BOLETÍN Nº 180 - 16 de septiembre de 2016

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 7 de septiembre de 2016, por el que se modifica la reserva de espacio en los diferentes múltiples de TDT local y autonómica de la Comunidad Foral de Navarra para la difusión de los servicios de EiTB.

La Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma del País Vasco suscribieron el 15 de julio de 2016 un convenio de colaboración para la difusión digital de los servicios de EiTB en Navarra, al amparo de lo previsto en el artículo 40.4 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual que dispone que la emisión del servicio público de comunicación audiovisual por ondas hertzianas terrestres de una Comunidad en otra limítrofe y con afinidades lingüísticas y culturales podrá ser efectuada siempre que así lo acuerden mediante convenio, y exista reciprocidad.

En virtud de dicho convenio de colaboración, la Comunidad Foral de Navarra se compromete a adoptar diversas medidas para la habilitación de la emisión de los servicios de EiTB en Navarra, en función de los canales digitales disponibles, asignados a la Comunidad Foral de Navarra por los correspondientes planes nacionales de la televisión digital terrestre.

A estos efectos, mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 27 de julio de 2016, se aprobó una reserva de espacio en los diferentes múltiples de televisión digital terrestre local de la Comunidad Foral de Navarra para la difusión de los servicios de EiTB.

El convenio prevé, no obstante, que el Gobierno de Navarra podrá arbitrar las soluciones técnicas más adecuadas para la difusión de los servicios de EiTB, en función de los canales digitales disponibles y de las circunstancias concurrentes.

Dichas circunstancias se han visto modificadas con la aprobación de la Orden Foral 43/2016, de 25 de agosto, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se declara la extinción, por renuncia expresa de su titular, de una licencia concedida para la explotación del Canal 26 del múltiplex autonómico de televisión digital terrestre, con efectos desde el 31 de agosto de 2016.

Atendiendo a los compromisos adquiridos en el convenio para la difusión de los servicios de EiTB, y en aras a un uso más eficiente del espectro radioeléctrico, procede ahora la utilización del espacio liberado en el múltiplex autonómico y la consecuente reordenación de los espacios reservados para los servicios de EiTB en los múltiples de televisión digital terrestre local, por Acuerdo de Gobierno de 27 de julio de 2016.

Por ello, a la vista del informe elaborado por la Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales, en base a las competencias previstas en el artículo 40.2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, de Comunicación Audiovisual, y a propuesta de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Instituciones,

ACUERDA:

1.º Aprobar la reserva del Canal 26 del múltiplex de televisión digital terrestre de ámbito autonómico, asignado a la comunidad Foral de Navarra por el correspondiente plan técnico nacional, para la difusión digital de los servicios de Euskal Irratia Telebista (EiTB) correspondientes al programa ETB 1.

2.º Modificar el apartado 1.º del Acuerdo del Gobierno de Navarra de 27 de julio de 2016, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 151, de 5 de agosto de 2016, por el que se reserva determinado espacio en los diferentes múltiples de televisión digital terrestre de ámbito local de la Comunidad Foral de Navarra, que quedará redactado como sigue:

“1.º Aprobar la reserva de espacio para la difusión digital de los servicios de EiTB en los múltiples de TDT local asignados a la Comunidad Foral de Navarra en el correspondiente plan técnico nacional, de acuerdo con la siguiente distribución de programas:

–Demarcación de Pamplona: canal 38 (ETB 2).

–Demarcación de Tafalla: canal 31 (ETB 2, ETB 3).

–Demarcación de Estella Lizarra: canal 24 (ETB2, ETB 3).

–Demarcación de Sangüesa: canal 45 (ETB2, ETB 3).

–Demarcación de Tudela: canal 39 (ETB2, ETB 3).”

3.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra para su conocimiento y efectos oportunos.

4.º Dar traslado de este acuerdo a la Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales, a la Dirección General de Informática, Telecomunicaciones e Innovación Pública, a la empresa pública Navarra de Servicios y Tecnologías (NASERTIC), a Cellnex Telecom, S.A., a la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Navarra y a la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, a los efectos oportunos.

5.º Notificar este acuerdo a los interesados, Euskal Irratia Telebista (EiTB), Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea, S.A., Abian Komunikazioa, S.L., Asociación Cultural Xaloa, Francisco Javier Ramos Cizaurre (Nixara) y a Editora Independiente de Medios de Navarra, S.A., a los efectos oportunos, advirtiendo que contra el mismo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 7 de septiembre de 2016.–La Consejera Secretaria del Gobierno de Navarra, María José Beaumont Aristu.

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