BOLETÍN Nº 69 - 12 de abril de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 88/2016, de 22 de marzo, del Director General de Educación, por la que se aprueban las normas que van a regular la convocatoria de proyectos de innovación educativa del programa de formación permanente del profesorado durante el curso 2016/2017.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, reconoce la formación permanente como un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros. Igualmente establece que corresponde a las Administraciones educativas fomentar programas de innovación para la formación permanente del profesorado que deberán contemplar la adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específicas.

En cumplimiento de esta obligación legal, el Departamento de Educación ha venido promoviendo distintos programas de innovación educativa para la formación permanente a través de convocatorias de fomento de proyectos de innovación.

El Marco de Referencia Educativo establecido por la Unión Europea recoge la necesidad de que los jóvenes europeos desarrollen las competencias claves para prepararse para la vida adulta. Cumpliendo igualmente con esta directiva europea esta convocatoria busca fomentar especialmente los proyectos de innovación para el desarrollo curricular de las competencias básicas y la mejora de la calidad educativa.

La presente convocatoria tiene como objetivo prioritario apoyar la incorporación de proyectos de innovación educativa a la práctica educativa de los centros y a su programación general anual, y la elaboración de materiales y recursos educativos con carácter innovador para la formación permanente del profesorado.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria para la realización de Proyectos de innovación educativa del programa de formación permanente del profesorado para el curso 2016/2017, que se regirá por las bases que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

2. Autorizar el gasto correspondiente a los proyectos de centros públicos por un importe máximo de 35.000 euros, que se imputará a la partida presupuestaria 427002-42730-2269-321200 denominada "Programas de Innovación educativa" de los presupuestos de 2016.

3. Autorizar el gasto correspondiente a los proyectos de centros concertados por un importe máximo de 10.500 euros que se imputará a la partida presupuestaria 427002-42730-4811-321102 "Programas de innovación educativa en Centros Concertados", de los presupuestos de 2016.

4. Publicar esta Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a la Intervención delegada del Departamento de Economía y Hacienda en el Dpto. de Educación, al Servicio de Evaluación, Calidad, Formación y Convivencia, la Sección de Formación, a la Sección de Tecnologías Educativas, al Negociado de Gestión Económica y al Negociado de Información y Documentación, a los efectos oportunos.

6. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 22 de marzo de 2016.–El Director General de Educación, Estebe Petrizan Iriarte.

ANEXO I

Bases reguladoras de la Convocatoria de proyectos de innovación educativa del programa de formación permanente del profesorado durante el curso 2016/2017

1. Objeto.

La finalidad de estas bases es regular las medidas de apoyo y reconocimiento a los proyectos que desarrollen experiencias de innovación educativa en centros educativos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunidad Foral de Navarra.

2. Objetivos de la convocatoria.

a) Apoyar la formación del profesorado y la adecuación de sus conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específicas.

b) Fomentar la integración curricular de las competencias clave mediante propuestas realistas y viables.

c) Incentivar y dar a conocer las buenas prácticas del profesorado.

d) Reconocer el trabajo innovador realizado por el profesorado en la labor diaria en el aula y en el centro educativo.

3. Profesorado participante en los proyectos.

a) Los proyectos podrán ser realizados por el profesorado que, en el momento de presentar la solicitud y durante el período de realización del proyecto, se encuentre en situación de servicio activo en un centro educativo de Educación Infantil, de Educación Primaria, de Educación Especial, de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, de la Comunidad Foral de Navarra.

b) La participación del profesorado, preferentemente en equipo, se realizará en las siguientes situaciones:

1.º El profesorado de un mismo Ciclo de Educación Infantil o Primaria o el profesorado de un Departamento didáctico de Educación Secundaria.

2.º Un grupo de trabajo multidisciplinar formado por profesorado del mismo centro.

3.º Un grupo de trabajo formado por profesorado de distintos centros.

4. Requisitos.

Los solicitantes deberán presentar un Proyecto de Innovación que deberá reunir los siguientes requisitos:

a) El Proyecto deberá desarrollarse en alguna de las siguientes líneas de innovación educativa:

–Integración curricular de competencias clave mediante la elaboración de unidades didácticas integradas.

–Uso de diferentes técnicas e instrumentos de evaluación que identifiquen de forma adecuada el grado de adquisición de las competencias clave.

–Desarrollo de las competencias clave:

  • Comunicación lingüística
  • Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología
  • Competencia digital
  • Aprender a aprender
  • Competencias sociales y cívicas
  • Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor
  • Conciencia y expresiones culturales

–Desarrollo de experiencias educativas en convivencia, igualdad, diversidad, multiculturalidad, orientación y otras.

