BOLETÍN Nº 199 - 14 de octubre de 2016

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO TRES DE PAMPLONA
(JUZGADO DE FAMILIA)

Edicto. Procedimiento 969/2015

Doña María Fernanda López de Dicastillo Sainz de Murieta, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Familia).

Por el presente hago saber que: en virtud de lo acordado en los autos de Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 969/2015, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se emplaza a don Joao Vicente Da Silva Filho a fin de que en el plazo de veinte días hábiles computados desde el siguiente al emplazamiento comparezca en autos y conteste a la demanda, bajo apercibimiento de que si no comparece dentro de plazo, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 LEC). Adviértasele asimismo, que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículo 750 de la LEC).

Igualmente, tramitándose pieza separada de Medidas provisionales, por el presente se cita al señor Da Silva para la celebración del oportuno juicio señalado para el día 17 de mayo a las 12:30 horas en la Sala número 1 de este Juzgado, advirtiéndole que debe acudir asistido de abogado y representado por Procurador y con las pruebas de que intente valerse, así como que su falta de asistencia sin causa justificada puede determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por la parte que asista para fundamentar sus peticiones de medidas provisionales de carácter patrimonial.

Y para que sirva de emplazamiento en legal forma a don Joao Vicente Da Silva Filho, expido y firmo el presente.

Pamplona, 15 de abril de 2016.–La Letrada de la Administración de Justicia, María Fernanda López de Dicastillo Sainz de Murieta.

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