BOLETÍN Nº 223 - 18 de noviembre de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.2. Decretos Forales

DECRETO FORAL 95/2016, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Estando próximo a finalizar el período transitorio establecido por la disposición transitoria del Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo, y habiéndose constatado la conveniencia de mantener los requisitos físicos a que se deben sujetar los titulares de centros que impartan durante el curso 2015/2016 el primer ciclo de Educación Infantil, procede prorrogar por un año más el citado régimen.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, visto el preceptivo informe del Consejo Escolar de Navarra y de la Comisión Foral de Régimen Local, de acuerdo con el Consejo de Navarra y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dos de noviembre de dos mil dieciséis,

DECRETO:

Artículo único.–Modificación de la disposición transitoria del Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo.

Se modifica la disposición transitoria única del Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, que pasará a tener la siguiente redacción:

“Disposición transitoria única.–Requisitos físicos para el curso académico 2016/2017.

1. Los requisitos físicos que deberán reunir los centros que impartan durante el curso 2016/2017 el primer ciclo de Educación Infantil serán los ya establecidos en la disposición transitoria primera del Decreto Foral 72/2012, de 25 de julio, por el que se modifica el Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo.”

Disposición final única.–Entrada en vigor.

El presente decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 2 de noviembre de 2016.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, Uxue Barkos Berruezo.–El Consejero de Educación, José Luis Mendoza Peña.

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