BOLETÍN Nº 186 - 26 de septiembre de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.5. Estatutos y Convenios colectivos

RESOLUCIÓN 510/2016, de 12 de septiembre, de la Directora General de Presidencia y Gobierno Abierto, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Navarra la modificación parcial de los Estatutos del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Navarra, modificación que supone el cambio de denominación.

Mediante Resolución 152/2004, de 18 de marzo, del Director General de Presidencia, se inscribió el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Navarra con el número de registro 12, en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios, dependiente del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. Los Estatutos actualmente vigente fueron aprobados mediante Resolución 51/2013, de 25 de enero, del Director General de Presidencia y Justicia, y publicados en el Boletín Oficial de Navarra con fecha 8 de marzo de 2013.

Con fecha 30 de junio de 2016 el Colegio ha solicitado la inscripción de la modificación parcial, modificación que supone un cambio de denominación.

El cambio de denominación, que afecta al artículo 1 de los Estatutos, se acordó en la reunión de la Junta General de Colegiados, celebrada al efecto el 22 de junio de 2016, de acuerdo al procedimiento establecido estatutariamente, según consta en la certificación aportada con la solicitud extendida por el Secretario del Colegio con el visto bueno del Decano del mismo. Tras la votación se acuerda que el artículo 1 de los Estatutos quede redactado en los siguientes términos: “El Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la rama industrial, Ingenieros Técnicos y Peritos Industriales de Navarra se constituye en Navarra y con sede en Pamplona, con carácter de Corporación de Derecho Público y de carácter profesional reconocido por el Estado, con plena personalidad jurídica para el cumplimiento de sus fines, siendo democráticos tanto su estructura interna como su régimen de funcionamiento.

El Colegio se regirá por el presente Estatuto, la Ley de Colegios Profesionales de Navarra, así como las disposiciones que en cada momento sean aplicables”.

En un informe del Servicio de Secretariado del Gobierno y Acción Normativa se constata que las modificaciones estatutarias aprobadas por la Junta General se ajustan a la legalidad vigente. También se pone de manifiesto que se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Foral 3/1998, de 6 de abril, de Colegios Profesionales de Navarra y en el Reglamento de desarrollo de la misma aprobado por Decreto Foral de 375/2000, de 18 de diciembre.

En ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia,

HE RESUELTO:

1.º Inscribir en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Navarra, la modificación del artículo 1 de los Estatutos del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Navarra, cuya redacción integra se recoge en el expositivo de esta resolución. Esa modificación afecta a la denominación del Colegio, que pasa a ser “Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la rama industrial, Ingenieros Técnicos y Peritos Industriales”.

2.º Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente Resolución.

3.º Notificar al Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la rama industrial, Ingenieros Técnicos y Peritos Industriales, haciendo constar que contra la misma podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 12 de septiembre de 2016.–La Directora General de Presidencia y Gobierno Abierto, Edurne Eginoa Antxo.

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