BOLETÍN Nº 88 - 9 de mayo de 2016

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO CINCO DE TUDELA

Edicto. Procedimiento 279/2014

Doña Edurne Miranda Ortiz de Latierro, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cinco de Tudela.

Hago saber que en el expediente de dominio seguido para Expediente de dominio. Reanudación del tracto en este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cinco al número 279/2014 de la siguiente finca:

“Rústica en el término de Soto del Prior, jurisdicción de Fustiñana, mide treinta y tres áreas y trece centiáreas; linda, Norte, Julián Urzaiz; Sur, riego; Este, Andrés Beltrán y Oeste, carretera”, siendo esta la descripción que figura en el expositivo II.1 de la escritura de aceptación de herencia otorgada en Cascante el 30 de julio de 2013, al número de Protocolo 599 de la Notario María José Bustillo Fernández.

Sin embargo dicha finca figura registralmente inscrita en cuanto a una mitad indivisa a nombre de doña Montserrat Gayarre Gil y en cuanto a otra mitad indivisa a nombre de don Isidro Arrondo Zabalza y como finca número 459, al fólio 162, del tomo 3616, del libro 99 de Fustiñana, IDUFIR 31018000794058 y se describe del siguiente modo: “Rústica.–Tierra de regadío en jurisdicción de Fustiñana, término Soto Prior, polígono 2, parcela 480, de tres robadas y once almutadas, equivalentes a treinta y tres áreas y trece centiáreas de superficie. Linda; Norte, riego que la separa de la parcela 434 de María Dolores Lete Oviedo; Sur, carretera; Este, parcela 479 de Pilar Galindo del Arco; y Oeste, parcela 481 de Félix Arrondo Salvatierra”.

Se ha acordado citar a las siguientes personas:

A Isidro Arrondo Zabalza, titular registral junto con Montserrat Gayarre Gil, por medio de Edictos; cítese igualmente a los titulares anteriores de quienes proceden los bienes que son los causahabientes de doña Joséfina Gil Litago y don Juan Gayarre Sola y que son los siguientes: don José Javier Gayarre Gil, doña Ana María Gayarre Gil, don Jesús Angel Gayarre Gil, doña María Lourdes Gayarre Gil, don Luis Gayarre Gil, don Alberto José Gayarre Gil y doña Montserrat Gayarre Gil y a cuantas personas ignoradas pudiera perjudicar la inscripción solicitada de la finca anteriormente descrita, a fin de que dentro de los diez días siguientes a su publicación, puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Y para que sirva de citación y emplazamiento en forma a los mismos, libro el presente.

Tudela, 3 de abril de 2016.–La Letrada de la Administración de Justicia, Edurne Miranda Ortiz de Latierro.

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