BOLETÍN Nº 180 - 16 de septiembre de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 361/2016, de 8 de septiembre, del Director General de Educación, por la que se modifica la Resolución 110/2016, de 14 de abril, por la que se regula, para el curso 2016-2017, la oferta de formación profesional dirigida a trabajadores en activo con el fin de facilitar la obtención de títulos de formación profesional.

Mediante la Resolución 110/2016, de 14 de abril, del Director General de Educación, se reguló, para el curso 2016-2017, la oferta de formación profesional dirigida a trabajadores en activo con el fin de facilitar la obtención de títulos de formación profesional, estableciendo un único plazo de inscripción y de matriculación.

Una vez finalizado el plazo de inscripción y matriculación, existen plazas vacantes en alguno de los ciclos y centros ofertados en la mencionada resolución, por lo que resulta procedente establecer un plazo extraordinario de inscripción en los mismos.

En consecuencia, visto el informe favorable del Servicio de Formación Profesional para establecer un plazo extraordinario de inscripción y matriculación en las ofertas formativas mencionadas en esta resolución.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

RESUELVO:

1.º Establecer, para el curso 2016-2017, un plazo extraordinario de inscripción y matriculación en la oferta de formación profesional dirigida a trabajadores en activo que se determina a continuación, resultando de aplicación el procedimiento de admisión establecido en la Resolución 110/2016, de 14 de abril, del Director General de Educación:

–Ciclo formativo de grado medio de Atención a Personas en Situación de Dependencia, en el C.I.P. “Elizondo Lanbide Eskola” I.I.P., de Elizondo.

–Plazo extraordinario de inscripción: 19 y 20 de septiembre de 2016.

–Plazo extraordinario de matrícula: 23 de septiembre de 2016.

2.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente resolución a los Servicios de Formación Profesional, Recursos Económicos, Inspección Educativa, Recursos Humanos, a la Sección de Planificación, Ordenación y Desarrollo de Formación Profesional, al Negociado de Información y Documentación, al Negociado de Gestión de la Información Escolar, al Negociado de Escolarización y a los centros afectados.

4.º Contra la presente resolución puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 8 de septiembre de 2016.–El Director General de Educación, Roberto Pérez Elorza.

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