–Desarrollo en experiencias educativas: comunidades de aprendizaje, trabajo por proyectos, inteligencias múltiples, educación emocional, flipped classroom y otras.

–Proyectos innovadores en sistemas de Gestión de la Calidad.

–Innovación educativa para fomentar el desarrollo del talento entre los escolares destacados por su alta capacidad, motivación o expectativas académicas

b) El proyecto, cuya estructura deberá desarrollarse de acuerdo con el guión del ANEXO III, se presentará en un fichero en formato Word.

c) Todo proyecto deberá tener un coordinador o coordinadora, que será el responsable del grupo de trabajo y de la interlocución con el Departamento de Educación.

5. Desarrollo de los proyectos.

Los proyectos desarrollarán su plan de trabajo durante el curso académico 2016-2017.

6. Presentación de solicitudes.

El profesorado que desee tomar parte en la convocatoria deberá presentar la siguiente documentación:

–Solicitud de participación según Anexo II.

–Proyecto según Anexo III.

7. Modo de presentación y plazos.

Los Centros solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:

–Instancia solicitud, según Anexo II.

–Declaración aceptando condiciones de la convocatoria.

–Informe dirección centro.

Los centros educativos deberán presentar las solicitudes los siguientes treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Las solicitudes se entregarán en el Registro General del Departamento de Educación o en cualquiera de las dependencias previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o a través del Registro General Electrónico de la Comunidad Foral de Navarra según establece el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio. Estarán dirigidas a la Sección de Formación del Departamento de Educación.

En el caso de que los centros solicitantes optaran por presentar su solicitud en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la Instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

8. Comisión de selección.

La selección de los proyectos se realizará por una comisión que estará constituida por los siguientes miembros:

–La Jefa de la Sección de Formación, que actuará como presidenta.

–El Jefe de Negociado de Evaluación.

–El Jefe del Negociado de Gestión de Integración Curricular de las TIC.

–El Jefe del Negociado de Centros de Apoyo al Profesorado y Proyectos de Innovación.

–La Jefa del Negociado de Calidad.

–El Jefe del Negociado de Programas Formativos, que actuará como secretario.

La comisión no podrá constituirse sin la presencia de la mayoría de sus miembros.

En su sesión constitutiva, la comisión fijará los criterios a aplicar en la asignación de fondos a cada proyecto seleccionado.

Se levantará acta de todas las sesiones que celebre la comisión.

9. Proceso de selección.

Para la selección de los proyectos presentados se tendrán en cuenta los siguientes criterios con el baremo que se adjunta:

a) Justificación de la propuesta: Problema que la innovación intenta resolver y solución que se propone (máximo de 10 puntos).

b) La calidad del plan establecido: objetivos, contenidos y metodología (máximo de 10 puntos).

c) Adecuación a las líneas de innovación propuestas en la presente convocatoria (máximo de 10 puntos).

d) Originalidad del proyecto (máximo 5 puntos).

e) Proyecto basado en el desarrollo de las competencias clave: repercusión del contenido y la metodología en la mejora de la práctica docente y su viabilidad en el aula (máximo 20 puntos).

f) Utilización de las TIC en el desarrollo del proyecto (máximo 10 puntos)

g) Viabilidad para el trabajo en el aula (máximo 10 puntos)

h) Interés para su aplicación en otros centros (máximo de 5 puntos).

i) Implicación y participación de los equipos docentes (máximo 10 puntos).

j) Carácter interdisciplinar del proyecto (máximo de 10 puntos).

Total: 100 puntos.

Para que un proyecto resulte seleccionado deberá alcanzar al menos 60 puntos.

La Sección de Formación podrá adoptar las medidas oportunas para el adecuado asesoramiento, seguimiento y control de los proyectos seleccionados en la presente convocatoria.

10. Resolución de la convocatoria.

a) La Comisión de selección analizará los proyectos presentados y hará pública en el Catálogo de Servicios del Gobierno de Navarra la relación de proyectos admitidos y la puntuación provisional que hayan obtenido. En aquellas solicitudes en las que se presenten deficiencias se indicarán expresamente las causas.

b) En el plazo de diez días naturales después de su publicación se podrán subsanar las deficiencias, detectadas. En el mismo plazo, los candidatos podrán presentar alegaciones o su renuncia expresa.

c) Una vez estudiadas las alegaciones, la Comisión de selección elaborará la lista definitiva, que se hará pública en el Catálogo de Servicios del Gobierno de Navarra y elevara propuesta de concesión al órgano competente.

