BOLETÍN Nº 36 - 23 de febrero de 2016

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Aprobación definitiva de la modificación del P.G.O.U.,
unidad URM-17

De conformidad a lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como a lo dispuesto en el artículo 81.1 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se procede a publicar la normativa de la modificación del P.G.O.U. de Tafalla, unidad URM-17, aprobada definitivamente en sesión de Pleno de fecha 16 de mayo de 2002, en Boletín Oficial de Navarra número 98 de fecha 14 de agosto de 2002.

NORMATIVA

Ficha urbanística

–Uso principal o característico: Comercial y recreativo (dentro de este último los recogidos en el capítulo III de la Normativa General de Usos del PGOU).

–Uso equivalente: Industrial, categoría 1 y 2, exclusivamente.

–Usos prohibidos: Todos los demás.

–Parcela mínima: 300 m².

–Entreplantas: Como máximo el 20% de la superficie de cada local o nave. Ubicación libre.

–Otras determinaciones: Las establecidas en el Estudio de Detalle y en el vigente PGOU de Tafalla.

Tafalla, 11 de febrero de 2016.–El Alcalde-Presidente, Arturo Goldaracena Asa.

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