BOLETÍN Nº 29 - 12 de febrero de 2016

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BURLADA

Aprobación inicial de modificación del anexo II
de la Ordenanza reguladora del uso y fomento del euskera
en el ámbito municipal de Burlada, en lo relativo al apartado “Definición de los perfiles lingüísticos”

El Pleno del Ayuntamiento de Burlada, en sesión celebrada el día 28 de enero de 2016 aprobó inicialmente la modificación del anexo II de la Ordenanza reguladora del uso y fomento del euskera en el ámbito municipal de Burlada, en lo relativo al apartado “Definición de los perfiles lingüísticos”.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la modificación aprobada se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, la modificación del anexo II de la Ordenanza quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.

Burlada, 29 de enero de 2016.–El Alcalde en funciones, Fermín Tarragona Castro.

Código del anuncio: L1601191