BOLETÍN Nº 28 - 11 de febrero de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

DECRETO FORAL 5/2016, de 10 de febrero, por el que se aprueba una oferta parcial de empleo público de personal docente no universitario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2016.

La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece en su articulado los límites en la incorporación de nuevo personal a las Administraciones Públicas, así como las excepciones aplicables en determinados sectores de la actividad pública, entre otros, en las Administraciones educativas, fijando a estos efectos la tasa de reposición máxima a alcanzar.

Del análisis de la evolución de la plantilla de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de acuerdo con la tasa de reposición establecida en la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado, fijada en el 100% para los Cuerpos docentes no universitarios, se extrae que esta oferta parcial de empleo público para el año 2016, de 200 plazas de Maestro, corresponde a la tasa de reposición del personal docente del año 2015, en los términos establecidos por el artículo 20 de la citada Ley 48/2015.

El Departamento de Educación, una vez consultada al respecto la Mesa General de Negociación del personal funcionario y estatutario al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, propone al Gobierno de Navarra la aprobación de una oferta parcial de empleo público, de 200 plazas de personal docente del Cuerpo de Maestros, 92 en castellano y 108 en euskera.

Las 200 plazas indicadas figuran como vacantes en la plantilla orgánica y cuentan con la suficiente dotación presupuestaria para su provisión.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diez de febrero de dos mil dieciséis,

DECRETO:

Artículo 1.º Oferta parcial de empleo público.

Se aprueba una oferta parcial de empleo público de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos para el año 2016, que comprende 200 plazas del Departamento de Educación, correspondiente a la tasa de reposición de personal docente no universitario del año 2015.

El detalle de las plazas es el siguiente:

–Ocho vacantes de Maestro, especialidad Audición y Lenguaje (euskera), nivel B, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 30018, 30049, 30115, 30136, 30164, 30171, 30224 y 30232.

–Catorce vacantes de Maestro, especialidad Audición y Lenguaje (castellano), nivel B, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 30251, 30276, 30317, 30327, 30332, 30374, 30384, 30403, 30417, 30443, 30508, 30569, 30655 y 30662.

–Dieciséis vacantes de Maestro, especialidad Educación Física (castellano), nivel B, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 30750, 30785, 30796, 30856, 30870, 30873, 30890, 30905, 30913, 30967, 30970, 30988, 31030, 31104, 31105 y 31111.

–Diez vacantes de Maestro, especialidad Educación Física (euskera), nivel B, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 31714, 31743, 31754, 31776, 31778, 31786, 31787, 31823, 31824 y 31828.

–Doce vacantes de Maestro, especialidad Música (castellano), nivel B, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 31112, 31135, 31162, 31174, 31194, 31195, 31197, 31202, 31206, 31208, 31210 y 31215.

–Diez vacantes de Maestro, especialidad Música (euskera), nivel B, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 31833, 31844, 31846, 31847, 31852, 31853, 31858, 31859, 31860 y 31867.

–Cincuenta vacantes de Maestro, especialidad Pedagogía Terapéutica (castellano), nivel B, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 31219, 31222, 31229, 31230, 31235, 31238, 31250, 31253, 31267, 31270, 31277, 31278, 31300, 31303, 31334, 31352, 31362, 31365, 31379, 31383, 31391, 31398, 31399, 31401, 31403, 31410, 31420, 31434, 31452, 31470, 31476, 31484, 31486, 31490, 31493, 31508, 31515, 31524, 31525, 31529, 31535, 31541, 31607, 31628, 31629, 31653, 31678, 31697, 31700 y 31701.

–Veinte vacantes de Maestro, especialidad Pedagogía Terapéutica (euskera), nivel B, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 31874, 31879, 31880, 31900, 31902, 31903, 31911, 31928, 31933, 31948, 31952, 31953, 31955, 31964, 31966, 31972, 31974, 31976, 31981 y 31989.

–Veinticinco vacantes de Maestro, especialidad Inglés (euskera), nivel B, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 32137, 32141, 32143, 32154, 32156, 32159, 32161, 32167, 32175, 32179, 32180, 32185, 32197, 32199, 32206, 32220, 32237, 32239, 32249, 32255, 32266, 32277, 32296, 32308 y 32309.

–Treinta y cinco vacantes de Maestro, especialidad Vascuence (Navarra), nivel B, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 32311, 32314, 32317, 32321, 32328, 32331, 32335, 32336, 32338, 32345, 32366, 32370, 32389, 32412, 32415, 32420, 32424, 32430, 32442, 32453, 32458, 32470, 32476, 32478, 32482, 32485, 32502, 32506, 32513, 32516, 32517, 32524, 32527, 32538 y 32542.

Artículo 2.º Turno de reserva para personas con discapacidad.

1. El número de plazas de esta oferta parcial de empleo público que configurarán los turnos de reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 es de 14.

2. Las especialidades e idiomas en que se aplicará dicha reserva se concretará en la convocatoria de las pruebas selectivas correspondientes, previo informe de los órganos competentes de la Agencia Navarra para la Autonomía y Desarrollo de las Personas y de la Comisión Mixta de promoción del acceso al empleo público de las personas con discapacidad en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

3. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33% podrán acceder, en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, a las convocatorias para la provisión de las plazas de la oferta de empleo, en los casos en que dicha discapacidad no sea incompatible con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. A tal fin, se procederá a la adaptación de las pruebas para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten y acrediten dicha condición y compatibilidad mediante certificado extendido por los órganos competentes de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas.

No obstante, la acreditación de la compatibilidad de la discapacidad con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo de que se trate no excluye el requisito de superar el examen médico que, con carácter general, se exige a todos los aspirantes aprobados, previamente a su ingreso en la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Disposición adicional única.–Normas sobre la presentación de la documentación en el proceso selectivo.

1. La convocatoria de proceso selectivo que se apruebe por el Departamento de Educación en ejecución de la oferta de empleo público de personal docente requerirá a los participantes, en el plazo de presentación de instancias, copias simples de la documentación justificativa de los requisitos y de los méritos exigidos en la convocatoria.

2. Los aspirantes que resulten seleccionados serán requeridos para aportar los originales o fotocopias compulsadas de la documentación justificativa de los requisitos que hayan presentado junto con la instancia de participación o, en su defecto, los documentos que acrediten la veracidad de los mismos. Asimismo, la Administración podrá requerir a los participantes, en cualquier momento del proceso selectivo, la presentación de los originales o fotocopias compulsadas de la documentación aportada junto con la instancia de participación, correspondiente tanto a los requisitos como a los méritos.

3. La inexactitud o falsedad en cualquiera de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.–Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición final segunda.–Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 10 de febrero de 2016.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, Uxue Barkos Berruezo.–La Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, María José Beaumont Aristu.

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