BOLETÍN Nº 88 - 9 de mayo de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 141/2016, de 3 de mayo, del Director General de Educación, por la que se aprueban las instrucciones y el calendario del procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados para cursar ciclos formativos de grado medio y de grado superior de enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo y de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como para el curso de acceso a ciclos de grado superior, en la Comunidad Foral de Navarra para el curso académico 2016-2017.

Tal y como se establece en la base 2.ª, apartado 3, de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril, por la que se aprueban las bases que van a regular el procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados para cursar ciclos formativos de grado medio y de grado superior de enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo y de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como para el curso de acceso a ciclos de grado superior, en la Comunidad Foral de Navarra para el curso académico 2016-2017, las fechas y las instrucciones que concreten el proceso para el curso académico 2016-2017 se fijarán en una Resolución de la Dirección General de Educación.

Por lo anteriormente expuesto y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar las instrucciones, y el calendario del procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados para cursar ciclos formativos de grado medio y de grado superior de enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo y de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como para el curso de acceso a ciclos de grado superior, para el curso 2016-2017, que figuran en los anexos 1 a 3 de la presente Resolución.

2.º Trasladar la presente Resolución y sus anexos al Servicio de Ordenación e Igualdad de Oportunidades, Servicio de Inspección Educativa, Servicio de Idiomas y Enseñanzas Artísticas, Servicio de Formación Profesional, Servicio de Recursos Económicos, Servicio de Infraestructuras Educativas, Servicio de Evaluación, Calidad, Formación y Convivencia, Servicio de Planificación Educativa, a la Comisión General de Escolarización de Navarra, al Negociado de Escolarización y al Negociado de Información, a los efectos oportunos.

3.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Publicar la presente Resolución, junto con sus anexos, en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 3 de mayo de 2016.–El Director General de Educación, Estebe Petrizan Iriarte.

ANEXO 1

Instrucciones de ciclos formativos

Solicitud de plaza.

1. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única solicitud de inscripción con hasta un máximo de seis opciones, señaladas por orden de preferencia. La solicitud de inscripción se ajustará al modelo oficial que aparece en la Ficha de Trámites 'Inscripción en ciclos de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño' del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3134/Oferta-e-inscripcion-en-ciclos-de-Formacion-Profesional-y-de-Artes-Plasticas-y-Diseno

2. El plazo de presentación de la solicitud de inscripción es el determinado en el anexo 3 de esta resolución: del 9 al 13 de mayo (hasta las 14:00 horas) de 2016.

3. La solicitud de inscripción se entregará en las dependencias administrativas del centro que oferte el ciclo elegido en primera opción.

Los centros entregarán al alumnado solicitante fotocopia sellada y con fecha de entrada del impreso de solicitud.

4. En la solicitud de inscripción se podrán señalar ciclos de distintos niveles educativos (de grado medio y de grado superior) y de diferentes enseñanzas (de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño). Para ello, en la solicitud de inscripción que se presente se deberán señalar los ciclos solicitados y su correspondiente grupo de acceso, hasta un máximo de seis opciones.

5. El grupo o grupos de acceso señalados en el formulario de inscripción no podrán ser modificados en la primera fase del procedimiento de admisión. Ahora bien, en las fechas que se establecen en el anexo 3 de la presente resolución, correspondientes a la segunda fase del procedimiento de admisión, el alumnado podrá modificar dicho grupo o grupos de acceso.

6. No se podrá presentar una solicitud de inscripción a ciclos de grado medio y otra solicitud de inscripción a ciclos de grado superior. Si se presentara más de una solicitud de inscripción a ciclos, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.

7. No se podrán solicitar en el formulario de inscripción ciclos de formación profesional del mismo nivel educativo, de grado medio o de grado superior, por diferentes grupos de acceso. Asimismo, tampoco se podrán solicitar ciclos de artes plásticas y diseño del mismo nivel educativo, de grado medio o de grado superior, por diferentes grupos de acceso.

8. El alumnado que desee solicitar plaza para el Curso de Acceso a ciclos de grado superior y para ciclos formativos, deberá presentar una solicitud de inscripción con hasta seis opciones para el Curso de Acceso en el centro de primera opción y otra solicitud de inscripción con hasta seis opciones para ciclos formativos. La presentación de estas dos solicitudes de inscripción no se considerará duplicidad.

9. El alumnado que haya superado un ciclo formativo LOGSE no podrá inscribirse en el equivalente ciclo formativo LOE.

10. Los centros receptores de solicitudes de inscripción deberán introducir todas ellas por EDUCA, en el plazo reservado al efecto, y cumplimentarlas en todos sus términos.

11. Es obligatorio para los centros receptores de solicitudes de inscripción proceder al envío y notificación de la previsión de matrícula en el plazo establecido para ello, a través del programa EDUCA, apartado "Oferta centro (Anexo VII)".

Presentación de solicitudes de inscripción de alumnado menor de edad y casos de separación y divorcio.

1. Las solicitudes de inscripción de alumnado menor de edad y de casos de separación o divorcio serán válidas y eficaces siempre y cuando se encuentren en alguno de los siguientes casos:

–La solicitud de inscripción se presente con la firma de ambos progenitores.

–La solicitud de inscripción se presente con la firma de sólo uno de los progenitores, siempre que se haya marcado la casilla "Declaro bajo juramento que los progenitores/tutores estamos conformes con esta solicitud".

–La solicitud de inscripción se presente con la firma de sólo uno de los progenitores, siempre que se haya marcado la casilla "Declaro que los progenitores/tutores estamos en situación de separación, divorcio o discrepancia y aporto Resolución judicial o documentación vigente de la que se deduce que me corresponde decidir en exclusiva el centro de mi hijo/a", que aporte la documentación mencionada y de ella se deduzca que le corresponde en exclusiva la decisión.

Si de dicha documentación no se deduce que le corresponda decidir en exclusiva, se tramitará la solicitud si se puede entender que lo aceptan ambos progenitores de conformidad con los criterios establecidos en las Instrucciones para centros docentes en casos de separaciones o divorcios en la parte referida a la escolarización (apartado 1) y ha quedado acreditado con la documentación aportada.

2. En cualquier otro caso habrá que requerir a la persona solicitante para que complete su solicitud de inscripción, advirtiendo que, si no se completa en el plazo que se indique, decaerá la misma.

Documentación que se debe presentar junto a la solicitud de inscripción.

1. Será la que figura en los respectivos modelos de solicitud de inscripción, sin perjuicio del derecho de los extranjeros a acceder a la enseñanza no obligatoria en las mismas condiciones que los nacionales, según la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración.

2. La documentación que hay que adjuntar a la solicitud de inscripción es:

–Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte o equivalente.

–Documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones de acceso.

–Documentación que acredite la nota de acceso correspondiente a las enseñanzas y ciclos solicitados, conforme a lo señalado en la base 12.ª de la Orden Foral reguladora del proceso de admisión a ciclos para el curso 2016-2017. La presentación de la nota de acceso supone la confirmación de la participación en el proceso de admisión. Esta documentación se puede presentar hasta el 30 de junio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

–En el supuesto de que se haya solicitado un ciclo de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, el certificado de superación de la Prueba de aptitud artística correspondiente. Esta documentación se puede presentar hasta el 30 de junio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

–En el supuesto de que se haya solicitado un ciclo de formación profesional de grado superior con módulos impartidos en inglés, conforme a lo señalado en la oferta que figura en la web del Departamento de Educación https://www.educacion.navarra.es/web/dpto/ciclos-formativos, el certificado acreditativo del nivel B1 de inglés.

En caso de no disponer de dicho certificado acreditativo del nivel B1 de inglés, se deberá realizar una prueba de nivel de idioma que convocará el Departamento de Educación y que se realizará en el mes de junio y que tendrá efecto única y exclusivamente para al acceso a los ciclos mencionados para el curso 2016-2017.

Esta documentación se puede presentar hasta el 30 de junio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

–En el caso de solicitar plaza por alguno o algunos de los tres supuestos de reserva de plazas establecidos en la base 14.ª de la Orden Foral que regula el procedimiento de admisión para el curso 2016-2017, se deberá presentar la documentación correspondiente: documentación acreditativa de discapacidad, de la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento, de la situación de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

Esta documentación se puede presentar hasta el 30 de junio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

Confirmación de la inscripción por parte del alumnado que obtiene el título o el certificado de prueba en el curso 2015-2016 y por parte del alumnado que no ha presentado la documentación acreditativa de la nota de acceso del 9 al 13 de mayo.

