BOLETÍN Nº 50 - 14 de marzo de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 24/2016, de 26 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se rectifican los errores existentes en la Orden Foral 12/2016, de 2 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de secciones y de unidades no asistenciales.

En el Boletín Oficial de Navarra número 38, de 25 de febrero, se ha publicado la Orden Foral 12/2016, de 2 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de secciones y de unidades no asistenciales.

Se ha advertido la existencia de unos errores materiales de transcripción en el texto de la orden foral citada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 55 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, procede realizar la rectificación de los errores materiales advertidos en la Orden Foral 12/2016, de 2 de febrero, del Consejero de Salud.

En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

ORDENO:

1. Rectificar los errores existentes en la Orden Foral 12/2016, de 2 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de secciones y de unidades no asistenciales, en el siguiente sentido:

1.1. En el punto 21 del Artículo único, apartado Dos. Estructura del Servicio de Gestión de la Prestación Farmacéutica: La Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento e investigación.

Donde dice:

“El Servicio de Gestión de la Prestación Farmacéutica se estructura en las siguientes secciones:

a) La Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento e Investigación.

b) La Sección Central de Farmacia”.

Debe decir:

“El Servicio de Gestión de la Prestación Farmacéutica se estructura en la siguiente sección: Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento e Investigación”.

1.2. En el punto 22 del Artículo único, apartado Dos. Funciones de la Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento 2e Investigación.

Donde dice:

“Funciones de la Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento 2e Investigación”.

Debe decir:

“Funciones de la Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento e Investigación”.

1.3. Se elimina el apartado 24 del Artículo único, apartado Dos.

1.4. En el punto 8 del Artículo único, apartado Cuatro. Funciones de la Sección de Presupuestos y Contabilidad.

Donde dice:

“Funciones de la Sección de Presupuestos y Contabilidad.

La Sección de Presupuestos y Contabilidad desarrollará las siguientes funciones:”.

Debe decir:

“Funciones de la Sección de Contabilidad y Presupuestos.

La Sección de Contabilidad y Presupuestos desarrollará las siguientes funciones:”.

1.5. En la Disposición adicional primera: Nombramientos.

Donde dice:

“El Jefe de la Unidad de Gestión Contable y Facturación de recursos horizontales como Jefe de Sección de Presupuestos y Contabilidad”.

Debe decir:

“El Jefe de la Unidad de Gestión Contable y Facturación de recursos horizontales como Jefe de la Sección de Contabilidad y Presupuestos”.

1.6. En la Disposición adicional primera. Nombramientos. Se suprime la siguiente referencia:

“El Jefe de la Sección de Farmacia y Dietética como Jefe de la Sección Central de Farmacia”.

1.7. En la Disposición adicional tercera.–Supresión de Unidades. Apoyo a la Subdirección de Farmacia.

Donde dice:

“Disposición adicional tercera.–Supresión de Unidades. Apoyo a la Subdirección de Farmacia.

La Sección de Farmacia y Dietética de la Gerencia de Salud Mental, prestará su apoyo a la Subdirección de Farmacia, dependiendo funcionalmente de la misma.

Se suprime la Sección de Farmacia y Dietética de la Dirección de Salud Mental”.

Debe decir:

“Disposición adicional tercera.–Apoyo a la Subdirección de Farmacia.

La Sección de Farmacia y Dietética de la Gerencia de Salud Mental prestará su apoyo a la Subdirección de Farmacia, dependiendo funcionalmente de la misma.

1.8. Se elimina la Disposición adicional cuarta.

2. Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 26 de febrero de 2016.–El Consejero de Salud, Fernando Domínguez Cunchillos.

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