BOLETÍN Nº 210 - 31 de octubre de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 181/2016, de 19 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se establecen las funciones de la Brigada de Régimen Interno de la Policía Foral de Navarra.

El Decreto Foral 72/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, ha llevado a efecto una nueva reorganización de la estructura orgánica de la Policía Foral, a fin de dotarla de mayor eficacia y eficiencia. Dicho Decreto Foral va acompañado por cinco Órdenes Forales de desarrollo, una por cada una de las Áreas que integran la Policía Foral de Navarra.

Una de las novedades que presenta esa nueva estructura se refiere a la antigua División de Régimen Interno, que ahora pasa a ostentar el rango de Brigada y deja de depender orgánicamente del Área de Inspección General para pasar a depender orgánicamente del Jefe de la Policía Foral.

Si bien el Reglamento de Organización y Funcionamiento aprobado por Decreto Foral 72/2016, de 21 de septiembre, ya contiene un artículo dedicado a la Brigada de Régimen Interno, y más concretamente a su dependencia funcional en el ejercicio de las investigaciones que se le encomienden, se hace necesario establecer las funciones concretas que corresponden a esta Brigada, funciones que antes figuraban en la Orden Foral por la que se desarrollaba el Área de Inspección General de la Policía Foral, pero que ya no pueden figurar en ese texto debido al cambio de dependencia orgánica mencionado en el párrafo anterior.

En consecuencia, y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente en la materia,

ORDENO:

Artículo 1. Brigada de Régimen Interno.

1. La Brigada de Régimen Interno tiene carácter central y está adscrita directamente a la Jefatura de la Policía Foral de Navarra, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto Foral 72/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra.

2. Corresponde a la Brigada de Régimen Interno la ejecución de las siguientes funciones:

a) La instrucción de las informaciones reservadas e investigaciones que se determinen por las autoridades competentes, sobre actuaciones de los integrantes de la Policía Foral, así como sobre aspirantes que se encuentren en la Escuela de Seguridad de Navarra.

b) Auditoria y evaluación de los servicios de policía que se determinen en orden a la mejora de los mismos.

c) Atención y asistencia personal a los miembros de la Policía Foral o a sus familiares, con ocasión de circunstancias extraordinarias o fatalidades de carácter grave que les puedan afectar.

d) Impulso y desarrollo de acciones preventivas en aras a la consecución de una ética profesional en la Policía Foral, acorde con las expectativas de la sociedad.

e) Gestión de todo lo relativo a agradecimientos, sugerencias y reclamaciones de los ciudadanos con ocasión de sus relaciones con la Policía Foral.

f) Gestión administrativa y control de todo lo relativo a las armas amparadas en la condición de Policía Foral, así como la revista de las mismas en coordinación con el Grupo de Formación.

g) Gestión administrativa y control de las credenciales profesionales.

h) Seguimiento del cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Policía Foral a través de la Carta de Servicios.

i) Tramitación de expedientes disciplinarios que sean encomendados por las autoridades competentes.

j) Cualesquiera otras de análoga naturaleza que le sean encomendadas.

Artículo 2. Adscripción de plazas.

Las plazas adscritas a la Brigada de Régimen Interno son las que figuran adscritas a dicha Brigada en el Anexo de la Orden Foral 170/2016, de 11 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Área de Inspección General de la Policía Foral de Navarra.

Disposición Final Única.–La presente Orden Foral entrará en vigor el 1 de noviembre de 2016.

Pamplona, 19 de octubre de 2016.–La Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, María José Beaumont Aristu.

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