1. El alumnado que se encuentra realizando en 2015-2016 el último curso de los estudios que acredita como condición de acceso o que obtiene en dicho curso el certificado de superación de la prueba de acceso, una vez superados dichos estudios o pruebas, deberá confirmar la inscripción que se realizó del 9 al 13 de mayo.

2. La confirmación de la inscripción deberá ser realizada antes de antes de las 14:00 horas del 30 de junio de 2016 en el centro en el que presentó la solicitud de inscripción.

3. Para realizar la confirmación de la inscripción, el alumnado deberá acudir al centro en el que presentó la solicitud de inscripción para:

a) Solicitar que se incorpore en su inscripción la nota de acceso correspondiente que figura en el sistema informático EDUCA, o

b) Entregar la documentación que acredite la nota de acceso correspondiente, en el caso de que no figure la misma en el sistema informático EDUCA.

El alumnado recibirá un justificante por parte del centro que acredite esta confirmación de la inscripción.

4. La no realización de esta confirmación de la inscripción supone la no participación en la fase primera del proceso de admisión.

5. Deberá realizar esta confirmación el alumnado que se encuentre realizando en 2015-2016:

a) Cuarto curso de la ESO.

b) Módulos 4 de la Educación Secundaria para personas adultas.

c) Segundo curso de un ciclo de FP Básica.

d) Segundo de Bachiller.

e) Último curso de un ciclo formativo de grado medio de formación profesional.

f) Último curso de un ciclo formativo de grado superior.

g) Último curso de estudios universitarios o equivalentes.

Igualmente, deberá realizar esta confirmación el alumnado que supere en el curso 2015-2016:

a) La prueba de acceso a ciclos de grado medio.

b) La prueba de acceso a ciclos de grado superior.

c) La prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

6. Asimismo, deberá realizar esta confirmación de la inscripción el alumnado que se haya inscrito en el plazo ordinario, del 9 al 13 de mayo, y no haya presentado la documentación acreditativa de la nota de acceso en dichas fechas.

La confirmación de la inscripción deberá ser realizada antes de antes de las 14:00 horas del 30 de junio de 2016 en el centro en el que presentó la solicitud de inscripción, mediante la presentación de la documentación acreditativa de la nota de acceso. El alumnado recibirá un justificante por parte del centro que acredite esta confirmación de la inscripción.

La no realización de esta confirmación de la inscripción supone la no participación en la fase primera del proceso de admisión.

Documentación que se debe presentar para optar a la reserva de plazas por discapacidad, deportista de alto nivel o rendimiento, y necesidades específicas de apoyo educativo.

1. La documentación a presentar por el alumnado que opta a reserva de plazas por discapacidad, por deportista de alto nivel o rendimiento o por necesidades específicas de apoyo educativo, así como los criterios para la resolución de la adjudicación de las plazas de reserva, será la señalada en la Ficha de Trámites 'Inscripción en ciclos de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño' del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3134/Oferta-e-inscripcion-en-ciclos-de-Formacion-Profesional-y-de-Artes-Plasticas-y-Diseno

2. El alumnado que solicite esta reserva de plazas, deberá aportar antes de las 14:00 horas del 30 de junio de 2016, en el centro en el que presentó la solicitud de inscripción, la documentación que acredite la condición de la reserva de plaza solicitada.

En el supuesto de no presentar dicha documentación para las fechas señaladas, la persona no podrá optar a la reserva de plazas solicitada.

3. En el supuesto de que una persona solicite reserva de plaza por más de uno de los supuestos existentes, se atenderán las reservas de plazas solicitadas en el siguiente orden:

–Primero: reserva de plaza por discapacidad.

–Segundo: reserva de plaza por situación de necesidad específica de apoyo educativo.

–Tercero: reserva de plaza por condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento.

Festivos.

1. Las fechas señaladas en el anexo 3 de la presente Resolución tienen carácter prescriptivo. Cuando alguna "Fecha fin" sea festiva en un centro, se entenderá trasladada al siguiente día no festivo dándole la debida publicidad.

Baremo de admisión.

1. Deberá figurar expuesto al público tanto los criterios de baremación como el procedimiento establecido para poder realizar una reclamación.

2. Sólo se admitirán, a efectos de baremo, aquellos criterios que puedan ser constatados documentalmente.

3. La información relativa a: los ciclos formativos de grado medio a los que se tiene acceso preferente en función del ciclo de formación profesional básica realizado, las modalidades de bachillerato y las materias de bachillerato que dan acceso preferente a los ciclos formativos de grado superior, las modalidades de prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior y las opciones de prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años que dan acceso preferente en Navarra a los ciclos formativos de grado superior, aparecerá en la Ficha de Trámites 'Inscripción en ciclos de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño' del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3134/Oferta-e-inscripcion-en-ciclos-de-Formacion-Profesional-y-de-Artes-Plasticas-y-Diseno

Nota de acceso del alumnado que se inscribe en ciclos formativos de formación profesional y de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

1. El cálculo de las notas de acceso empleadas en el procedimiento de admisión se realizará conforme a lo establecido en la base 12.ª de la Orden Foral reguladora del el procedimiento de admisión a ciclos en Navarra para el curso 2016-2017.

2. La nota de acceso deberá ser calculada por el centro de origen en el que el alumnado haya superado los estudios o pruebas que se presenten como condición de acceso a los ciclos.

3. Los centros que impartan enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos, Curso Preparatorio y Bachillerato deberán:

a) Entregar a sus ex-alumnas y ex-alumnos que se hayan inscrito en ciclos formativos, la documentación acreditativa de la nota de acceso correspondiente, con la antelación suficiente para que este alumnado pueda presentarla en las fechas establecidas.

b) Posibilitar que el alumnado que haya superado sus estudios y se haya inscrito en ciclos, pueda confirmar la inscripción realizada antes de las 14:00 horas del 30 de junio de 2016. Para ello, los centros deberán realizar con la debida antelación una de las dos siguientes opciones:

–Entregar a su alumnado la documentación con la nota de acceso correspondiente.

–Introducir en la aplicación informática EDUCA las calificaciones correspondientes a la nota de acceso.

Alumnado procedente de otros sistemas educativos.

1. Las personas solicitantes procedentes de sistemas educativos extranjeros, deberán presentar en el centro, junto con su solicitud de inscripción, el volante condicional o la credencial definitiva de homologación de estudios, en el que conste la nota media calculada.

Esta documentación deberá ser presentada, como fecha límite, antes de las 14:00 horas del 30 de junio de 2016.

2. A efectos de baremación, se tendrá en cuenta el año de obtención de la titulación en el país de origen.

Sorteo.

1. El sorteo para resolver los empates al que hace referencia las diferentes bases de la Orden Foral reguladora del proceso de admisión en ciclos para el curso 2016-2017 se realizó en el seno de la Comisión General de Escolarización de Navarra y su resultado se aplicará automáticamente en la aplicación Educa a los listados en los casos en que sea necesario.

Distribución de las plazas de nuevo acceso en ciclos formativos.

1. En los ciclos formativos de grado medio de formación profesional la distribución de las veinte plazas de nuevo acceso para cada uno de los 3 grupos de acceso es la siguiente:

ALUMNADO DE NUEVO ACCESO

GRUPO DE ACCESO 1

GRUPO DE ACCESO 2

GRUPO DE ACCESO 3

Veinte

14

4

2

2. Cuando el número de alumnos y alumnas de nuevo acceso en primer curso de un ciclo formativo de grado medio de formación profesional sea inferior a 20, la distribución de las plazas para cada uno de los 3 grupos de acceso es la siguiente:

ALUMNADO DE NUEVO INGRESO

GRUPO DE ACCESO 1

GRUPO DE ACCESO 2

GRUPO DE ACCESO 3

Diecinueve

14

3

2

Dieciocho

13

3

2

Diecisiete

12

3

2

Dieciséis

11

3

2

Quince

11

3

1

Catorce

11

2

1

Trece

10

2

1

Doce

9

2

1

Once

8

2

1

Diez

8

1

1

3. Cuando el número de plazas de nuevo acceso en ciclos formativos de grado medio de formación profesional sea superior a 20, hasta un máximo de 25 alumnos y alumnas, la distribución de las plazas para cada uno de los 3 grupos de acceso es la siguiente:

