BOLETÍN Nº 69 - 12 de abril de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 90/2016, de 22 de marzo, del Director General de Educación, por la que se regula la convocatoria de integración en la Red de Escuelas Solidarias para los centros de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra para el curso 2016/2017.

La Ley Foral 5/2001, de 9 de marzo, de Cooperación al Desarrollo establece en el artículo 7 que las Administraciones Públicas de Navarra incluirán en sus programas de cooperación al desarrollo la realización, directamente o en colaboración con las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo, acciones de Educación para el Desarrollo y Sensibilización Social, entendiendo por ello el conjunto de actividades que favorezcan una mejor percepción de la sociedad hacia los problemas que afectan a los países en desarrollo y que estimulen la solidaridad y cooperación activas con los mismos. Al amparo de esta Ley Foral, se consensúo en el seno del Consejo Navarro de Cooperación al Desarrollo la estrategia navarra de educación para el Desarrollo (2009 - 2012), teniendo entre sus objetivos acometer una actuación conjunta de mejora de las intervenciones de educación y sensibilización de la población navarra en materia de cooperación y solidaridad internacional, siendo una línea de trabajo imprescindible el trabajo coordinado en la educación formal y la formación de los profesionales docentes, favoreciendo e impulsando una “Red de Escuelas Solidarias”. En este sentido y dando continuidad a la Estrategia Navarra de Educación para el Desarrollo, en el de II Plan Director de la Cooperación Navarra es considerada la Educación para el Desarrollo como uno de los tres ejes prioritarios de actuación cuya finalidad es la promoción de una ciudadanía sensible y comprometida favoreciendo el desarrollo de valores, actitudes y destrezas coherentes con una cultura de la solidaridad, para lo cual, entre otras acciones, se refiere al fortalecimiento de la coherencia entre el Sector Educativo y el de Cooperación.

Desde el año 2009, se viene desarrollando en la Comunidad Foral de Navarra el Programa “Escuelas Solidarias”, cuya finalidad es que los Centros Educativos de Navarra incorporen la Educación para el Desarrollo y los valores de la solidaridad de un modo transversal en el curriculum y en el proyecto educativo del centro. La educación para el desarrollo es un proceso educativo constante encaminado, a promover una ciudadanía global, a través de conocimientos, actitudes y valores capaces de generar una cultura de la solidaridad comprometida en la lucha contra la pobreza y la exclusión así como con la promoción del desarrollo humano y sostenible, formando parte de una Educación en Valores.

Con el fin de apoyar a los Centros Educativos en este objetivo, el Programa ofrece asesoramiento, formación, coordinación y participación, de modo que se vaya articulando una red de escuelas solidarias que interactúen entré sí y con su entorno y todo ello desde un trabajo de colaboración entre el Departamento de Educación y el Departamento de Políticas Sociales de Gobierno de Navarra; la comunidad educativa y las ONGD de Navarra.

El Acuerdo de colaboración entre el Departamento de Educacion y el Departamento de Políticas sociales, en materia de Educacion para el desarrollo y Educación para el consumo tiene por objeto el establecimiento de los mecanismos de colaboración y coordinación necesarios en materia técnica y de formación del profesorado entre el Departamento de Políticas Sociales y el Departamento de Educación, para optimizar la utilización de los recursos existentes en el Gobierno de Navarra y armonizar las actuaciones educativas en materia de apoyo en la incorporación de la EpD y la EpC a la práctica escolar.

La conveniencia de impulsar en la Comunidad Foral Navarra la Red de Escuelas Solidarias, supone la realización de una convocatoria pública realizada desde el Departamento de Educación para que aquellos centros escolares interesados en incorporarse a dicha red puedan formalizar esta decisión.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria de Integración en la Red de Escuelas Solidarias de Navarra.

2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo de esta Resolución.

3. Autorizar un gasto máximo de 4.000 euros para el desarrollo de actuaciones de Educación para el Desarrollo en centros públicos imputable a la Partida 427002 42730 2269 321102, denominada “Programas formativos”, de los presupuestos de 2016.

4. Autorizar un gasto máximo de 3.250 euros para el desarrollo de actuaciones de Educación para el Desarrollo en centros concertados, imputable a la Partida 427002-42730-4811-321100, denominada “Programas formativos en centros concertados”, de los presupuestos de 2016.

