BOLETÍN Nº 21 - 2 de febrero de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 701/2015, de 4 de enero de 2016, de la Directora General de Industria, Energía e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 para la realización de los exámenes para la capacitación profesional y la obtención de los carnés profesionales en materia de Seguridad Industrial para el año 2016.

El Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, y el Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial y determinadas disposiciones en materia de energía y minas para adaptarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Los artículos undécimo, decimotercero y decimosexto del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, recogen los requisitos que deberán cumplir los profesionales para ejercer como instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos, instalador de gas y operador industrial de calderas, respectivamente, siendo una de las situaciones contempladas la superación de un examen realizado por el órgano competente de la comunidad autónoma. Asimismo, el artículo octavo del mismo Real Decreto establece las vías para la obtención del carné de operador de grúa torre. En dicho artículo se establecen los casos en los que es necesaria la superación de un examen.

El artículo segundo del Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, establece las situaciones que deberán cumplir los profesionales para obtener el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios. En dicho artículo se contemplan los casos en los que es necesaria la superación de un examen ante el órgano competente de la comunidad autónoma.

Por otra parte, el artículo quinto de la Orden Foral 291/2011, de 30 de junio, que regula el procedimiento de acreditación de profesionales en materia de seguridad industrial en la Comunidad Foral de Navarra, establece el procedimiento para la realización de los exámenes y obtención de la capacitación.

Dando cumplimiento a las anteriores disposiciones, procede aprobar la presente convocatoria para la capacitación profesional y la obtención de los carnés profesionales en materia de Seguridad Industrial para el año 2016.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria para el año 2016 para la realización de los exámenes de aptitud para la obtención de la capacitación profesional como operador industrial de calderas, instalador de gas (categorías A, B, C), instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos (categorías I, II, III) y para la obtención del carné de operador de grúa torre y el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios.

2. Aprobar las bases y condiciones que regirán la citada convocatoria, y que figuran como Anexos a esta Resolución.

3. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: Don Jesús Lasa Equiza, Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial.

Suplente: Doña Laura Larraya Irigoyen, Jefa de Sección de Registro de Empresas.

–Vocal: Don David Carabantes Bernal, Jefe de Sección de Seguridad Industrial.

Suplente: Don Andrés Otano Urra, Jefe de Negociado de Inspección.

–Vocal: Don Gabino Unzu Martínez, Ingeniero Técnico Industrial.

Suplente: Don Gabriel Viedma Moreno, Ingeniero Técnico Industrial.

–Secretaria: Doña Pilar Baztán Iriarte, Jefa de Negociado de Empresas.

Suplente: Doña Yolanda Tofiño Alba, Administrativo.

4. Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 4 de enero de 2016.–La Directora General de Industria, Energía e Innovación, Yolanda Blanco Rodríguez.

ANEXO I

Bases de la convocatoria para el año 2016 para la realización
de los exámenes de aptitud para la obtención de la Capacitación Profesional como Operador Industrial de Calderas, Instalador de Gas (Categoría A, B, C), Instalador o Reparador de Productos Petrolíferos Líquidos (Categoría I, II, III), Carné de Gruista u Operador de Grúa Torre y Carné Profesional de Instalaciones Térmicas en Edificios

Primera.–Objeto de la convocatoria.

Esta convocatoria tiene por objeto la realización de los exámenes de aptitud para la obtención de la capacitación profesional como operador industrial de calderas, instalador de gas (categorías A, B, C), instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos (categorías I, II, III) y para la obtención del carné de operador de grúa torre y el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios.

Segunda.–Presentación de solicitudes y pago de tasas.

1. Aquellas personas que deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar su solicitud por alguna de las siguientes vías:

–Por medios electrónicos, cumplimentando el formulario de solicitud que figura en el Portal web del Gobierno de Navarra www.navarra.es (buscador: “Servicios”, tema: “Capacitación profesional”).

–Presentando una solicitud, según el modelo que figura en el Anexo II de la presente convocatoria, en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en el Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio (Boletín Oficial de Navarra número 95, de 7 de agosto) o en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Deberá adjuntarse el justificante de pago de una tasa por importe de 30 euros, en concepto de derechos de examen. La falta de pago de la tasa determinará la exclusión del aspirante.