ALUMNADO DE NUEVO ACCESO

GRUPO DE ACCESO 1

GRUPO DE ACCESO 2

GRUPO DE ACCESO 3

Veintiuno

15

4

2

Veintidós

16

4

2

Veintitrés

17

4

2

Veinticuatro

17

5

2

Veinticinco

18

5

2

4. En los ciclos formativos de grado superior de formación profesional la distribución de las veinte plazas de nuevo acceso para cada uno de los 3 grupos de acceso es la siguiente:

ALUMNADO DE NUEVO ACCESO

GRUPO DE ACCESO 1

GRUPO DE ACCESO 2

GRUPO DE ACCESO 3

Veinte

12

6

2

5. Cuando el número de alumnos y alumnas de nuevo acceso en primer curso de un ciclo formativo de grado superior de formación profesional sea inferior a 20, la distribución de las plazas para cada uno de los 3 grupos de acceso es la siguiente:

ALUMNADO DE NUEVO ACCESO

GRUPO DE ACCESO 1

GRUPO DE ACCESO 2

GRUPO DE ACCESO 3

Diecinueve

11

6

2

Dieciocho

10

5

2

Diecisiete

10

5

2

Dieciséis

10

5

1

Quince

9

5

1

Catorce

9

4

1

Trece

8

4

1

Doce

8

3

1

Once

7

3

1

Diez

6

3

1

6. Cuando el número de plazas de nuevo acceso en ciclos formativos de grado superior de formación profesional sea superior a 20, hasta un máximo de 25 alumnos y alumnas, la distribución de las plazas para cada uno de los 3 grupos de acceso es la siguiente:

ALUMNADO DE NUEVO ACCESO

GRUPO DE ACCESO 1

GRUPO DE ACCESO 2

GRUPO DE ACCESO 3

Veintiuno

13

6

2

Veintidós

13

7

2

Veintitrés

14

7

2

Veinticuatro

15

7

2

Veinticinco

15

8

2

7. En los ciclos formativos de artes plásticas y diseño cuya ratio es de quince alumnas y alumnos la distribución de las plazas de nuevo acceso para cada uno de los 2 grupos de acceso es la siguiente:

ALUMNADO DE NUEVO ACCESO

GRUPO DE ACCESO 1

GRUPO DE ACCESO 2

Quince

12

3

8. Cuando el número de alumnos y alumnas de nuevo acceso en primer curso de un ciclo formativo de artes plásticas y diseño sea inferior a 15, la distribución de las plazas para cada uno de los 2 grupos de acceso es la siguiente:

ALUMNADO DE NUEVO ACCESO

GRUPO DE ACCESO 1

GRUPO DE ACCESO 2

Catorce

11

3

Trece

10

3

Doce

10

2

Once

9

2

Diez

8

2

9. En los ciclos formativos de artes plásticas y diseño cuya ratio es de treinta alumnas y alumnos la distribución de las plazas de nuevo acceso para cada uno de los 2 grupos de acceso es la siguiente:

ALUMNADO DE NUEVO ACCESO

GRUPO DE ACCESO 1

GRUPO DE ACCESO 2

Treinta

24

6

10. Cuando el número de alumnos y alumnas de nuevo acceso en primer curso de un ciclo formativo de artes plásticas y diseño sea inferior a 30, la distribución de las plazas para cada uno de los 2 grupos de acceso es la siguiente:

ALUMNADO DE NUEVO ACCESO

GRUPO DE ACCESO 1

GRUPO DE ACCESO 2

Veintinueve

23

6

Veintiocho

22

6

Veintisiete

21

6

Veintiséis

20

6

Veinticinco

20

5

Veinticuatro

19

5

Veintitrés

18

5

Veintidós

17

5

Veintiuno

16

5

Veinte

16

4

Comunicación de las plazas de nuevo acceso.

1. En desarrollo de lo establecido en el apartado 7 de la base 2.ª de la orden foral reguladora del proceso de admisión a ciclos para el curso 2016-2017, las direcciones de los centros deberán comunicar antes de las 14:00 horas del 24 de junio de 2016, mediante el procedimiento habilitado en EDUCA a tal efecto, el número de plazas de nuevo acceso para cada ciclo y grupo que oferten.

Fase primera y fase segunda del proceso de admisión del plazo ordinario: Listas provisionales y definitivas de personas admitidas.

1. Las listas, provisional y definitivas, de personas admitidas serán el medio oficial de comunicación de los resultados del procedimiento de admisión. Estas listas se harán públicas utilizando el listado que se extraiga de EDUCA y deberán exponerse en lugar visible del centro.

2. El listado provisional de personas admitidas se publicará el 5 de julio de 2016.

3. Las reclamaciones al listado provisional deberán dirigirse a la Dirección del Centro en el que se ha presentado la solicitud de inscripción, del 5 al 11 de julio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

4. En la fase primera del proceso de admisión se publicarán los siguientes listados definitivos de personas admitidas. Cada uno de estos listados definitivos tendrá su correspondiente período de matriculación:

a) Listado definitivo número 1 de personas admitidas: Se publicará el 13 de julio de 2016.

Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 1: del 14 al 18 de julio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

b) Listado definitivo número 2 de personas admitidas: Se publicará el 20 de julio de 2016.

Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 2: del 21 al 27 de julio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

c) Listado definitivo número 3 de personas admitidas: Se publicará el 26 de agosto de 2016.

Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 3: 29 y 30 de agosto de 2016 (hasta las 14:00 horas).

5. Quienes no hubieran acreditado la condición de acceso señalada en el formulario de inscripción en las fechas correspondientes y quienes modifiquen el grupo de acceso señalado, podrán hacerlo en el mes de septiembre, del 6 al 8 de septiembre (hasta las 14:00 horas).

6. En la fase segunda del proceso de admisión se publicará un listado provisional de personas admitidas el 9 de septiembre de 2016.

Las reclamaciones a este listado provisional deberán dirigirse a la Dirección del Centro en el que se ha presentado la solicitud de inscripción, del 9 al 12 de septiembre de 2016 (hasta las 14:00 horas).

En esta fase segunda se publicará un listado definitivo número 4 de personas admitidas, el 13 de septiembre de 2016.

La matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 4 se realizará el 13 y 14 de septiembre de 2016 (hasta las 14:00 horas).

7. El alumnado que haya obtenido plaza en alguno de los listados de personas admitidas mencionados, deberá actuar conforme a lo establecido en la base 13.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril.

Para la realización de la matrícula se deberá aportar la documentación que se señala en el apartado "Matrícula. Documentación de matrícula".

8. El alumnado que haya obtenido plaza en cualquiera de sus opciones señaladas y no realice la matrícula en las fechas que le correspondan, tal y como se establece en la base 13.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril, que regula el procedimiento de admisión en Navarra para el curso 2016-2017, será excluido del plazo ordinario del procedimiento de admisión.

9. El alumnado que haya obtenido plaza en una opción diferente a la primera opción elegida, en el momento de formalizar la matrícula podrá elegir entre:

a) La opción de "no mejora de opción". La elección de esta opción implica la renuncia a la posibilidad de obtener una plaza en alguna de sus opciones preferentes en los siguientes listados definitivos de personas admitidas de la primera y segunda fase del proceso de admisión del plazo ordinario.

b) La opción de "mejora de opción". La elección de esta opción implica optar a la posibilidad de obtener una plaza en alguna de sus opciones preferentes en los siguientes listados definitivos de personas admitidas de la primera y segunda fase del proceso de admisión del plazo ordinario.

En el supuesto de obtener una plaza en alguna de sus opciones preferentes en los siguientes listados definitivos de personas admitidas de la primera y segunda fase del proceso de admisión del plazo ordinario, el alumnado deberá formalizar una nueva matrícula en el centro y ciclo en el que haya obtenido la nueva plaza en las fechas correspondientes al listado de personas admitidas en el que la haya obtenido.

En caso de no realizar la nueva matrícula, este alumnado perderá la plaza en la que se encuentre matriculado y todos los derechos derivados de la matrícula efectuada.

En caso de realizar la nueva matrícula, deberá aportar la documentación que se le requiera en el nuevo ciclo y, en su caso centro. En estos casos, el centro en el que se hubiera matriculado el alumno o alumna deberá entregarle toda la documentación aportada en el momento de la matrícula, incluidos los abonos realizados, si los hubiera.

Matrícula. Documentación para la matrícula.

1. La formalización de la matrícula requerirá de los alumnos y alumnas la aportación de la siguiente documentación:

–Fotocopia del DNI, NIE, TIE, Tarjeta de estudiante o equivalente.