5. Publicar esta Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

6. Trasladar la presente Resolución y sus Anexos, al Servicio de Evaluación, Calidad, Formación y Convivencia, a la Sección de Formación, al Negociado de Gestión Económica y al Negociado de Información y Documentación, a los efectos oportunos.

7. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Pamplona, 22 de marzo de 2016.–El Director General de Educación, Estebe Petrizan Iriarte.

ANEXO I

Bases de la convocatoria de integración
en la Red de Escuelas Solidarias 2016

Primera.–Objeto de la convocatoria.

Se convoca a los centros de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra a presentar Proyectos de Educación para el Desarrollo para su integración en la Red de Escuelas Solidarias durante el año 2016.

Segunda.– Requisitos de los Proyectos.

Para que un centro escolar sea propuesto para su incorporación a la Red deberá presentar un Proyecto de Educación para el Desarrollo que cumpla los siguientes requisitos:

a) Que contenga los siguientes principios generales:

–Integrar contenidos de Educación para el Desarrollo como: Justicia social y equidad; Globalización e interdependencia; Desarrollo humano y sostenible; Diversidad; Paz y Conflicto; Ciudadanía global; Derechos humanos; Desarrollo humano y sostenible, Ayuda al Desarrollo; Comercio justo, Consumo responsable y Soberanía alimentaria, de forma transversal en la Programación General Anual y/o en las programaciones didácticas del centro.

–Aumentar la capacidad del alumnado para tomar decisiones sobre la corresponsabilidad del conjunto de la ciudadanía en un proceso de desarrollo humano y sostenible.

–Promover valores y actitudes relacionados con la solidaridad, la justicia social y los derechos humanos como: la empatía, la identidad, la autoestima, el respeto a la diversidad, la no discriminación, la igualdad de género, la preocupación por el medio ambiente.

–Fomentar el desarrollo de habilidades que favorezcan estilos de vida más solidarios: pensamiento crítico; argumentación efectiva; cooperación y resolución de conflictos; descodificación de imágenes y mensajes; consumo responsable ..

–Promover actividades que favorezcan la participación de las familias y de la comunidad en su conjunto.

–Establecer relaciones de colaboración con otros centros escolares, familias, y Entidades sociales de la zona para elaborar programas coherentes de educación para el Desarrollo.

–Aprovechar el potencial educativo de las diferentes Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, Entidades Sociales y servicios de la administración competentes en estas materias fomentando la responsabilidad compartida y la estrecha colaboración.

–Conferir al profesorado un papel de referencia para las cuestiones relativas a la solidaridad y la cooperación así como potenciar su papel protagonista en Educación para el Desarrollo, facilitándoles la formación adecuada.

Los centros podrán incluir algún otro criterio relativo a necesidades específicas o a las prioridades en cooperación y solidaridad que estén contempladas en el Proyecto Educativo de Centro.

b) Que recoja un Proyecto de trabajo, según Anexo III, a desarrollar en tres años.

c) Qué esté aprobado por el Consejo Escolar y el Claustro de Profesores del Centro, y que proponga la implicación en las actuaciones del proyecto de al menos el 25% del profesorado y alumnado.

d) Que se definan las acciones para la participación de las familias, de Organizaciones No Gubernamentales; otras entidades del ámbito local y servicios sociales de la zona.

Tercera.–Compromisos de los centros integrantes de la Red.

Los centros propuestos para su integración en la Red de escuelas Solidarias se comprometerán a:

a) Desarrollar un Proyecto de Escuela Solidaria con una duración mínima de tres años.

b) Constituir la Comisión de Solidaridad del Centro, que estará integrada por profesorado y alumnado. Se valorará positivamente la participación de familias, personal no docente del Centro, las instituciones locales y representantes de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo con las que se esté colaborando en el desarrollo del proyecto.

Esta Comisión será responsable de dinamizar el proyecto, de lograr la mayor implicación posible de la Comunidad Educativa, de evaluar los resultados y de proponer mejoras.

El equipo directivo designará a una persona para realizar las tareas de coordinación del proyecto y de la Comisión, que será un profesor o profesora del centro.

