BOLETÍN Nº 140 - 20 de julio de 2016

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

OROZ-BETELU

Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local de Oroz-Betelu por empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general

El Pleno del Ayuntamiento de Oroz-Betelu en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2016, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local de Oroz-Betelu por empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificada por la Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre, publicada la aprobación inicial en el Boletín Oficial de Navarra número 96 de fecha 19 de mayo de 2016 y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza, disponiendo la publicación del texto íntegro de la modificación, a los efectos pertinentes.

Oroz-Betelu, 1 de julio de 2016.–El Alcalde, Javier Larrea Reta.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL DE OROZ-BETELU POR EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL

Artículo 3. Son sujetos pasivos de esta tasa las empresas explotadoras de servicios de suministros referidos en el apartado anterior. Con excepción de las empresas de telefonía móvil serán sujetos pasivos, tanto si son titulares de las correspondientes redes a través de los cuales se efectúan los suministros como si, no siendo titulares de dichas redes, lo son de derechos de uso, acceso o interconexión a estas.

A estos efectos, se incluyen entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.

Artículo 5. Queda suprimido en su totalidad.

Código del anuncio: L1608196