En todos los procesos y documentación correspondiente a los trámites de solicitud de inscripción y matriculación, el nombre y apellidos del alumno o alumna deberán coincidir con los que figuran en la documentación citada anteriormente.

Sin perjuicio del derecho de los extranjeros a acceder a estas enseñanzas en las mismas condiciones que los nacionales, según la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración.

–Se podrá requerir a los solicitantes, en determinadas circunstancias debidamente justificadas, fotocopia de la Tarjeta Sanitaria.

–Informe de los estudios médicos realizados, en caso del alumno o alumna con discapacidad, enfermedades o cualquier otra circunstancia relacionada con el estado de salud que el centro deba conocer.

–Cualquier otra documentación que sea requerida por el centro en el que se ha obtenido plaza.

Comunicación de las plazas vacantes existentes para el Procedimiento de Adjudicación de Vacantes.

1. Las direcciones de los centros deberán comunicar antes de las 13:00 horas del 15 de septiembre de 2016, mediante el procedimiento habilitado en EDUCA a tal efecto, el número de plazas vacantes existentes para cada ciclo y grupo que oferten.

2. Estas plazas vacantes existentes tras la finalización del plazo ordinario del proceso de admisión se ofertarán mediante un Procedimiento de Adjudicación de vacantes, conforme a lo establecido en las bases 2.ª y 4.ª de la Orden Foral reguladora del proceso de admisión a ciclos para el curso 2016-2017.

Procedimiento de Adjudicación de Vacantes de ciclos formativos tras el plazo ordinario.

1. Podrán presentar solicitud en el Procedimiento de Adjudicación de Vacantes:

–Quienes, habiendo presentado solicitud de inscripción en el plazo ordinario, no hayan obtenido plaza.

–Quienes no hayan presentado solicitud de inscripción en el plazo ordinario.

–Quienes hayan sido admitidos en el plazo ordinario y no hayan formalizado la matrícula o hayan renunciado a la que obtuvieron.

2. No podrá participar en este Procedimiento de Adjudicación de Vacantes el alumnado que esté matriculado en cualquier nivel educativo.

3. La solicitud se presentará conforme al modelo oficial que figure en la Ficha de Trámites 'Inscripción en ciclos de Formación Profesional y de Artes Plásticas y Diseño' del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3134/Oferta-e-inscripcion-en-ciclos-de-Formacion-Profesional-y-de-Artes-Plasticas-y-Diseno

4. El plazo de presentación de la solicitud del PAV es el determinado en el anexo 3 de esta resolución: del 19 al 20 de septiembre (hasta las 14:00 horas) de 2016.

5. La solicitud del PAV se entregará en las dependencias administrativas del centro que oferte el ciclo elegido en primera opción.

Los centros entregarán al alumnado solicitante fotocopia sellada y con fecha de entrada del impreso de solicitud.

6. No se podrá presentar más de una solicitud del PAV. Si se presentara más de una solicitud, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.

7. El alumnado que desee solicitar plaza en el PAV para el Curso de Acceso a ciclos de grado superior y para ciclos formativos, deberá presentar una solicitud con hasta diez opciones para el Curso de Acceso en el centro de primera opción y otra solicitud de inscripción con hasta diez opciones para ciclos formativos. La presentación de estas dos solicitudes del PAV no se considerará duplicidad.

8. No se podrá presentar solicitud para un ciclo y centro en el que no exista plaza vacante.

9. El alumnado que haya superado un ciclo formativo LOGSE no podrá solicitar en el PAV el equivalente ciclo formativo LOE.

10. Los centros receptores de solicitudes del PAV deberán introducir todas ellas por EDUCA, en el plazo reservado al efecto, y cumplimentarlas en todos sus términos.

11. El alumnado que se haya inscrito y haya participado en el plazo ordinario, no deberá adjuntar a la solicitud de inscripción documentación adicional.

12. El alumnado que se haya inscrito en el plazo ordinario y no haya participado en el mismo por no haber acreditado la condición de acceso, deberá adjuntar a la solicitud del PAV:

–Documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones de acceso.

–Documentación que acredite la nota de acceso correspondiente a las enseñanzas y ciclos solicitados, conforme a lo señalado en la base 12.ª de la Orden Foral reguladora del proceso de admisión a ciclos para el curso 2016-2017.

–En el supuesto de que se haya solicitado un ciclo de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, el certificado de superación de la Prueba de aptitud artística correspondiente.

–En el supuesto de que se haya solicitado un ciclo de formación profesional de grado superior con módulos impartidos en inglés, conforme a lo señalado en la oferta que figura en la web del Departamento de Educación https://www.educacion.navarra.es/web/dpto/ciclos-formativos, el certificado acreditativo del nivel B1 de inglés.

13. El alumnado que no se haya inscrito en el plazo ordinario, deberá adjuntar a la solicitud del PAV la siguiente documentación:

–Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte o equivalente.

–Documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones de acceso.

–Documentación que acredite la nota de acceso correspondiente a las enseñanzas y ciclos solicitados, conforme a lo señalado en la base 12.ª de la Orden Foral reguladora del proceso de admisión a ciclos para el curso 2016-2017.

–En el supuesto de que se haya solicitado un ciclo de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, el certificado de superación de la Prueba de aptitud artística correspondiente.

–En el supuesto de que se haya solicitado un ciclo de formación profesional de grado superior con módulos impartidos en inglés, conforme a lo señalado en la oferta que figura en la web del Departamento de Educación https://www.educacion.navarra.es/web/dpto/ciclos-formativos, el certificado acreditativo del nivel B1 de inglés.

Listas definitivas de personas admitidas en el PAV.

1. Las listas definitivas, de personas admitidas serán el medio oficial de comunicación de los resultados del PAV. Estas listas se harán públicas utilizando el listado que se extraiga de EDUCA y deberán exponerse en lugar visible del centro.

2. Se publicarán los siguientes listados definitivos de personas admitidas. Cada uno de estos listados definitivos tendrá su correspondiente período de matriculación:

a) Listado definitivo número 1 de personas admitidas del PAV: Se publicará el 22 de septiembre de 2016.

Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 1 del PAV: 23 y 26 de septiembre de 2016 (hasta las 14:00 horas).

b) En su caso, listado definitivo número 2 de personas admitidas del PAV: Se publicará el 27 de septiembre de 2016.

Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 2 del PAV: 28 y 29 de septiembre de 2016 (hasta las 14:00 horas).

3. El alumnado que haya obtenido plaza en el listado número 1 del PAV y se matricule en una opción distinta de su primera, puede optar a "mejora de opción". Deberá reflejarlo en el momento de formalizar la matrícula.

4. El alumnado que no se matricule en la plaza obtenida en el Procedimiento de Adjudicación de Vacantes en las fechas de matrícula establecidas para cada listado, perderá el derecho a la plaza obtenida y será excluido por no haber formalizado la matrícula.

5. En el supuesto de que el alumnado obtenga una plaza en alguna de sus opciones preferentes en el listado definitivo número 2 del PAV, el alumnado deberá formalizar una nueva matrícula en el centro y ciclo en el que haya obtenido la nueva plaza en las fechas correspondientes.

En caso de no realizar la nueva matrícula, este alumnado perderá la plaza en la que se encuentre matriculado y todos los derechos derivados de la matrícula efectuada.

En caso de realizar la nueva matrícula, deberá aportar la documentación que se le requiera en el nuevo ciclo y, en su caso centro. En estos casos, el centro en el que se hubiera matriculado el alumno o alumna deberá entregarle toda la documentación aportada en el momento de la matrícula, incluidos los abonos realizados, si los hubiera.

6. La Documentación que se debe aportar para realizar la matrícula es la señalada en el apartado "Matrícula. Documentación para la matrícula".

Oferta de Ciclos Formativos.

1. Si el número de inscritos es inferior a diez el Departamento de Educación se reserva la posibilidad de mantener esa oferta.

Escolarización fuera del plazo ordinario.

1. Se podrán producir nuevas incorporaciones, de alumnado que no ha obtenido plaza, para el curso ya comenzado a lo largo de los meses de septiembre y octubre. Con posterioridad a estas fechas, se reserva al centro solicitado la potestad para determinar si es posible o no la incorporación de nuevo alumnado. El alumnado que esté solicitando el traslado de su matrícula desde otro centro en el que curse la misma enseñanza, podrá incorporarse en cualquier momento a lo largo del curso escolar, si dispone de vacante y si se cumplen simultáneamente las siguientes condiciones:

–La persona reúne las condiciones de acceso.