En caso de que hubiera disponibilidad horaria por parte del centro, se podría computar hasta un máximo de dos horas complementarias de dedicación a las funciones propias de la persona responsable de la coordinación del Proyecto en el centro.

c) Presentar el plan de trabajo para el próximo curso, antes del 1 de noviembre de cada año, junto con la relación de los profesores y profesoras que van a participar en el proyecto (ver Anexo IV).

Así mismo presentar un Informe anual en el Servicio de Evaluación, Calidad, Formación y Convivencia, antes del 6 de julio de cada curso escolar, que permita conocer la memoria de lo realizado durante el curso finalizado (ver Anexo V).

El no cumplimiento de estos requisitos supondrá la exclusión de la red de Escuelas Solidarias.

d) Presentar en el Servicio de Evaluación, Calidad, Formación y Convivencia, al finalizar los tres años, la Memoria Final (ver Anexo VI) para evaluar los objetivos conseguidos durante todo el periodo de aplicación.

e) Participar en las actividades de formación y seguimiento que de forma específica se desarrollen dentro de la Red.

Cuarta.–Seguimiento y apoyo a la Red.

Las escuelas Solidarias contarán con los siguientes apoyos: asesoramiento y seguimiento por parte de la Comisión Técnica de la Red, del área de Educación para el Desarrollo de la Coordinadora de ONGD de Navarra y de las ONGD con las que estén colaborando; recursos y materiales didácticos; oferta de actividades formativas específicas en temas relacionados con la educación para el Desarrollo para el profesorado del centro; convocatoria de encuentros anuales de seguimiento e intercambio de experiencias de las escuelas de la Red; ayudas económicas para actividades relacionadas con la Educación para el Desarrollo; y la acreditación como Escuela Solidaria al finalizar el tercer año de proyecto y tras informe favorable de la Comisión Técnica.

Una vez obtenida la Acreditación como Escuela Solidaria, los Centros podrán continuar perteneciendo a la Red, siempre que cumplan los requisitos fijados en los apartados b), c) y e) de la base tercera.

Quinta.–Documentación a presentar.

Los Centros solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:

–Instancia solicitud, según Anexo II, en la que se incorporan las actas del Claustro y del Consejo Escolar, en las que se aprueba dicha participación y se constituye la Comisión de Solidaridad del Centro.

–Proyecto de Educación para el Desarrollo con una duración de tres años, que recoja los requisitos indicados en las bases anteriores, según Anexo III.

Sexta.–Presentación de solicitudes.

Los centros educativos interesados en integrarse en la Red Navarra de Escuelas Solidarias, deberán presentar las solicitudes los siguientes treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Las solicitudes se entregarán en el Registro General del Departamento de Educación o en cualquiera de las dependencias previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o a través del Registro General Electrónico de la Comunidad Foral de Navarra según establece el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio. Estarán dirigidas al Servicio de Evaluación, Calidad, Formación y Convivencia -Sección de Formación del Departamento de Educación.

En el caso de que los centros solicitantes optaran por presentar su solicitud en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la Instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Séptima.–Selección de los centros.

La valoración de los proyectos la realizará la Comisión Técnica de la Red, aplicando los criterios recogidos en el Anexo VII.

La citada Comisión Técnica de la red de escuelas solidarias estará integrada por 2 técnicos de la Sección de Formación del Departamento de Educación; 2 técnicos de la Sección de Programas de Desarrollo y Acción Humanitaria del Departamento de Políticas Sociales y 2 técnicos de la Coordinadora de ONGD de Navarra.

El Director General de Educación, a la vista de la propuesta presentada por el Director del Servicio de Evaluación, Calidad, Formación y Convivencia, y visto el informe elaborado por la Comisión Técnica de la Red, dictará una Resolución aprobando la relación de centros seleccionados que pasarán a formar parte de la Red Navarra de Escuelas Solidarias.

La misma Resolución de la presente convocatoria dispondrá de una ayuda por importe máximo de 375 euros para cada uno de los centros integrantes de la Red Navarra de Escuelas Solidarias para el desarrollo de sus proyectos.

El abono de la ayuda concedida se realizará tras la presentación por parte de los centros, en todo caso antes del 11 de noviembre de 2016, de facturas justificativas del gasto realizado en los proyectos de Educación para el Desarrollo.

Octava.–Acreditación del profesorado participante.

