recurso de alzada, directamente, ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de este acuerdo.

Abaigar, 30 de diciembre de 2016.–El Alcalde, José Luis Gómez Sarasua.

Código del anuncio: L1615008