–Si hay un cambio de domicilio que justifique la solicitud.

2. Para ello, la persona solicitante deberá realizar la solicitud en el centro educativo correspondiente, que lo comunicará al Departamento de Educación con el fin de que se proceda, en su caso, a la autorización de la matrícula.

La Comisión General de Escolarización de Navarra podrá igualmente autorizar el cambio de centro durante el curso por circunstancias excepcionales debidamente documentadas.

Compatibilización de matrículas.

1. El alumnado matriculado en enseñanzas postobligatorias y/o educación superior podrá simultanear la matrícula con enseñanzas deportivas de régimen especial siempre que existan plazas disponibles en los ciclos de estas enseñanzas, no haya lista de espera después de concluido el proceso de admisión, y exista una compatibilidad horaria mínima del 90%.

2. Podrán matricularse en las enseñanzas de bachillerato para personas adultas aquellas que, cumpliendo los requisitos académicos y de acceso a este bachillerato, se encuentren matriculados en Ciclos formativos de Grado Medio y tengan pendiente de superación únicamente el módulo de Formación en Centros de Trabajo o el módulo de Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres en el caso de Artes plásticas y diseño.

3. El alumnado que durante el curso académico 2016-17 esté matriculado en un Ciclo Formativo de Grado Medio o Superior, y desee compatibilizar dichas enseñanzas con las de Bachillerato, podrán hacerlo siempre que, cumpliendo con los requisitos de acceso, se matriculen en el Instituto de Educación Secundaria de Navarra de Personas Adultas "Félix Urabayen" en el régimen de enseñanza a distancia.

Cauces de comunicación.

–Correos electrónicos:

nescolar@navarra.es y ordenafp@navarra.es.

–Información y asesoramiento a padres y alumnos: 848 42 66 17.

–Asuntos de tramitación y admisión a centros: 848 42 69 77.

–Coordinador del Área de Escolarización: 848 42 65 57.

–Sección de Planificación, Ordenación y Desarrollo de Formación Profesional: 848 42 66 28 - 848 42 65 49 - 848 42 32 32 - 848 42 61 30.

–Fax: 848 42 69 87.

ANEXO 2

Instrucciones del curso de acceso a ciclos de grado superior

Solicitud de plaza.

1. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única solicitud de inscripción con hasta un máximo de seis opciones, señaladas por orden de preferencia. La solicitud de inscripción se ajustará al modelo oficial que aparece en la Ficha de Trámites 'Curso de Acceso a ciclos de grado superior' del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-preparatorio-de-las-pruebas-de-acceso-a-ciclos-formativos-de-grado-superior

2. El plazo de presentación de la solicitud de inscripción es el determinado en el anexo 3 de esta resolución: del 9 al 13 de mayo (hasta las 14:00 horas) de 2016.

3. La solicitud de inscripción se entregará en las dependencias administrativas del centro que oferte el curso de acceso elegido en primera opción.

Los centros entregarán al alumnado solicitante fotocopia sellada y con fecha de entrada del impreso de solicitud.

4. En la solicitud de inscripción se podrán señalar cursos de acceso a ciclos de grado superior de diferentes modalidades, hasta un máximo de seis opciones.

5. Si se presentara más de una solicitud de inscripción al curso de acceso a ciclos de grado superior, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.

6. El alumnado que desee solicitar plaza para el Curso de Acceso a ciclos de grado superior y para ciclos formativos, deberá presentar una solicitud de inscripción con hasta seis opciones para el Curso de Acceso en el centro de primera opción y otra solicitud de inscripción con hasta seis opciones para ciclos formativos. La presentación de estas dos solicitudes de inscripción no se considerará duplicidad.

7. El alumnado que haya cursado el Curso Preparatorio de las pruebas de acceso a ciclos de grado superior no podrá inscribirse en el Curso de Acceso a ciclos de grado superior.

8. Los centros receptores de solicitudes de inscripción deberán introducir todas ellas por EDUCA, en el plazo reservado al efecto, y cumplimentarlas en todos sus términos.

9. Es obligatorio para los centros receptores de solicitudes de inscripción proceder al envío y notificación de la previsión de matrícula en el plazo establecido para ello, a través del programa EDUCA, apartado "Oferta centro (Anexo VII)".

Presentación de solicitudes de inscripción de alumnado menor de edad y casos de separación y divorcio.

1. Resultan de aplicación las instrucciones realizadas en el anexo 1 para los ciclos formativos.

Documentación que se debe presentar junto a la solicitud de inscripción.

1. Será la que figura en los respectivos modelos de solicitud de inscripción, sin perjuicio del derecho de los extranjeros a acceder a la enseñanza no obligatoria en las mismas condiciones que los nacionales, según la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración.

2. La documentación que hay que adjuntar a la solicitud de inscripción es:

–Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte o equivalente.

–Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de acceso.

–Documentación que acredite la nota de acceso correspondiente al Curso de Acceso, conforme a lo señalado en la base 12.ª de la Orden Foral reguladora del proceso de admisión a ciclos para el curso 2016-2017. La presentación de la nota de acceso supone la confirmación de la participación en el proceso de admisión. Esta documentación se puede presentar hasta el 30 de junio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

–En el caso de solicitar plaza por alguno o algunos de los tres supuestos de reserva de plazas establecidos en la base 14.ª de la Orden Foral que regula el procedimiento de admisión para el curso 2016-2017, se deberá presentar la documentación correspondiente: documentación acreditativa de discapacidad, de la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento, de la situación de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Esta documentación se puede presentar hasta el 30 de junio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

Confirmación de la inscripción por parte del alumnado que obtiene el título de técnico en el curso 2015-2016 y por parte del alumnado que no ha presentado la documentación acreditativa de la nota de acceso del 9 al 13 de mayo.

1. El alumnado que se encuentra realizando en 2015-2016 el último curso del ciclo de grado medio, una vez superados dichos estudios, deberá confirmar la inscripción que se realizó del 9 al 13 de mayo.

2. La confirmación de la inscripción deberá ser realizada antes de antes de las 14:00 horas del 30 de junio de 2016 en el centro en el que presentó la solicitud de inscripción.

3. Para realizar la confirmación de la inscripción, el alumnado deberá acudir al centro en el que presentó la solicitud de inscripción para:

a) Solicitar que se incorpore en su inscripción la nota de acceso correspondiente que figura en el sistema informático EDUCA, o

b) Entregar la documentación que acredite la nota de acceso correspondiente, en el caso de que no figure la misma en el sistema informático EDUCA.

El alumnado recibirá un justificante por parte del centro que acredite esta confirmación de la inscripción.

4. La no realización de esta confirmación de la inscripción supone la no participación en la fase primera del proceso de admisión.

5. Deberá realizar esta confirmación el alumnado que se encuentre realizando en 2015-2016 el último curso de un ciclo formativo de grado medio.

6. Asimismo, deberá realizar esta confirmación de la inscripción el alumnado que se haya inscrito en el plazo ordinario, del 9 al 13 de mayo, y no haya presentado la documentación acreditativa de la nota de acceso en dichas fechas.

La confirmación de la inscripción deberá ser realizada antes de antes de las 14:00 horas del 30 de junio de 2016 en el centro en el que presentó la solicitud de inscripción, mediante la presentación de la documentación acreditativa de la nota de acceso. El alumnado recibirá un justificante por parte del centro que acredite esta confirmación de la inscripción.

La no realización de esta confirmación de la inscripción supone la no participación en la fase primera del proceso de admisión.

Documentación que se debe presentar para optar a la reserva de plazas por discapacidad, deportista de alto nivel o rendimiento, y necesidades específicas de apoyo educativo.

1. La documentación a presentar por el alumnado que opta a reserva de plazas por discapacidad, por deportista de alto nivel o rendimiento o por necesidades específicas de apoyo educativo, así como los criterios para la resolución de la adjudicación de las plazas de reserva, será la señalada en la Ficha de Trámites 'Curso de Acceso a ciclos de grado superior' del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-preparatorio-de-las-pruebas-de-acceso-a-ciclos-formativos-de-grado-superior

2. El alumnado que solicite esta reserva de plazas, deberá aportar antes de las 14:00 horas del 30 de junio de 2016, en el centro en el que presentó la solicitud de inscripción, la documentación que acredite la condición de la reserva de plaza solicitada.