A propuesta de la Comisión Técnica de la Red, y una vez evaluado positivamente el informe anual, en el que se incluirá la relación del profesorado que ha participado en el proyecto, a los profesores y profesoras participantes en el grupo de trabajo de la Escuela Solidarias de cada centro se les expedirá un certificado acreditativo de participación en el proyecto de innovación educativa durante el curso escolar 2016-2017 por un máximo de 35 horas, como reconocimiento de la labor desarrollada. La persona responsable de la coordinación del proyecto verá reconocida su labor como tal por un máximo de 50 horas de participación en el proyecto de innovación.

Novena.–Edición y difusión.

El Departamento de Educación podrá publicar los trabajos seleccionados, pudiendo contener la publicación la totalidad o parte de la memoria. Igualmente se podrán difundir tales iniciativas a través del medio que se estime oportuno, incluyendo su publicación en Internet, citando expresamente la autoría de la memoria. La presentación a esta convocatoria implica la cesión de los derechos necesarios para la realización de la primera edición que se haga. En caso de que la publicación fuese parcial se solicitará el consentimiento previo de los autores.

ANEXO II

Red Navarra de Escuelas Solidarias: Solicitud de Participación (PDF).

ANEXO III

Guión para la elaboración del Proyecto Trianual

1. Justificación del proyecto elegido.

2. Análisis del contexto y antecedentes del centro en educación para el desarrollo.

3. Objetivos.

4. Contenidos, actividades previstas y posible temporalización.

5. Criterios y procedimientos de evaluación.

6. Metodología.

7. Tipo de organización prevista y funcionamiento.

8. Participación de la comunidad educativa: alumnado, profesorado, familias y personal no docente. Colaboración con agentes locales y asociaciones.

ANEXO IV

Guión para la elaboración del Plan de Trabajo para el Curso Escolar

1. Título del proyecto.

2. Objetivos para el curso escolar 2016-2017.

3. Contenidos, actividades y temporalización de las mismas.

4. Criterios y procedimientos de evaluación.

5. Alumnado al que se dirige.

6. Participación de la comunidad educativa.

7. Integrantes del grupo de trabajo.

ANEXO V

Guión para la elaboración de la Memoria
de lo realizado durante cada Curso

1. Datos generales del proyecto: Título, objetivos, contenido y alumnado al que se dirige.

2. Organización del centro para desarrollar el proyecto de Educación para el Desarrollo.

3. Actividades realizadas. Ajuste con la planificación/ temporalización inicial.

4. Recursos materiales y humanos. Relación del profesorado que ha intervenido en el proyecto.

5. Evaluación y ajustes necesarios en el proyecto.

ANEXO VI

Guión para la elaboración de la Memoria Final del Proyecto Trianual

1. Características generales y particulares del contexto en el que se ha desarrollado el proyecto.

2. Consecución de los objetivos del proyecto:

–Propuestos inicialmente.

–Alcanzados al finalizar el proyecto.

3. Agentes que han participado en el proyecto: Docentes. Sanitarios. Comunitarios (APYMAS; Asociaciones, etc). Instituciones.

4. Actividades realizadas.

5. Cambios realizados en el proyecto durante su desarrollo en cuanto a:

–Objetivos.

–Contenidos.

–Actividades.

–Metodología.

–Recursos.

–Evaluación.

–Otros.

6. Conclusiones: logros del proyecto, efectos y perspectivas de continuidad y difusión.

7. Materiales elaborados.

ANEXO VII

Criterios de valoración

En la redacción de los proyectos, deben reflejarse los aspectos que a continuación se detallan y que constituyen la línea básica de valoración tanto de los proyectos como de la certificación de horas al profesorado participante en el mismo:

1. Análisis del contexto, adecuación del proyecto con las necesidades detectadas.

2. Naturaleza del centro educativo y posibilidades de acceso a los recursos.

3. Concreción y viabilidad de los objetivos propuestos.

4. Concreción y coherencia de los contenidos seleccionados y de las actividades propuestas.

5. Metodología innovadora.

6. Promoción de la participación de la Comunidad Educativa.

7. Descripción de la evaluación del proceso.

8. Coordinación del proyecto con otros centros educativos, Entidades sociales o Servicios públicos de la misma zona;

9. Interés para su aplicación en otros centros educativos.

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