BOLETÍN Nº 180 - 16 de septiembre de 2016

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERIÁIN

Aprobación definitiva de la norma reguladora de la cesión de materiales y prestación de servicios personales y de los precios públicos para su utilización

El Pleno del Ayuntamiento de Beriáin en sesión celebrada el día 4 de julio de 2016, aprobó inicialmente la Norma Reguladora de la cesión de materiales y prestación de servicios personales y de los precios públicos para su utilización.

El acuerdo de aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 142, de fecha 22 de julio de 2016.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva del citado Reglamento, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos pertinentes.

Beriáin, 1 de septiembre de 2016.–El Alcalde, José Manuel Menéndez González.

NORMA REGULADORA DE LA CESIÓN DE MATERIALES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS PERSONALES Y DE LOS PRECIOS PÚBLICOS PARA SU UTILIZACIÓN

Exposición de motivos

Los materiales y elementos municipales son un bien de dominio y servicio público. El Ayuntamiento de Beriáin consciente de que el sector asociativo contribuye a mejorar la calidad de vida y la cohesión social de la ciudadanía, y que la organización de actividades y eventos por estas entidades necesita, en ocasiones, de la cesión de materiales y de la prestación de servicios personales para el montaje de dichos materiales, regula a través de esta norma la cesión de dichos materiales y la prestación de los correspondientes servicios personales a entidades y asociaciones.

Artículo 1.

Es objeto de la presente Norma la cesión de materiales y prestación de servicios personales a entidades, asociaciones y colectivos, bajo supervisión del Servicio municipal competente.

La cesión de materiales y la prestación de servicios personales se podrá realizar en cuanto no sean necesarios para el regular funcionamiento del propio Ayuntamiento de Beriáin,

Artículo 2.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y siguientes de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se establecen en la presente Norma los precios públicos por la cesión de materiales y la prestación de servicios personales especificados en las tarifas del anexo.

Artículo 3.

Están obligados al pago de los precios públicos regulados en la presente Norma, las entidades y asociaciones beneficiarías de la cesión de materiales y/o prestación de servicios personales.

Artículo 4.

Las tarifas por los precios públicos regulados en la presente Norma son las que se contienen en el Anexo de la misma. La tarifa por la prestación de servicios personales viene determinada por el tiempo que dure la prestación del servicio y el número de personas que contemple el servicio prestado.

Artículo 5.

La obligación de pagar el precio público nace en el momento de concederse la autorización a través de resolución de Alcaldía y el pago del precio público se realizará:

a) Tratándose de cesión de materiales o de prestación de servicio, mediante un depósito por ingreso directo en las arcas municipales, con una antelación de 48 horas y por la cuantía señalada.

b) Tratándose de prestación de servicio en que por su naturaleza no sea posible el depósito previo, en el momento en que el Ayuntamiento presente la correspondiente factura/liquidación.

Las anulaciones de solicitudes efectuadas y autorizadas, únicamente serán admitidas por causas Justificadas fehacientemente, por escrito y siempre con una antelación mínima de tres días a la fecha de la actividad solicitada.

Artículo 6.

En los casos en que, a juicio de los Servicio Técnicos Municipales, se estime conveniente, podrá exigirse una fianza para responder de las posibles roturas, desperfectos, uso indebido y pérdidas de los materiales cedidos del 10% del valor prestado. El incumplimiento de las condiciones de cesión o la modificación del objeto de la solicitud, serán causa de la no devolución parcial o total de la fianza.

Artículo 7.

SÍ en las fases de utilización de los elementos cedidos se produjeran accidentes de cualquier clase, la responsabilidad de éstos no alcanzará en ningún caso al Ayuntamiento. La entidad o asociación solicitante deberá contratar una póliza de responsabilidad civil que cubra las posibles contingencias derivadas de la actividad a desarrollar y para la que ha solicitado la cesión de materiales y/o la prestación de servicios personales.

Artículo 8.

Las roturas y desperfectos que sufran los materiales cedidos serán de cuenta de la entidad usuaria. Los encargados de la recepción formularán nota de los desperfectos producidos, entregando copia al usuario y remitiendo el original a los Jefes de los Servicios; éstos efectuarán la tasación correspondiente.

Artículo 9.

Recibido por la Dependencia Municipal correspondiente el comprobante de la devolución del material cedido y de la nota de desperfectos, si la hubiere, se pasará propuesta de liquidación a Intervención para que por ésta se proceda a la tramitación de su aprobación y cobro.

Artículo 10.