En el supuesto de no presentar dicha documentación para las fechas señaladas, la persona no podrá optar a la reserva de plazas solicitada.

3. En el supuesto de que una persona solicite reserva de plaza por más de uno de los supuestos existentes, se atenderán las reservas de plazas solicitadas en el siguiente orden:

–Primero: reserva de plaza por discapacidad.

–Segundo: reserva de plaza por situación de necesidad específica de apoyo educativo.

–Tercero: reserva de plaza por condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento.

Festivos.

1. Las fechas señaladas en el anexo 3 de la presente Resolución tienen carácter prescriptivo. Cuando alguna "Fecha fin" sea festiva en un centro, se entenderá trasladada al siguiente día no festivo dándole la debida publicidad.

Baremo de admisión.

1. Deberá figurar expuesto al público tanto los criterios de baremación como el procedimiento establecido para poder realizar una reclamación.

2. Sólo se admitirán, a efectos de baremo, aquellos criterios que puedan ser constatados documentalmente.

3. La información relativa a la relación a efectos de acceso entre ciclos formativos de grado medio y las modalidades de Curso de Acceso a ciclos de grado superior, aparecerá en la Ficha de Trámites 'Curso de Acceso a ciclos de grado superior' del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-preparatorio-de-las-pruebas-de-acceso-a-ciclos-formativos-de-grado-superior

Nota de acceso del alumnado que se inscribe en el Curso de Acceso a ciclos de grado superior.

1. El cálculo de la nota de acceso empleada en el procedimiento de admisión se realizará conforme a lo establecido en la base 12.ª de la Orden Foral reguladora del el procedimiento de admisión al Curso de Acceso en Navarra para el curso 2016-2017.

2. La nota de acceso deberá ser calculada por el centro de origen en el que el alumnado haya superado el ciclo de grado medio.

3. Los centros que impartan Ciclos Formativos de grado medio deberán:

a) Entregar a sus ex-alumnas y ex-alumnos que se hayan inscrito en el Curso de Acceso a ciclos de grado superior, la documentación acreditativa de la nota de acceso correspondiente, con la antelación suficiente para que este alumnado pueda presentarla en las fechas establecidas.

b) Posibilitar que el alumnado que haya superado el ciclo de grado medio y se haya inscrito en el Curso de Acceso a ciclos de grado superior, pueda confirmar la inscripción realizada antes de las 14:00 horas del 30 de junio de 2016. Para ello, los centros deberán realizar con la debida antelación una de las dos siguientes opciones:

–Entregar a su alumnado la documentación con la nota de acceso correspondiente.

–Introducir en la aplicación informática EDUCA las calificaciones correspondientes a la nota de acceso.

Alumnado procedente de otros sistemas educativos.

1. Las personas solicitantes procedentes de sistemas educativos extranjeros, deberán presentar en el centro, junto con su solicitud de inscripción, el volante condicional o la credencial definitiva de homologación de estudios, en el que conste la nota media calculada.

Esta documentación deberá ser presentada, como fecha límite, antes de las 14:00 horas del 30 de junio de 2016.

2. A efectos de baremación, se tendrá en cuenta el año de obtención de la titulación en el país de origen.

Sorteo.

1. El sorteo para resolver los empates al que hace referencia las diferentes bases de la Orden Foral reguladora del proceso de admisión en el curso de acceso para el curso 2016-2017 se realizó en el seno de la Comisión General de Escolarización de Navarra y su resultado se aplicará automáticamente en la aplicación Educa a los listados en los casos en que sea necesario.

Comunicación de las plazas de nuevo acceso.

1. En desarrollo de lo establecido en el apartado 7 de la base 2.ª de la orden foral reguladora del proceso de admisión a ciclos para el curso 2016-2017, las direcciones de los centros deberán comunicar antes de las 14:00 horas del 24 de junio de 2016, mediante el procedimiento habilitado en EDUCA a tal efecto, el número de plazas de nuevo acceso para cada modalidad de Curso de Acceso y grupo que oferten.

Fase primera y fase segunda del proceso de admisión del plazo ordinario: Listas provisionales y definitivas de personas admitidas.

1. Las listas, provisional y definitivas, de personas admitidas serán el medio oficial de comunicación de los resultados del procedimiento de admisión. Estas listas se harán públicas utilizando el listado que se extraiga de EDUCA y deberán exponerse en lugar visible del centro.

2. El listado provisional de personas admitidas se publicará el 5 de julio de 2016.

3. Las reclamaciones al listado provisional deberán dirigirse a la Dirección del Centro en el que se ha presentado la solicitud de inscripción, del 5 al 11 de julio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

4. En la fase primera del proceso de admisión se publicarán los siguientes listados definitivos de personas admitidas. Cada uno de estos listados definitivos tendrá su correspondiente período de matriculación:

a) Listado definitivo número 1 de personas admitidas: Se publicará el 13 de julio de 2016.

Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 1: del 14 al 18 de julio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

b) Listado definitivo número 2 de personas admitidas: Se publicará el 20 de julio de 2016.

Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 2: del 21 al 27 de julio de 2016 (hasta las 14:00 horas).

c) Listado definitivo número 3 de personas admitidas: Se publicará el 26 de agosto de 2016.

Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 3: 29 y 30 de agosto de 2016 (hasta las 14:00 horas).

5. Quienes no hubieran acreditado los requisitos de acceso señalados en el formulario de inscripción en las fechas correspondientes, podrán hacerlo en el mes de septiembre, del 6 al 8 de septiembre (hasta las 14:00 horas).

6. En la fase segunda del proceso de admisión se publicará un listado provisional de personas admitidas el 9 de septiembre de 2016.

Las reclamaciones a este listado provisional deberán dirigirse a la Dirección del Centro en el que se ha presentado la solicitud de inscripción, del 9 al 12 de septiembre de 2016 (hasta las 14:00 horas).

En esta fase segunda se publicará un listado definitivo número 4 de personas admitidas, el 13 de septiembre de 2016.

La matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 4 se realizará el 13 y 14 de septiembre de 2016 (hasta las 14:00 horas).

7. El alumnado que haya obtenido plaza en alguno de los listados de personas admitidas mencionados, deberá actuar conforme a lo establecido en la base 13.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril.

Para la realización de la matrícula se deberá aportar la documentación que se señala en el apartado "Matrícula. Documentación de matrícula".

8. El alumnado que haya obtenido plaza en cualquiera de sus opciones señaladas y no realice la matrícula en las fechas que le correspondan, tal y como se establece en la base 13.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril, que regula el procedimiento de admisión en Navarra para el curso 2016-2017, será excluido del plazo ordinario del procedimiento de admisión.

9. Alumnado que haya presentado única y exclusivamente una solicitud de inscripción al Curso de acceso a ciclos de grado superior: El alumnado que haya obtenido plaza en el curso de acceso en una opción diferente a la primera opción elegida, y en el momento de formalizar la matrícula elija:

a) La "no mejora de opción", renuncia a la posibilidad de obtener una plaza en alguna de sus opciones preferentes en los siguientes listados definitivos de personas admitidas de la primera y segunda fase del proceso de admisión del plazo ordinario.

b) La "mejora de opción", opta a la posibilidad de obtener una plaza en alguna de sus opciones preferentes en los siguientes listados definitivos de personas admitidas de la primera y segunda fase del proceso de admisión del plazo ordinario.

10. Alumnado que haya presentado una solicitud de inscripción al Curso de acceso a ciclos de grado superior y una solicitud de inscripción a Ciclos Formativos de grado superior: Este alumnado se puede encontrar en alguna de las siguientes situaciones:

10.1. Alumnado que haya obtenido plaza en el Curso de Acceso en la primera de sus opciones elegidas y que no haya obtenido plaza en los ciclos formativos de grado superior elegidos. Este alumnado en el momento de formalizar la matrícula en el Curso de Acceso podrá elegir:

a) La opción de "no mejora de opción". Ello significa que renuncia a la posibilidad de obtener una plaza en alguno de los ciclos formativos de grado superior elegidos en los siguientes listados definitivos de personas admitidas de la primera y segunda fase del proceso de admisión del plazo ordinario.

b) La opción de "mejora de opción". Ello significa que opta a la posibilidad de obtener una plaza en alguno de los ciclos formativos de grado superior elegidos en los siguientes listados definitivos de personas admitidas de la primera y segunda fase del proceso de admisión del plazo ordinario.

