BOLETÍN Nº 246 - 23 de diciembre de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 14 de diciembre de 2016, por el que se aprueba el Plan de Residuos de Navarra 2017-2027

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, establece en su artículo 12.4.a) que corresponde a las Comunidades autónomas la elaboración de los programas autonómicos de prevención de residuos y de los planes autonómicos de gestión de residuos.

El artículo 14 dispone que el Plan Estatal Marco de gestión de residuos establecerá las orientaciones y la estructura a la que deberán ajustarse los planes autonómicos.

El contenido de los planes autonómicos se fija en ese mismo artículo, aunque la concreción de lo que deben incluir se señala en el Anejo V.

Y por lo que se refiere a los programas de prevención de residuos, en el artículo 15 se atribuye la competencia a las administraciones públicas en sus respectivos ámbitos competenciales, disponiendo también que podrán aprobarse de forma independiente o integrarse en los planes y programas sobre gestión de residuos.

En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra se ha estado trabajando con todos los sectores implicados, en un proceso de participación amplio, con el objetivo de que el Plan de Residuos de Navarra 2017-2027 sea fruto del máximo consenso posible y establezca el plan de trabajo en materia de residuos, para los próximos años, de acuerdo a la jerarquía comúnmente aceptada en la materia.

Finalizado el periodo de exposición pública de la versión inicial del Plan (que se ha realizado de manera conjunta con la exposición pública del estudio ambiental estratégico) se ha incorporado al Plan un Anejo relativo a las alegaciones presentadas así como a la respuesta a las mismas.

Por otra parte, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, establece el procedimiento a seguir para la denominada Evaluación Ambiental Estratégica de los Planes a aprobar.

El artículo 21 de esta norma dispone que el órgano sustantivo, en este caso el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, someterá la versión inicial del plan, acompañado del estudio ambiental estratégico, a información pública, por un plazo mínimo de 45 días.

Finalizado también este plazo de exposición pública, la Dirección General de Medio y Ordenación del Territorio ha emitido la Declaración de Incidencia Ambiental del PRN 2017-2027 mediante Resolución 1398E/2016, de 2 de diciembre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Por cuanto antecede, visto el informe emitido por el Servicio de Economía Circular y Agua, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.4 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

ACUERDA:

1.º Aprobar el Plan de Residuos de Navarra 2017-2027. En el Plan queda integrado el Programa de Prevención de Residuos de Navarra.

2.º Remitir el Plan de Residuos de Navarra 2017-2027, que se aprueba como anejo a este acuerdo, al Parlamento de Navarra para su conocimiento.

3.º Trasladar este acuerdo a la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a los efectos oportunos.

4.º Publicar este acuerdo, sin su Anejo, en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

5.º El Plan de Residuos de Navarra se publicará en Portal de Gobierno Abierto de Navarra, http://gobiernoabierto.navarra.es/es/participacion/procesos-de-participacion/propuestas-gobierno/plan-residuos-navarra-2017-2027.

Pamplona, 14 de diciembre de 2016.–La Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, en sustitución de la Secretaria del Gobierno de Navarra, Ana Ollo Hualde.

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