BOLETÍN Nº 248 - 28 de diciembre de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

Extracto de la Resolución 542/2016, de 9 de diciembre, del Director General de Educación, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la atención educativa domiciliaria de alumnado convaleciente para el curso 2016-2017.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): BDNS (Identificación): 326004.

Primero.–Beneficiarios: Podrán acogerse a las ayudas objeto de esta convocatoria los padres, madres o tutores legales del alumnado que, estando convaleciente en el domicilio por prescripción facultativa, precise de atención educativa domiciliaria por no poder asistir al centro docente de manera normalizada por un periodo superior a 21 días naturales; o que por enfermedades crónicas, conlleven bajas intermitentes inferiores a un mes, de al menos 6 días continuados durante un periodo mínimo de 6 meses.

Segundo.–Objeto: Es objeto de esta convocatoria establecer las bases para la concesión de ayudas destinadas a financiar la atención educativa domiciliaria de alumnado enfermo o convaleciente, escolarizado en los niveles de primaria y educación secundaria obligatoria, en centros escolares de Navarra sostenidos con fondos públicos durante el curso 2016-2017.

Tercero.–Bases reguladoras: Las bases reguladoras son las establecidas en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Cuarto.–Cuantía: 70.000 euros. De ellos, 20.000 euros con cargo al gasto de 2016 y el resto, 50.000 euros, con cargo al presupuesto de gasto de 2017.

Pamplona, 9 de diciembre de 2016.–El Director General de Educación, Roberto Pérez Elorza.

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