10.2. Alumnado que haya obtenido plaza en el Curso de Acceso en una opción diferente a la primera opción elegida y que no haya obtenido plaza en los ciclos formativos de grado superior elegidos. Este alumnado en el momento de formalizar la matrícula en el Curso de Acceso podrá elegir:

a) La opción de "no mejora de opción". Ello significa que renuncia a la posibilidad de obtener una plaza en alguna de sus opciones preferentes de Cursos de Acceso y en los ciclos formativos de grado superior elegidos, en los siguientes listados definitivos de personas admitidas de la primera y segunda fase del proceso de admisión del plazo ordinario.

b) La opción de "mejora de opción". Ello significa que opta a la posibilidad de obtener una plaza en alguna de sus opciones preferentes de Curso de Acceso y en alguno de los ciclos formativos de grado superior elegidos, en los siguientes listados definitivos de personas admitidas de la primera y segunda fase del proceso de admisión del plazo ordinario.

11. Si tras la elección de la opción de "mejora de opción" referida en los apartados 9 y 10, el alumnado obtiene una plaza en alguna de sus opciones preferentes de Curso de Acceso o una plaza en ciclos formativos de grado superior, en los siguientes listados definitivos de personas admitidas de la primera y segunda fase del proceso de admisión del plazo ordinario, el alumnado deberá formalizar una nueva matrícula en el centro y curso/ciclo en el que haya obtenido la nueva plaza en las fechas correspondientes al listado de personas admitidas en el que la haya obtenido.

En caso de no realizar la nueva matrícula, este alumnado perderá la plaza en la que se encuentre matriculado y todos los derechos derivados de la matrícula efectuada.

En caso de realizar la nueva matrícula, deberá aportar la documentación que se le requiera en el nuevo curso/ciclo y, en su caso centro. En estos casos, el centro en el que se hubiera matriculado el alumno o alumna deberá entregarle toda la documentación aportada en el momento de la matrícula, incluidos los abonos realizados, si los hubiera.

Matrícula. Documentación para la matrícula.

1. La formalización de la matrícula requerirá de los alumnos y alumnas la aportación de la siguiente documentación:

–Fotocopia del DNI, NIE, TIE, Tarjeta de estudiante o equivalente.

En todos los procesos y documentación correspondiente a los trámites de solicitud de inscripción y matriculación, el nombre y apellidos del alumno o alumna deberán coincidir con los que figuran en la documentación citada anteriormente.

Sin perjuicio del derecho de los extranjeros a acceder a estas enseñanzas en las mismas condiciones que los nacionales, según la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración.

–Se podrá requerir a los solicitantes, en determinadas circunstancias debidamente justificadas, fotocopia de la Tarjeta Sanitaria.

–Informe de los estudios médicos realizados, en caso del alumno o alumna con discapacidad, enfermedades o cualquier otra circunstancia relacionada con el estado de salud que el centro deba conocer.

–Cualquier otra documentación que sea requerida por el centro en el que se ha obtenido plaza.

Comunicación de las plazas vacantes existentes para el Procedimiento de Adjudicación de Vacantes.

1. Las direcciones de los centros deberán comunicar antes de las 13:00 horas del 15 de septiembre de 2016, mediante el procedimiento habilitado en EDUCA a tal efecto, el número de plazas vacantes existentes para cada ciclo y grupo que oferten.

2. Estas plazas vacantes existentes tras la finalización del plazo ordinario del proceso de admisión se ofertarán mediante un Procedimiento de Adjudicación de vacantes, conforme a lo establecido en las bases 2.ª y 4.ª de la Orden Foral reguladora del proceso de admisión al Curso de Acceso a ciclos de grado superior para el curso 2016-2017.

Procedimiento de Adjudicación de Vacantes del Curso de Acceso a ciclos de grado superior tras el plazo ordinario.

1. Podrán presentar solicitud en el Procedimiento de Adjudicación de Vacantes:

–Quienes, habiendo presentado solicitud de inscripción en el plazo ordinario, no hayan obtenido plaza.

–Quienes no hayan presentado solicitud de inscripción en el plazo ordinario.

–Quienes hayan sido admitidos en el plazo ordinario y no hayan formalizado la matrícula o hayan renunciado a la que obtuvieron.

2. No podrá participar en este Procedimiento de Adjudicación de Vacantes el alumnado que esté matriculado en cualquier nivel educativo.

3. La solicitud se presentará conforme al modelo oficial que figure en la Ficha de Trámites 'Curso de Acceso a ciclos de grado superior' del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-preparatorio-de-las-pruebas-de-acceso-a-ciclos-formativos-de-grado-superior

4. El plazo de presentación de la solicitud del PAV es el determinado en el anexo 3 de esta resolución: del 19 al 20 de septiembre (hasta las 14:00 horas) de 2016.

5. La solicitud del PAV se entregará en las dependencias administrativas del centro que oferte el Curso de Acceso elegido en primera opción.

Los centros entregarán al alumnado solicitante fotocopia sellada y con fecha de entrada del impreso de solicitud.

6. No se podrá presentar más de una solicitud del PAV. Si se presentara más de una solicitud, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.

7. El alumnado que desee solicitar plaza en el PAV para el Curso de Acceso a ciclos de grado superior y para ciclos formativos, deberá presentar una solicitud con hasta diez opciones para el Curso de Acceso en el centro de primera opción y otra solicitud de inscripción con hasta diez opciones para ciclos formativos. La presentación de estas dos solicitudes del PAV no se considerará duplicidad.

8. No se podrá presentar solicitud para un Curso de Acceso y centro en el que no exista plaza vacante.

9. El alumnado que haya cursado el Curso Preparatorio de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior no podrá solicitar en plaza en el PAV.

10. Los centros receptores de solicitudes del PAV deberán introducir todas ellas por EDUCA, en el plazo reservado al efecto, y cumplimentarlas en todos sus términos.

11. El alumnado que se haya inscrito y haya participado en el plazo ordinario, no deberá adjuntar a la solicitud de inscripción documentación adicional.

12. El alumnado que se haya inscrito en el plazo ordinario y no haya participado en el mismo por no haber acreditado la condición de acceso, deberá adjuntar a la solicitud del PAV:

–Documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones de acceso.

–Documentación que acredite la nota de acceso correspondiente, conforme a lo señalado en la base 12.ª de la Orden Foral reguladora del proceso de admisión a ciclos para el curso 2016-2017.

13. El alumnado que no se haya inscrito en el plazo ordinario, deberá adjuntar a la solicitud del PAV la siguiente documentación:

–Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte o equivalente.

–Documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones de acceso.

–Documentación que acredite la nota de acceso correspondiente, conforme a lo señalado en la base 12.ª de la Orden Foral reguladora del proceso de admisión a ciclos para el curso 2016-2017.

Listas definitivas de personas admitidas en el PAV.

1. Las listas definitivas, de personas admitidas serán el medio oficial de comunicación de los resultados del PAV. Estas listas se harán públicas utilizando el listado que se extraiga de EDUCA y deberán exponerse en lugar visible del centro.

2. Se publicarán los siguientes listados definitivos de personas admitidas. Cada uno de estos listados definitivos tendrá su correspondiente período de matriculación:

a) Listado definitivo número 1 de personas admitidas del PAV: Se publicará el 22 de septiembre de 2016.

Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 1 del PAV: 23 y 26 de septiembre de 2016 (hasta las 14:00 horas).

b) En su caso, listado definitivo número 2 de personas admitidas del PAV: Se publicará el 27 de septiembre de 2016.

Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 2 del PAV: 28 y 29 de septiembre de 2016 (hasta las 14:00 horas).

3. Alumnado que haya presentado única y exclusivamente una solicitud en el PAV para Curso de Acceso: El alumnado que haya obtenido plaza en el listado número 1 del PAV y se matricule en una opción distinta de su primera, puede optar a "mejora de opción". Deberá reflejarlo en el momento de formalizar la matrícula.

4. Alumnado que haya presentado una solicitud en el PAV para el Curso de acceso a ciclos de grado superior y una solicitud en el PAV para Ciclos Formativos de grado superior: Este alumnado se puede encontrar en alguna de las siguientes situaciones:

4.1. Alumnado que haya obtenido plaza en el listado número 1 del PAV en el Curso de Acceso en la primera de sus opciones elegidas y que no haya obtenido plaza en los ciclos formativos de grado superior elegidos. Este alumnado en el momento de formalizar la matrícula en el Curso de Acceso podrá elegir:

a) La opción de "no mejora de opción". Ello significa que renuncia a la posibilidad de obtener una plaza en el listado número 2 del PAV en alguno de los ciclos formativos de grado superior elegidos.

b) La opción de "mejora de opción". Ello significa que opta a la posibilidad de obtener una plaza en el listado número 2 del PAV en alguno de los ciclos formativos de grado superior elegidos.