11. Notificación de la resolución.

El Departamento de Educación notificará por correo electrónico al coordinador o coordinadora de cada proyecto si su proyecto ha sido o no seleccionado.

12. Cuantía de las ayudas.

a) En función de la disponibilidad presupuestaria, los proyectos seleccionados podrán recibir una ayuda no superior a 1.000 euros para sufragar los gastos de su desarrollo. El importe de las ayudas se distribuirá proporcionalmente entre los centros cuyos proyectos hayan sido aprobados (mínimo 60 puntos). Dichas cuantías se abonarán con cargo a la partida de gastos 427002 42730 2269 321200-"Programas de innovación educativa" de los presupuestos de 2016 y de la partida 427002-42730-4811-321102 "Programas de innovación educativa en Centros Concertados", de los presupuestos de 2016.

b) Se consideran gastos justificables los relativos a viajes y dietas, asistencia a cursos de carácter formativo y bibliografía, y otros gastos corrientes análogos que sean necesarios para el desarrollo del proyecto.

En ningún caso se abonarán con cargo a esta ayuda sueldos y gratificaciones del profesorado implicado en el proyecto.

13. Abono de las ayudas.

El abono de las ayudas concedidas se realizará tras la presentación por parte de los coordinadores, en todo caso antes del 11 de noviembre de 2016, de las facturas justificativas del gasto realizado en los proyectos de innovación, dirigidas a la Sección de Formación.

14. Acreditación del profesorado participante.

El profesorado que participe en los proyectos de innovación seleccionados podrá recibir un certificado acreditativo de su participación en el mismo durante el curso escolar 2016-2017 por un máximo de 35 horas, como reconocimiento de la labor desarrollada. La persona responsable de la coordinación del proyecto verá reconocida su labor como tal por un máximo de 50 horas.

15. Memoria Final.

El coordinador o coordinadora deberá enviar, antes del 31 de mayo de 2017, a la Sección de Formación, una copia en CD y formato Word de la memoria final del proyecto de innovación seleccionado; o también mandar esta memoria a esta dirección del correo electrónico seccformacion@educacion.navarra.es.

16. Publicación y difusión del proyecto.

El Departamento de Educación podrá hacer públicos, en todo o en parte, los trabajos seleccionados. Igualmente se podrán difundir tales iniciativas a través del medio que se estime oportuno, incluyendo su publicación en Internet, citando expresamente la autoría de la memoria.

La presentación a esta convocatoria implica la aceptación de sus bases y la cesión de los derechos necesarios para la realización de la primera edición que se haga. En caso de que la publicación fuese parcial se solicitará el consentimiento previo de los autores.

ANEXO II

Modelo de solicitud para participar en la convocatoria de proyectos de innovación educativa (PDF)

ANEXO III

Contenido del proyecto de innovación

1. Título del proyecto.

2. Palabras clave (tres)

3. Nombre del centro o centros donde se desarrollará el proyecto.

4. Nombre y apellidos del coordinador o coordinadora.

5. Breve descripción del proyecto (30-40 palabras)

6. Índice.

7. Justificación: (Contenido innovador que justifica el proyecto y aportación de nuevas posibilidades educativas que se pretenden con el mismo, así como su relación con el desarrollo de las competencias clave).

8. Objetivos.

9. Contenidos y actividades.

10. Metodología.

11. Competencias clave y materias o asignaturas relacionadas.

12. Equipo docente implicado.

13. Alumnado.

14. Participación de la Comunidad Educativa.

15. Recursos humanos y materiales y alianzas con otras instituciones.

16. TIC que se van a incorporar.

17. Fases y temporalización.

18. Formas de evaluación.

19. Formación.

20. Presupuesto.

ANEXO IV

Modelo de la memoria final

Las memorias deberán contemplar los siguientes apartados:

1. Objetivos y grado de consecución de los objetivos del proyecto.

2. Relación detallada de actividades y contenidos.

3. Temporalización. Fases en el desarrollo.

4. Relación de docentes participantes en el proyecto.

5. Recursos materiales y humanos utilizados efectivamente.

6. Materiales elaborados.

7. Incidencia del proyecto en el proceso de aprendizaje del alumnado (con especial referencia a las competencias clave).

8. Extensión de esta experiencia a la comunidad educativa.

9. Evaluación interna por indicadores.

10.Valoración global.

Código del anuncio: F1603688