1. Comunidad Foral de Navarra
1.1. Disposiciones Generales
1.1.3. Órdenes Forales
ORDEN FORAL 44/2016, de 6 de abril, del Consejero de Educación por la que se modifica la Orden Foral 169/2015, de 31 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación.
El Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 8/2015, de 22 de julio, establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento.
Por Decreto Foral 56/2015, de 12 de agosto, se establece la estructura básica del Departamento de Educación. Asimismo, por Decreto Foral 136/2015, de 28 de agosto, se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, hasta el nivel de sección.
Por otra parte, por Orden Foral 169/2015, de 31 de diciembre, del Consejero de Educación, se establecen la adscripción y funciones de los negociados del Departamento de Educación.
La presente Orden Foral tiene por objeto la modificación de la estructura a nivel de negociados del Servicio de Infraestructuras Educativas, del ámbito de la Dirección General de Universidades y Recursos Educativos. Con el fin de racionalizar la adscripción de funciones, se suprime el Negociado de Servicios Complementarios y se crea el Negociado de Gestión de Servicios Educativos.
En su virtud, y en aplicación del artículo 24.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
ORDENO:
1.º Se modifica el artículo 39 de la Orden Foral 169/2015, de 31 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y funciones de los negociados del Departamento de Educación, que queda redactado con el siguiente contenido:
Artículo 39. Estructura y adscripción de negociados.
1. El Servicio de Infraestructuras Educativas se estructura en los siguientes negociados:
–Negociado de Contratación.
–Negociado de Gestión de Servicios Escolares.
–Negociado de Construcciones.
–Negociado de Mantenimiento.
–Negociado de Adquisiciones.
2. Los Negociados de Contratación y de Gestión de Servicios Escolares se adscriben a la Sección de Contratación, Servicios Complementarios y Coordinación Administrativa.
El Negociado de Construcciones se adscribe a la Sección de Obras.
Los Negociados de Mantenimiento y de Adquisiciones se adscriben a la Sección de Mantenimiento de Centros y Dependencias del Departamento de Educación.
2.º Se modifica el artículo 41 de la Orden Foral 169/2015, de 31 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y funciones de los negociados del Departamento de Educación, que queda redactado con el siguiente contenido:
Artículo 41. Negociado de Gestión de Servicios Escolares.
El Negociado de Gestión de Servicios Escolares ejercerá las siguientes funciones:
–Planificar con la colaboración del Servicio de Inspección Educativa, las necesidades de transporte y comedor en los niveles educativos no universitarios.
–Propuesta de convocatoria, gestión y tramitación de las actividades relacionadas con los servicios escolares complementarios de transporte y comedor para los niveles educativos no universitarios.
–Planificar la contratación y la gestión de la correcta ejecución de los contratos de limpieza de los centros educativos de titularidad del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.
–Planificar la contratación y la gestión de la correcta ejecución de los contratos de conservación de los jardines o zonas verdes de los centros educativos de titularidad del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.
–Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas, dentro de las asignadas a la Sección a que está adscrito.
Disposición final única.–Entrada en vigor.
Esta Orden Foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra”.
Pamplona, 6 de abril de 2016.–El Consejero de Educación, José Luis Mendoza Peña.
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