4.2. Alumnado que haya obtenido plaza en el listado número 1 del PAV en el Curso de Acceso en una opción diferente a la primera opción elegida y que no haya obtenido plaza en los ciclos formativos de grado superior elegidos. Este alumnado en el momento de formalizar la matrícula en el Curso de Acceso podrá elegir:

a) La opción de "no mejora de opción". Ello significa que renuncia a la posibilidad de obtener una plaza en el listado número 2 del PAV en alguna de sus opciones preferentes de Cursos de Acceso y en los ciclos formativos de grado superior elegidos.

b) La opción de "mejora de opción". Ello significa que opta a la posibilidad de obtener una plaza en el listado número 2 del PAV en alguna de sus opciones preferentes de Curso de Acceso y en alguno de los ciclos formativos de grado superior elegidos.

5. El alumnado que no se matricule en la plaza obtenida en el Procedimiento de Adjudicación de Vacantes en las fechas de matrícula establecidas para cada listado, perderá el derecho a la plaza obtenida y será excluido por no haber formalizado la matrícula.

En el supuesto de que el alumnado obtenga una plaza en alguna de sus opciones preferentes de Curso de Acceso o una plaza en alguno de los ciclos formativos de grado superior elegidos, en el listado definitivo número 2 del PAV, el alumnado deberá formalizar una nueva matrícula en el centro y curso/ciclo en el que haya obtenido la nueva plaza en las fechas correspondientes.

En caso de no realizar la nueva matrícula, este alumnado perderá la plaza en la que se encuentre matriculado y todos los derechos derivados de la matrícula efectuada.

En caso de realizar la nueva matrícula, deberá aportar la documentación que se le requiera en el nuevo curso/ciclo y, en su caso centro. En estos casos, el centro en el que se hubiera matriculado el alumno o alumna deberá entregarle toda la documentación aportada en el momento de la matrícula, incluidos loa abonos realizados, si los hubiera.

La Documentación que se debe aportar para realizar la matrícula es la señalada en el apartado "Matrícula. Documentación para la matrícula".

Oferta de Curso de Acceso.

1. Si el número de inscritos es inferior a diez el Departamento de Educación se reserva la posibilidad de mantener esa oferta.

Escolarización fuera del plazo ordinario.

1. Se podrán producir nuevas incorporaciones, de alumnado que no ha obtenido plaza, para el curso ya comenzado a lo largo de los meses de septiembre y octubre. Con posterioridad a estas fechas, se reserva al centro solicitado la potestad para determinar si es posible o no la incorporación de nuevo alumnado. El alumnado que esté solicitando el traslado de su matrícula desde otro centro en el que curse la misma enseñanza, podrá incorporarse en cualquier momento a lo largo del curso escolar, si dispone de vacante y si se cumplen simultáneamente las siguientes condiciones:

–La persona reúne las condiciones de acceso.

–Si hay un cambio de domicilio que justifique la solicitud.

2. Para ello, la persona solicitante deberá realizar la solicitud en el centro educativo correspondiente, que lo comunicará al Departamento de Educación con el fin de que se proceda, en su caso, a la autorización de la matrícula.

La Comisión General de Escolarización de Navarra podrá igualmente autorizar el cambio de centro durante el curso por circunstancias excepcionales debidamente documentadas.

Compatibilización de matrículas.

1. El alumnado matriculado en el Curso de Acceso a ciclos de grado superior podrá simultanear la matrícula con enseñanzas deportivas de régimen especial siempre que existan plazas disponibles en los ciclos de estas enseñanzas, no haya lista de espera después de concluido el proceso de admisión, y exista una compatibilidad horaria mínima del 90%.

2. No se podrá estar matriculado simultáneamente en el Curso de Acceso a ciclos de grado superior y en las enseñanzas de bachillerato para personas adultas.

Cauces de comunicación.

–Correos electrónicos:

nescolar@navarra.es y ordenafp@navarra.es.

–Información y asesoramiento a padres y alumnos: 848 42 66 17.

–Asuntos de tramitación y admisión a centros: 848 42 69 77.

–Coordinador del Área de Escolarización: 848 42 65 57.

–Sección de Planificación, Ordenación y Desarrollo de Formación Profesional: 848 42 66 28 - 848 42 65 49 - 848 42 32 32 - 848 42 61 30.

–Fax: 848 42 69 87.

ANEXO 3

Curso 2016-2017 - Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior - Curso de Acceso a Ciclos de Grado Superior

PROCESO

FECHA INICIO

FECHA FIN

FASE PRIMERA DEL PLAZO ORDINARIO

Plazo de inscripción (presentación de solicitudes de inscripción)

9 de mayo

13 de mayo

Hasta las 14:00 h.

Fecha límite de introducción de datos por EDUCA del alumnado inscrito

20 de mayo

Envío y notificación por EDUCA del Anexo VII (Datos previsión matrícula)

25 de mayo

Comunicación al Departamento de Educación de las plazas de nuevo acceso por ciclo/curso de acceso y grupo

24 de junio

Hasta las 14:00 h.

Fecha límite de presentación de la documentación acreditativa de la nota de acceso

30 de junio

Hasta las 14:00 h.

Fecha límite de presentación de otros requisitos de acceso (prueba de aptitud artística, nivel B1 de inglés), en su caso

30 de junio

Hasta las 14:00 h.

Fecha límite de presentación de la documentación acreditativa para optar a reserva de plazas por discapacidad, deportista de alto nivel o rendimiento, necesidades específicas de apoyo educativo

30 de junio

Hasta las 14:00 h.

Publicación de listado provisional de personas admitidas

5 de julio

Presentación de reclamaciones al listado provisional de personas admitidas

5 de julio

11 de julio

Hasta las 14:00 h.

Publicación del listado definitivo número 1 de personas admitidas

13 de julio

Fechas de matriculación correspondientes al listado definitivo número 1 de personas admitidas

14 de julio

18 de julio

Hasta las 14:00 h.

Publicación del listado definitivo número 2 de personas admitidas

20 de julio

Fechas de matriculación correspondientes al listado definitivo número 2 de personas admitidas

21 de julio

27 de julio

Hasta las 14:00 h.

Envío y notificación por EDUCA de Anexo VII (Datos alumnado matriculado)

28 de julio

29 de julio

Publicación del listado definitivo número 3 de personas admitidas

26 de agosto

Fechas de matriculación correspondientes al listado definitivo número 3 de personas admitidas

29 de agosto

30 de agosto

Hasta las 14:00 h.

FASE SEGUNDA DEL PLAZO ORDINARIO

Presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones de acceso

6 de septiembre

8 de septiembre

Hasta las 14:00 h.

Publicación de listado provisional de personas admitidas

9 de septiembre

Presentación de reclamaciones al listado provisional de personas admitidas

9 de septiembre

12 de septiembre

Hasta las 14:00 h.

Publicación del listado definitivo número 4 de personas admitidas

13 de septiembre

Fechas de matriculación correspondientes al listado definitivo número 4 de personas admitidas

13 de septiembre

14 de septiembre

Hasta las 14:00 h.

Envío y notificación por EDUCA del Anexo VII (Datos alumnado matriculado)

15 de septiembre

Comunicación al Departamento de Educación de las plazas vacantes existentes para el Procedimiento de Adjudicación de Vacantes

15 de septiembre

Hasta las 13:00 h.

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE VACANTES (PAV)

Presentación de solicitudes para el PAV

19 de septiembre

20 de septiembre

Hasta las 14:00 h.

Fecha límite de introducción de datos por EDUCA del alumnado inscrito en el PAV

21 de septiembre

Publicación del listado de admitidos número 1 del PAV

22 de septiembre

Matrícula del alumnado admitido en el listado de admitidos número 1

23 de septiembre

26 de septiembre

Hasta las 14:00 h.

Publicación, en su caso, del listado de admitidos número 2 del PAV

27 de septiembre

Matrícula del alumnado admitido en el listado de admitidos número 2

28 de septiembre

29 de septiembre

Hasta las 14:00 h.

F1605283

Código del anuncio: F1605283