Las solicitudes serán tramitadas en las Oficinas Municipales del Ayuntamiento con una antelación mínima de diez días naturales. La solicitud irá acompañada de los siguientes documentos:

a) Impreso de solicitud, completamente cumplimentado.

b) Fotocopia del D.N.I. del solicitante y/o C.I.F. de la entidad o asociación organizadora.

c) Memoria de la actividad a desarrollar (descripción de la actividad o evento a promover, lugar de realización, fechas y horarios, tipo de acceso (libre/pago entrada) y relación pormenorizada de los materiales y/o de los servicios personales que se solicitan.

Artículo 11.

La autorización de la cesión de materiales no contempla el traslado, montaje y desmontaje de los mismos si la prestación de estos servicios personales no ha sido solicitada, tarifada y abonada.

Los materiales cedidos serán retirados del Almacén municipal en horario laborable de lunes a viernes, siguiendo las indicaciones del responsable de Servicios Exteriores del Ayuntamiento.

Finalizada la actividad o evento, la entidad organizadora devolverá los materiales al Almacén municipal, en el plazo y forma en que haya acordado con el responsable de Servicios Exteriores.

Artículo 12.

Desde la finalización de la actividad hasta la hora en que se devolverán los materiales al Almacén municipal es responsabilidad de la entidad organizadora que los mismos queden recogidos correctamente, con el cumplimiento de las oportunas medidas de seguridad, sin que puedan ser manipulados por terceros.

Artículo 13.

La entidad organizadora asumirá cuantas responsabilidades de orden civil, penal, o de cualquier índole, se le puedan exigir por el uso y custodia de los materiales durante el periodo en que han sido cedidos, tomando a su cargo exclusivo las indemnizaciones de daños y perjuicios derivados de su responsabilidad con absoluta y total indemnidad del Ayuntamiento de Beriáin.

Artículo 14.

La solicitud de cesión de materiales y/o prestación de servicios personales no sustituye la obligación de solicitar a la autoridad competente cuantos permisos sean necesarios para el desarrollo de la actividad o evento a realizar.

Artículo 15.

Los servicios del Ayuntamiento podrán inspeccionar en todo momento todas y cada una de las operaciones de traslado, montaje y desmontajes de los materiales cedidos, debiendo las entidades y asociaciones organizadoras de la actividad o evento aceptar y cumplir las indicaciones y sugerencias que se hagan al respecto.

Artículo 16.

La resolución de los casos no previstos en la presente Norma, así como la interpretación final de aquellos artículos que pudieran plantear alguna duda, corresponde al Ayuntamiento de Beriáin.

Artículo 17.

La prestación del material y/o servicios personales será siempre discrecional, sin posibilidad de reclamación contra su denegación.

ANEXO

Precios públicos por la prestación de servicios personales
y la cesión de materiales

Estos precios públicos no incluyen el IVA correspondiente.

A) prestación de servicios personales.

NIVEL

LABORABLE

TARDE Y SÁBADO

FESTIVO

C-Encargado

63,36

79,20

99,00

D-Empleado S.M.

55,58

69,48

86,85

E-Otros

48,76

60,95

76,19

El precio es por salida según nivel profesional (encargado, oficial, peón). Cada salida tendrá una duración máxima de cinco horas.

B) prestación/cesión de materiales.

Carpa (20 x 8)

(*)

100,00 euros

Calefactor

por día

50,00 euros

Módulo escenario

2 x 1 m², por día

10,75 euros

Escalera escenario, por día

12,75 euros

Silla

unidad por día

0,60 euros

Mesa (tablero/caballete)

por persona y día

0,45 euros

Paellera

(300 comensales)

30,00 euros

Vehículo para transporte

(por cada servicio)

20,00 euros

(*) Incluye desplazamiento de personal municipal para supervisión de su instalación.

C) Bonificaciones.

1. Las entidades, asociaciones y colectivos de la localidad cuando organicen actos que cuenten con el patrocinio del Ayuntamiento de Beriáin, tendrán una bonificación del 100% del precio público en la cesión de materiales y en la prestación de servicios personales cuando estos se realicen de lunes a viernes en horario laboral del Servicio municipal de Obras.

2. Las entidades inscritas en el Registro municipal de entidades del Ayuntamiento de Beriain, tendrán una bonificadas del 95% del precio público en la cesión de materiales y un 100% en la prestación de servicios personales cuando estos se realicen de lunes a viernes en horario laboral del Servicio municipal de Obras.

3. Las entidades sin ánimo de lucro que efectúen la solicitud para una actividad de carácter social, cultural, deportivo, benéfico o similar, abierta al público y que no cobre a terceros los servicios propios de su actividad, tendrán una bonificación del 50% del precio público en la cesión de materiales.

4. De conformidad a los términos que se establezcan en los convenios que se suscriban con otras entidades locales, las mismas, podrán gozar de bonificaciones o exenciones del precio público en la cesión de materiales, excepto en los casos de la carpa y los módulos de escenario.

Código del anuncio: L1610028