BOLETÍN Nº 85 - 4 de mayo de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

Extracto de Resolución 420/2016, de 12 de abril, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se establecen las ayudas destinadas al sector cunícola, acogidas al régimen de mínimis, y se aprueba la convocatoria para el año 2016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): BDNS (Identificación): 304401.

Primero.–Beneficiarios:

Serán beneficiarios de estas ayudas los titulares de explotaciones cunícolas inscritas en el registro general de explotaciones ganaderas (REGA) con anterioridad al 1 de enero de 2016, que dispongan de al menos 100 conejas reproductoras a fecha 31 de marzo de 2016.

Segundo.–Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto establecer ayudas para apoyar a las explotaciones ganaderas del sector cunícola, con la finalidad de paliar las dificultades que dichas explotaciones viene experimentando como consecuencia de la situación de crisis que atraviesa este sector ganadero.

Tercero.–Bases reguladoras.

Las bases reguladoras se encuentran en la Resolución 420/2016, de 12 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a explotaciones ganaderas del sector cunícola, acogidas al régimen de mínimis, y se aprueba la convocatoria para el año 2016.

Cuarto.–Cuantía.

Autorizar un gasto de 50.000 euros que origina la aplicación de estas ayudas con cargo a la partida 710004-71310-4700-412207”(E) Ayuda excepcional de crisis” de los Presupuestos Generales de 2016, para atender a los compromisos de gastos derivados de esta Resolución.

Quinto.–Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Sexto.–Otros datos.

En el caso de que las solicitudes admitidas sobrepasen el límite presupuestario consignado, la concesión de las ayudas se realizará en función de la condición de los solicitantes y se atenderán primero solicitudes correspondientes a titulares cuya explotación tiene la consideración de agricultor a título principal (ATP), en el caso de persona física y explotación prioritaria en el caso de ser persona jurídica.

Pamplona, 12 de abril de 2016.–El Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

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