2. Convocatorias y plazos de presentación.

A lo largo del año 2016 se celebrarán dos convocatorias de exámenes.

Para la primera convocatoria, tanto la solicitud como el justificante de pago, deberán presentarse del 1 al 15 de marzo de 2016, inclusive.

Para la segunda convocatoria, tanto la solicitud como el justificante de pago, deberán presentarse del 1 al 15 de septiembre de 2016, inclusive.

Tercera.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo de 15 días hábiles, se publicará en el Portal web del Gobierno de Navarra, www.navarra.es (buscador: “Servicios”, tema: “Capacitación profesional”) y en el tablón de anuncios de las oficinas de la Dirección General de Industria, Energía e Innovación (Parque Tomás Caballero 1, Pamplona), la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

Los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido, en el plazo de cinco días hábiles tras la publicación de las listas provisionales.

Resueltas las reclamaciones, se hará pública la lista definitiva de admitidos y excluidos, junto con la fecha, horario y lugar de celebración de los exámenes.

Cuarta.–Desarrollo y contenido de las pruebas.

Los aspirantes deberán acudir a las pruebas provistos del documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan en las fechas, horas y lugares anunciados, cualquiera que sea el motivo, o no se identifiquen mediante alguno de los documentos citados.

Los exámenes de aptitud para obtener la capacitación profesional como operador industrial de calderas, instalador de gas (categorías A, B, C), instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos (categorías I, II, III) y para la obtención del carné de operador de grúa torre y el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios versarán sobre los contenidos establecidos en el Anexo III de esta Resolución.

Quinta.–Relación de aprobados y reclamaciones.

Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará los resultados provisionales en el Portal web del Gobierno de Navarra, www.navarra.es (buscador: “Servicios”, tema: “Capacitación profesional”) y en el tablón de anuncios de las oficinas de la Dirección General de Industria, Energía e Innovación (Parque Tomás Caballero 1, Pamplona).

Los aspirantes podrán solicitar la revisión del examen dirigiéndose al Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, en el plazo de 5 días hábiles tras la publicación de los resultados provisionales.

La relación de aspirantes que hayan superado las pruebas se aprobará mediante Resolución de la Directora General de Industria, Energía e Innovación, que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Desarrollo Económico en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

ANEXO II

Solicitud de admisión a examen para la obtención del Carné o Capacitación como Profesional en Materia de Seguridad Industrial (PDF).

ANEXO III

Temario convocatoria de examenes

Examen para obtener la capacitación como Profesional Operador Industrial de Calderas:

–Anexo II de la ITC EP-1 del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias, modificado parcialmente por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo.

–Examen para obtener la capacitación como Profesional Instalador de Gas Categoría A:

Punto 1 del Anexo 1 de la ITC-ICG-09 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, modificado parcialmente por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo.

–Examen para obtener la capacitación como Profesional Instalador de Gas Categoría B:

Punto 2 del Anexo 1 de la ITC-ICG-09 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, modificado parcialmente por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo.

–Examen para obtener la capacitación como Profesional Instalador de Gas Categoría C:

Punto 3 del Anexo 1 de la ITC-ICG-09 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, modificado parcialmente por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo.

–Examen para obtener la capacitación como Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos Categoría IP-I:

Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MI-IP05 –Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos– y los apéndices I y II de la ITC MI-IP05.

Artículo s cuarto, quinto, sexto y undécimo del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.

–Examen para obtener la capacitación como Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos Categoría IP-II:

Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MI-IP05 –Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos– y los apéndices I y III de la ITC MI-IP05.

Artículo s cuarto, quinto, sexto y undécimo del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.

–Examen para obtener la capacitación como Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos Categoría IP-III:

Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MI-IP05 –Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos– y los apéndices I y IV de la ITC MI-IP05.

Real Decreto 1416/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 06 “Procedimiento para dejar fuera de servicio los tanques de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos”.

Artículo s cuarto, quinto, sexto y undécimo del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.

–Examen para la obtención del Carné de Gruista u Operador de Grúa Torre:

Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva ITC “MIE-AEM-2” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones.

Artículo octavo del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.

–Examen para la obtención del Carné Profesional en Instalaciones Térmicas en Edificios.

Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios, modificado por el Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, el Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, y el Real Decreto 238/2013, de 5 de abril.

Nota: Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente Resolución.

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