BOLETÍN Nº 93 - 16 de mayo de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 104E/2016, de 14 de abril, del Director del Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático, por la que se acepta el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Gestión de residuos, cuyo titular es Productos Oppac, S.A., ubicada en término municipal de Noáin (Valle de Elorz)/Noain (Elortzibar).

Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Resolución 352/2009, de 11 de febrero, del Director General de Medio Ambiente, y modificada posteriormente por las Resoluciones 427/2010, de 26 de febrero y 882/2012, de 14 de septiembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua.

Con fecha 28/01/2016, el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su Autorización Ambiental Integrada, con el fin de incluir el residuo con código LER 150107 (envases de vidrio) dentro del listado de residuos para los que puede actuar como centro de transferencia.

Este Servicio ha revisado la solicitud presentada, concluyendo que el cambio solicitado es admisible y permite el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, siendo acorde con la aplicación de las mejores técnicas disponibles, por lo que es procedente la inclusión solicitada.

Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en la letra d) del artículo 27 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, y en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la Autorización Ambiental Integrada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el artículo 28 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, no considerándose oportuno someter a información pública el presente expediente de modificación.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de treinta días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 63/2015, de 22 de septiembre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se delegan a los Directores de Servicio,

RESUELVO:

Primero.–Aceptar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Gestión de residuos, cuyo titular es Productos Oppac, S.A., ubicada en término municipal de Noáin (Valle de Elorz)/Noain (Elortzibar), de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en los expedientes anteriormente tramitados de concesión y modificación de la Autorización Ambiental Integrada de esta instalación y, además, las condiciones y medidas incluidas en los Anejos de la presente Resolución.

Segundo.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente Resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el régimen sancionador establecido en el Título VI de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable.

Tercero.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución

Quinto.–Trasladar la presente Resolución a Productos Oppac, S.A. y al Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz)/Noain (Elortzibar), a los efectos oportunos.

Pamplona, 14 de abril de 2016.–El Director del Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente Resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sitas en Pamplona, calle González Tablas 9, planta baja, Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Evaluacion+ambiental/Autorizaciones+ambientales/.

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